I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Seguridad nacional. (BOE-A-2024-10762)
Orden PJC/501/2024, de 27 de mayo, por la que se publica la Estrategia Nacional de Seguridad Marítima 2024, aprobada por el Consejo de Seguridad Nacional.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 29 de mayo de 2024
Sec. I. Pág. 61935
Contribuir a un océano más seguro
La cooperación internacional es obligatoria en un medio único y continuo, que se
caracteriza por su ausencia de fronteras físicas. Asegurar la libre navegación en las rutas
de comunicación marítima, así como garantizar la seguridad de los buques pesqueros y
sus tripulaciones faenando en caladeros internacionales, requiere una acción concertada
entre aquellos países que conciben el estricto cumplimiento del Derecho Internacional
como elemento con el que hacer frente a amenazas como la piratería, el robo a mano
armada en la mar, o la violencia en la mar.
Además, la cooperación internacional con los organismos y agencias de la Unión
Europea es clave para hacer frente a fenómenos tan conectados entre sí como el crimen
organizado, la delincuencia y los tráficos ilícitos por vía marítima. En particular, la
inmigración irregular por vía marítima es un reto que requiere la búsqueda de sinergias
entre la actuación en el seno de la Unión Europea y acciones bilaterales en las zonas de
mayor interés estratégico para España.
El Acuerdo en el marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho
del Mar (CNUDM), sobre la Conservación y el Uso Sostenible de las Áreas de Diversidad
Biológica más allá de la Jurisdicción Nacional, alcanzado en 2023, contribuirá a la
protección de la biodiversidad marina más allá de la jurisdicción nacional. En concreto,
tiene como objetivos: la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica
marina en zonas situadas fuera de la jurisdicción nacional; los recursos genéticos
marinos, incluidas las cuestiones relativas a la distribución de los beneficios; los
mecanismos de gestión por áreas, incluidas las áreas marinas protegidas; las
evaluaciones del impacto ambiental; y la creación de capacidad y la transferencia de
tecnología marina. España ha ratificado ya la Convención, que será efectiva cuando se
alcance el acuerdo de, al menos, 60 de las partes, y promoverá el cumplimiento de
aquellas medidas enfocadas a su implementación efectiva.
Además, teniendo en cuenta el posicionamiento de España en apoyo de una «pausa
precautoria» en relación a la minería en la zona internacional de los fondos marinos y
oceánicos, debe analizarse con el resto de Estados –en particular los Estados miembros
de la Unión Europea en el marco de la Agenda de la Gobernanza de los Océanos
de 2022– y la comunidad científica internacional la aplicación cabal del principio de
precaución en la salvaguarda del medio marino ante la minería en dicha zona declarada
como patrimonio común de la Humanidad. En este sentido, en el marco de la Autoridad
Internacional de los Fondos Marinos, a cuyo Consejo España se incorporó en 2023,
España promoverá la decisión más conveniente a los intereses españoles en la
búsqueda del equilibrio y de esa sostenibilidad ambiental marina, que puede ponerse en
riesgo por la minería a alta profundidad.
CAPÍTULO 4
La seguridad marítima en el marco de la Seguridad Nacional
El cuarto capítulo de la Estrategia Nacional de Seguridad Marítima 2024 describe los
órganos del Sistema de Seguridad Nacional con funciones relacionadas con la seguridad
marítima.
El Consejo de Seguridad Nacional es la Comisión Delegada del Gobierno para
la Seguridad Nacional, órgano al que corresponde asistir al Presidente del Gobierno en
la dirección de la política de Seguridad Nacional y del Sistema de Seguridad Nacional,
así como ejercer las funciones que se le atribuyen en la Ley 36/2015, de 28 de
septiembre, de Seguridad Nacional.
El Comité de Situación es el órgano responsable de apoyar al Consejo de Seguridad
Nacional en la dirección y coordinación de las actuaciones de gestión de situaciones de
crisis, entre las que se encuentran las de naturaleza predominantemente marítima.
El Consejo Nacional de Seguridad Marítima es un órgano de apoyo del Consejo de
Seguridad Nacional que tiene como finalidad apoyar al mismo en el cumplimiento de sus
cve: BOE-A-2024-10762
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 130
Miércoles 29 de mayo de 2024
Sec. I. Pág. 61935
Contribuir a un océano más seguro
La cooperación internacional es obligatoria en un medio único y continuo, que se
caracteriza por su ausencia de fronteras físicas. Asegurar la libre navegación en las rutas
de comunicación marítima, así como garantizar la seguridad de los buques pesqueros y
sus tripulaciones faenando en caladeros internacionales, requiere una acción concertada
entre aquellos países que conciben el estricto cumplimiento del Derecho Internacional
como elemento con el que hacer frente a amenazas como la piratería, el robo a mano
armada en la mar, o la violencia en la mar.
Además, la cooperación internacional con los organismos y agencias de la Unión
Europea es clave para hacer frente a fenómenos tan conectados entre sí como el crimen
organizado, la delincuencia y los tráficos ilícitos por vía marítima. En particular, la
inmigración irregular por vía marítima es un reto que requiere la búsqueda de sinergias
entre la actuación en el seno de la Unión Europea y acciones bilaterales en las zonas de
mayor interés estratégico para España.
El Acuerdo en el marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho
del Mar (CNUDM), sobre la Conservación y el Uso Sostenible de las Áreas de Diversidad
Biológica más allá de la Jurisdicción Nacional, alcanzado en 2023, contribuirá a la
protección de la biodiversidad marina más allá de la jurisdicción nacional. En concreto,
tiene como objetivos: la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica
marina en zonas situadas fuera de la jurisdicción nacional; los recursos genéticos
marinos, incluidas las cuestiones relativas a la distribución de los beneficios; los
mecanismos de gestión por áreas, incluidas las áreas marinas protegidas; las
evaluaciones del impacto ambiental; y la creación de capacidad y la transferencia de
tecnología marina. España ha ratificado ya la Convención, que será efectiva cuando se
alcance el acuerdo de, al menos, 60 de las partes, y promoverá el cumplimiento de
aquellas medidas enfocadas a su implementación efectiva.
Además, teniendo en cuenta el posicionamiento de España en apoyo de una «pausa
precautoria» en relación a la minería en la zona internacional de los fondos marinos y
oceánicos, debe analizarse con el resto de Estados –en particular los Estados miembros
de la Unión Europea en el marco de la Agenda de la Gobernanza de los Océanos
de 2022– y la comunidad científica internacional la aplicación cabal del principio de
precaución en la salvaguarda del medio marino ante la minería en dicha zona declarada
como patrimonio común de la Humanidad. En este sentido, en el marco de la Autoridad
Internacional de los Fondos Marinos, a cuyo Consejo España se incorporó en 2023,
España promoverá la decisión más conveniente a los intereses españoles en la
búsqueda del equilibrio y de esa sostenibilidad ambiental marina, que puede ponerse en
riesgo por la minería a alta profundidad.
CAPÍTULO 4
La seguridad marítima en el marco de la Seguridad Nacional
El cuarto capítulo de la Estrategia Nacional de Seguridad Marítima 2024 describe los
órganos del Sistema de Seguridad Nacional con funciones relacionadas con la seguridad
marítima.
El Consejo de Seguridad Nacional es la Comisión Delegada del Gobierno para
la Seguridad Nacional, órgano al que corresponde asistir al Presidente del Gobierno en
la dirección de la política de Seguridad Nacional y del Sistema de Seguridad Nacional,
así como ejercer las funciones que se le atribuyen en la Ley 36/2015, de 28 de
septiembre, de Seguridad Nacional.
El Comité de Situación es el órgano responsable de apoyar al Consejo de Seguridad
Nacional en la dirección y coordinación de las actuaciones de gestión de situaciones de
crisis, entre las que se encuentran las de naturaleza predominantemente marítima.
El Consejo Nacional de Seguridad Marítima es un órgano de apoyo del Consejo de
Seguridad Nacional que tiene como finalidad apoyar al mismo en el cumplimiento de sus
cve: BOE-A-2024-10762
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 130