III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-10846)
Resolución de 13 de mayo de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque Eólico Pico de la Iglesia, de 60,78 MW, y su infraestructura de evacuación, en Medina de Pomar, Merindad de Cuesta-Urria, Trespaderne y Valle de Tobalina (Burgos)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 29 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 62284

total de su superficie. El promotor identifica afección por la poligonal del PE, a los
siguientes hábitats: 4030 Brezales secos europeos, 4090 Brezales oromediterráneos
endémicos con aliaga, 8210 Pendientes rocosas calcícolas con vegetación casmofítica,
9150 Hayedos calcícolas medioeuropeas del Cephalanthero-Fagion, 9230 Robledales
galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pirenaica, 9240 Robledales ibéricos
de Quercus faginea y Quercus canariensis, 9340 Encinares de Quercus ilex y Quercus
rotundifolia y 9560* Bosques endémicos de Juniperus spp.
Además, tras la modificación de la línea de evacuación a soterrada en su mayor
parte, el promotor identifica intersección con un total de 11 teselas con presencia de los
siguientes HIC: 3150 Lagos eutróficos naturales con vegetación Magnopotamion o
Hydrocharition, 3260 Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de
Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion, 91B0 Fresnedas termófilas de Fraxinus
angustifolia, 92A0 Bosques galería de Salix alba y Populus alba y 5210 Matorrales
arborescentes de Juniperus spp; así como los HIC 4090, 8210, 9240, y 9340 citados con
anterioridad. Según la documentación presentada, su recorrido total dentro de las teselas
es de 2.000 m, indicando el promotor que, dado que la práctica totalidad de dicha
infraestructura se traza sobre caminos existentes, no se espera una importante afección
a esos HICs, salvo a los HIC asociados al cruce del río Purón y del río Jerea.
El promotor identifica, además, afección a montes de utilidad pública (MUP) tales
como El Cinto y otros, Vallejuelos, Las cuestas, Las Coladeras, El Orón, Caibar,
Valderrubiel y Los Mazos.
En virtud de lo anterior, el promotor propone una serie de medidas correctoras.
El Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Delegación Territorial de Burgos de la
Junta de Castilla y León emite un primer informe que indica que, en el ámbito del
proyecto, se ha constatado la presencia de una serie de taxones incluidos en el Catálogo
de Flora Protegida de Castilla y León, todos «de Atención Preferente»: Epipactis
tremolsii, ocupado por parte de la línea de alta tensión de evacuación, y Fraxinus ornus,
coincidiendo con el aerogenerador 5 y viales.
Asimismo, informa de la existencia de los siguientes HIC: 6420 Prados húmedos
mediterráneos de hierbas altas y juncos (Molinion-Holoschoenion) y de los ya citados,
3150; 3260; 91B0 4030, 4090; 5210, 8210, 92A0, 9240, 9340, y 9560*.
En su segundo informe, el Servicio Territorial reitera los valores ambientales
identificados en el primero, y señala afecciones a la vegetación que forma parte de HIC
que, aun fuera de espacios de Red Natura 2000, merecen su preservación tal como
regula el artículo 46.3 de la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
Además, indica que su función protectora contra la erosión es importante, sobre todo al
tratarse de zonas de cabecera y mayor altitud.
Por otro lado, señala que el proyecto presenta coincidencia territorial con los
siguientes MUP:
– 364 «Santa Isabel», término municipal de Medina de Pomar, perteneciente a Ayto.
de Medina de Pomar. Instalación de 5 aerogeneradores en su predio.
– 392 «Vallejuelos», en el término municipal de Medina de Pomar, perteneciente a
entidad local menor (E.L.M.) de Bóveda de la Rivera, a ocupar por el barrido de palas y
posiblemente de zapatas y otros elementos del parque.
– 675 «El Cinto y otros», en el término municipal de Merindad de Cuesta-Urria,
perteneciente a E.L.M. de Villavedeo. Atravesado por la línea eléctrica de evacuación
(aérea en su diseño inicial).
El Servicio Territorial señala que la tercera parte de los aerogeneradores se ubican
dentro de superficie de dominio público de los MUP, sobre terrenos arbolados con masas
mixtas, algunas en estadios de madurez, y sobre cornisas con preeminencia, siguiendo
distintos cordales. Asimismo, es posible que, para facilitar la entrada de los camiones y
las góndolas, sea preciso eliminar arbolado, así como para la construcción de las
plataformas de cada turbina y el soterramiento de las acometidas de 30 kV que evacuará
la energía producida. Estima, por ello, que se produciría una depreciación sobre los

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