I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Seguridad nacional. (BOE-A-2024-10762)
Orden PJC/501/2024, de 27 de mayo, por la que se publica la Estrategia Nacional de Seguridad Marítima 2024, aprobada por el Consejo de Seguridad Nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 29 de mayo de 2024

Sec. I. Pág. 61937

Acción 2: avanzar en la delimitación de los espacios marítimos españoles y en las
campañas de ampliación de la plataforma continental.
La delimitación marina con los Estados limítrofes permite respaldar la acción del
Estado en la mar en la defensa de los intereses nacionales, tanto en materia de
soberanía como en los asuntos relacionados con la explotación de los recursos. Es
necesario avanzar en la delimitación de los respectivos espacios marítimos.
En lo referente a las ampliaciones de la plataforma continental, se trata de un
proceso que requiere un esfuerzo diplomático que proteja los intereses nacionales en el
proceso de negociación internacional. En dimensión nacional, la cooperación efectiva
entre administraciones es fundamental para su correcta definición en defensa de los
intereses nacionales.
Organismos implicados: Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y
Cooperación; Ministerio de Defensa.
Referencia para el seguimiento del grado de avance: informes sobre el grado de
avance en las negociaciones de la delimitación de las campañas de ampliación del Mar
Céltico y Golfo de Vizcaya, del área de Galicia, y del área al oeste de las Islas Canarias.
Acción 3: mejorar la protección, vigilancia y la resiliencia de infraestructuras marítimas.
Con la participación de los ministerios implicados y del sector privado, se elaborará
un análisis de riesgos de las infraestructuras marítimas existentes en los espacios de
soberanía nacional, con base en su grado de vulnerabilidad, como medida previa
necesaria para la planificación de medidas para su protección.
En una segunda fase se elaborará un plan de vigilancia de infraestructuras de interés
ubicadas dentro y fuera de las aguas de soberanía, con especial atención a las
infraestructuras subacuáticas como cables submarinos de telecomunicaciones y
gasoductos.
En una tercera fase se avanzará en la regulación normativa de la protección de
infraestructuras marinas de interés, como contribución al desarrollo normativo de la
Directiva de la Unión Europea relativa a la resiliencia de las entidades críticas.
Se deberá nombrar un ministerio responsable para la ejecución de cada una de las
fases de esta acción.
En estas tres fases, se fomentarán medidas de colaboración público-privada, dada la
naturaleza del sector privado como propietario y operador de infraestructuras críticas y
estratégicas en el litoral, así como en el ámbito marítimo, en especial el submarino, sin
perjuicio de las obligaciones y responsabilidades que pudieran corresponder.
Organismos implicados: Ministerio de Defensa; Ministerio del Interior; Ministerio de
Industria y Turismo.
Referencia para el seguimiento del grado de avance: relación de medidas específicas
adoptadas para la protección de infraestructuras de interés en el ámbito marítimo.
Acción 4: avanzar en las medidas del Plan Nacional de Protección del Patrimonio
Cultural Subacuático.
El Plan Nacional de Protección del Patrimonio Cultural Subacuático contiene las
directrices que han de centrar la actuación de los diversos departamentos ministeriales
competentes, en colaboración con las Comunidades Autónomas, para la protección
física y jurídica del patrimonio cultural subacuático español desde una doble perspectiva:
− A nivel nacional, el Plan determina las líneas básicas de actuación para llevar a
cabo una política eficaz de protección de los yacimientos que se encuentren en las
aguas bajo soberanía o jurisdicción nacional.
− A nivel internacional, el Plan establece las líneas de actuación para defender los
intereses y derechos sobre los pecios españoles hundidos en aguas de terceros Estados
o internacionales, en el marco de la Convención de la UNESCO sobre Protección del

cve: BOE-A-2024-10762
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Núm. 130