III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-10847)
Resolución de 13 de mayo de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico Loma de la Cuesta Quemada, de 64,5 MW, y su infraestructura de evacuación en la provincia de Burgos".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130
Miércoles 29 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 62298
Para la selección de la ubicación del parque eólico, el promotor presenta 3
alternativas con el mismo número de aerogeneradores (12) y selecciona la alternativa 1,
por considerar que genera menor impacto por movimiento de tierras, eliminación de
cubierta vegetal, menor riesgo a la red hidrológica, menor ocupación de elementos de
dominio público, mejor recurso eólico y menor impacto sobre poblaciones cercanas.
Además, en su diseño inicial, el promotor presenta 3 alternativas para la evacuación
de la energía del parque eólico, mediante un trazado aéreo, evaluando cada una de ellas
desde un punto de vista ambiental, social y económico. Finalmente, selecciona la
alternativa 1 como más viable, justificando que tiene menor impacto sobre la vegetación
circundante, menor necesidad de materiales, menor requerimiento de obras y
movimiento de tierras, menor impacto sobre hidrología superficial, menor ocupación de
montes de dominio público evita impacto sobre figuras de protección cercanas y menor
ocupación de suelo calificado como protegido por la normativa municipal.
Tras la modificación de trazado de la línea aérea 220 kV «SET Loma de la Cuesta
Quemada-SET Pico de la Iglesia» que pasa de ir en aéreo a plantearse soterrada, el
promotor no aporta la evaluación de las diferentes alternativas de trazado, y se limita a
indicar que dicho trazado ha sido seleccionado dada la menor afectación a la flora y
vegetación del entorno, así como a los Hábitats de Interés Comunitario y las figuras de
protección presentes en la zona de estudio. Justifica, además que, el soterramiento de la
línea elimina el riesgo de colisión y electrocución sobre la avifauna de la zona de estudio,
de manera que el proyecto se convierte en una alternativa más compatible con la
conservación de la avifauna en general y de las especies de interés en particular.
b.
Tratamiento de los principales impactos del proyecto:
A continuación, se resumen los impactos significativos identificados en el análisis
técnico del expediente, así como en las respuestas de los organismos y
Administraciones públicas afectadas que ha participado en el procedimiento.
Flora, vegetación y hábitats de interés comunitario.
El estudio de la vegetación real presentado se basa en una revisión cartográfica del
Sistema de Información sobre Ocupación del Suelo de España (SIOSE). La poligonal del
proyecto queda ubicada dentro de zonas forestales con plena vegetación natural,
alcanzando el 83,01 %. Dentro del conjunto del espacio forestal predominan de forma
casi equitativa los «bosques mixtos» (39,21 %) y los «bosques de coníferas» (34,78 %).
En menor medida están presentes los «bosques de frondosas», y las regiones de
espacios de vegetación arbustiva y/o herbácea (5,36 %), dominadas por «matorral
boscoso de transición». También hay zonas agrícolas en las que predominan las «tierras
de labor de secano», dejando un escaso margen, en la región E del aerogenerador
LO-01, a una región de «prados y praderas» y, colindante al N con esta, a una región de
zonas calificadas como «terrenos principalmente agrícolas, pero con importantes
espacios de vegetación natural y semi-natural». En cuanto a los viales de acceso (cerca
de LO-5 y LO-12), se detecta la afección a la especie Buxus sempervirens así como a un
bosque con numerosos ejemplares de la especie Ilex aquifolium. A lo largo del trazado
previsto, en su diseño inicial, para la línea eléctrica de evacuación aérea de 220 kV el
promotor identifica un predominio de usos del suelo forestales (54,63 %), dominados en
su totalidad por zonas boscosas, destacando los bosques de coníferas, bosque mixto de
Quercus ilex ssp. ballota, Quercus faginea y Pinus sylvestris, con pies dispersos de las
especies Ilex aquifolium, Fagus sylvativa y Buxus sempervirens y tierras de labor de
secano.
Tras la modificación de la línea de alta tensión de aérea a soterrada, el promotor
indica que, aunque ambas atraviesan masas de vegetación similares, la línea soterrada
ocupa menor proporción de masas boscosas y mayor cantidad de terrenos agrícolas.
Además, sostiene que la línea en su disposición soterrada sigue el trazado de caminos
existentes, por lo que la eliminación de vegetación sería mínima.
cve: BOE-A-2024-10847
Verificable en https://www.boe.es
b.1
Núm. 130
Miércoles 29 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 62298
Para la selección de la ubicación del parque eólico, el promotor presenta 3
alternativas con el mismo número de aerogeneradores (12) y selecciona la alternativa 1,
por considerar que genera menor impacto por movimiento de tierras, eliminación de
cubierta vegetal, menor riesgo a la red hidrológica, menor ocupación de elementos de
dominio público, mejor recurso eólico y menor impacto sobre poblaciones cercanas.
Además, en su diseño inicial, el promotor presenta 3 alternativas para la evacuación
de la energía del parque eólico, mediante un trazado aéreo, evaluando cada una de ellas
desde un punto de vista ambiental, social y económico. Finalmente, selecciona la
alternativa 1 como más viable, justificando que tiene menor impacto sobre la vegetación
circundante, menor necesidad de materiales, menor requerimiento de obras y
movimiento de tierras, menor impacto sobre hidrología superficial, menor ocupación de
montes de dominio público evita impacto sobre figuras de protección cercanas y menor
ocupación de suelo calificado como protegido por la normativa municipal.
Tras la modificación de trazado de la línea aérea 220 kV «SET Loma de la Cuesta
Quemada-SET Pico de la Iglesia» que pasa de ir en aéreo a plantearse soterrada, el
promotor no aporta la evaluación de las diferentes alternativas de trazado, y se limita a
indicar que dicho trazado ha sido seleccionado dada la menor afectación a la flora y
vegetación del entorno, así como a los Hábitats de Interés Comunitario y las figuras de
protección presentes en la zona de estudio. Justifica, además que, el soterramiento de la
línea elimina el riesgo de colisión y electrocución sobre la avifauna de la zona de estudio,
de manera que el proyecto se convierte en una alternativa más compatible con la
conservación de la avifauna en general y de las especies de interés en particular.
b.
Tratamiento de los principales impactos del proyecto:
A continuación, se resumen los impactos significativos identificados en el análisis
técnico del expediente, así como en las respuestas de los organismos y
Administraciones públicas afectadas que ha participado en el procedimiento.
Flora, vegetación y hábitats de interés comunitario.
El estudio de la vegetación real presentado se basa en una revisión cartográfica del
Sistema de Información sobre Ocupación del Suelo de España (SIOSE). La poligonal del
proyecto queda ubicada dentro de zonas forestales con plena vegetación natural,
alcanzando el 83,01 %. Dentro del conjunto del espacio forestal predominan de forma
casi equitativa los «bosques mixtos» (39,21 %) y los «bosques de coníferas» (34,78 %).
En menor medida están presentes los «bosques de frondosas», y las regiones de
espacios de vegetación arbustiva y/o herbácea (5,36 %), dominadas por «matorral
boscoso de transición». También hay zonas agrícolas en las que predominan las «tierras
de labor de secano», dejando un escaso margen, en la región E del aerogenerador
LO-01, a una región de «prados y praderas» y, colindante al N con esta, a una región de
zonas calificadas como «terrenos principalmente agrícolas, pero con importantes
espacios de vegetación natural y semi-natural». En cuanto a los viales de acceso (cerca
de LO-5 y LO-12), se detecta la afección a la especie Buxus sempervirens así como a un
bosque con numerosos ejemplares de la especie Ilex aquifolium. A lo largo del trazado
previsto, en su diseño inicial, para la línea eléctrica de evacuación aérea de 220 kV el
promotor identifica un predominio de usos del suelo forestales (54,63 %), dominados en
su totalidad por zonas boscosas, destacando los bosques de coníferas, bosque mixto de
Quercus ilex ssp. ballota, Quercus faginea y Pinus sylvestris, con pies dispersos de las
especies Ilex aquifolium, Fagus sylvativa y Buxus sempervirens y tierras de labor de
secano.
Tras la modificación de la línea de alta tensión de aérea a soterrada, el promotor
indica que, aunque ambas atraviesan masas de vegetación similares, la línea soterrada
ocupa menor proporción de masas boscosas y mayor cantidad de terrenos agrícolas.
Además, sostiene que la línea en su disposición soterrada sigue el trazado de caminos
existentes, por lo que la eliminación de vegetación sería mínima.
cve: BOE-A-2024-10847
Verificable en https://www.boe.es
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