III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-10847)
Resolución de 13 de mayo de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico Loma de la Cuesta Quemada, de 64,5 MW, y su infraestructura de evacuación en la provincia de Burgos".
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 29 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 62304

presencia se corresponde mayormente con el recorrido del río Jerea, así como otros
lugares humanizados cercanos. Sin obviar la existencia de bosques, en los que algunas
especies de murciélagos son habituales, reconocidas por ejemplo las de la cercana ZEC
«Bosques del Valle de Mena», que alberga distintas especies incluidas en el anexo II
Directiva Hábitat, como Rhinolophus hipposideros, Rhinolophus ferrumequinum,
Rhinolophus euryale, Miniopterus schreibersii, cuyo estado de conservación se ha
evaluado como «Desfavorable Inadecuado» por su Plan de Gestión, así como otras
especies consideradas esenciales en el espacio Red Natura 2000, del anexo IV de la
Directiva Hábitat: Myotis mystacinus y Myotis escalari, y que por la relativa cercanía
espacial cabría su presencia en las masas forestales del entorno del Parque Eólico.
Valora que el PE Loma de la Cuesta Quemada se ha diseñado en un territorio libre
de este tipo de infraestructuras, por lo que se creará un nuevo impacto sobre la fauna de
interés presente en la zona, la más sensible y vulnerable a este tipo de proyectos,
además de generar en el paisaje una intrusión de elementos distorsionadores, visibles
desde espacios protegidos próximos, algunos con un elevado uso público.
Además, cita lugares protegidos cercanos, como espacios de la Red Natura 2000,
que poseen poblaciones muy importantes de rapaces planeadoras sensibles a
colisiones, y que realizan desplazamientos en vuelo entre estos espacios. De estos
desplazamientos se tiene conocimiento también, por recientes estudios de fauna
procedentes de otros proyectos, entre ellos el presentado para un aeródromo de uso
restringido en Fresno de Losa, relativamente cerca del ámbito del proyecto, a unos 12
km hacia el este.
También, hace constar la presencia de áreas de nidificación importantes fuera de
Red Natura 2000 de alimoche, buitre leonado y águila real a distancias entre 1,5 y 5 km
al este y sureste del parque, sobre las elevaciones orográficas que bordean el río Jerea,
así como de quirópteros en las riberas de éste. Sobre este grupo faunístico, destaca que
el parque eólico, al ubicarse sobre masas arboladas, puede suponer un mayor riesgo
para poblaciones de quirópteros, ya que estudios corroboran que los entornos forestales
inducen una mayor mortalidad en especies arborícolas como B. barbastellus, Myotis sp.,
Nyctalus sp., P. auritus y también ubiquistas (Pipistrellus sp).
Indica, además, que la Junta de Castilla y León ha elaborado un mapa de
sensibilidad ambiental para el grupo de aves planeadoras y esteparias y, una vez
cotejada la ubicación del proyecto con dicho mapa, se comprueba que se corresponde
con un área de sensibilidad alta en lo que respecta a aves planeadoras. Así, desde la
perspectiva ambiental, el organismo propone llevar a cabo la instalación de
aerogeneradores en las zonas de sensibilidad baja y media para aves planeadoras,
intentar evacuar a subestaciones transformadoras cercanas y estudiar alternativas de
soterramiento o bien repotenciando y/o compartiendo líneas que deriven la energía
producida.
El informe concluye que, al no aportarse un estudio de fauna adecuado con un
seguimiento de fauna durante el periodo íntegro exigido en la instrucción 4/FYM/2020
de 15 de junio, de la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal, sobre
los contenidos mínimos exigibles a los estudios de EIA de instalaciones de energía
renovables para su compatibilidad con los hábitats naturales, la flora y la fauna, no se
puede determinar la viabilidad o no del PE Loma de la Cuesta Quemada. En cualquier
caso, la situación faunística será principalmente la que se sopese para dicha viabilidad.
Tras la presentación de la documentación complementaria por el promotor, con un
muestreo durante 6 meses y descartar la alternativa de soterrar la línea de
evacuación 220 kV, el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos emite un
segundo informe en agosto de 2022. En este informe, el organismo reitera lo indicado en
el informe previo. Estima relevante contar con referencias reales de la situación
ornitológica del lugar, que se hubiesen completado con datos de IVE (Índice de
Vulnerabilidad Espacial) basados en los ISE (Índice de Sensibilidad por Especie), así
como rutas de vuelo reflejadas gráficamente, temporalidad, y posibles itinerarios entre
los distintos espacios de Red Natura 2000. Además, indica que los LO-5, LO-9, LO-10 y

cve: BOE-A-2024-10847
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 130