III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Delegación de competencias. (BOE-A-2024-10849)
Orden CLT/503/2024, de 27 de mayo, sobre fijación de límites para la administración de créditos para gastos y de delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130

Miércoles 29 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 62328

2. Se autoriza la delegación de la persona titular de la Secretaría de Estado de Cultura
en la persona titular de la Subsecretaría de Cultura, de las competencias siguientes:
a) La aprobación de las modificaciones presupuestarias para las que sea
competente la persona titular de la Secretaría de Estado de Cultura.
b) Las propuestas de relación y catálogo de puestos de trabajo ubicados en la
Secretaría de Estado de Cultura, de acuerdo con la normativa vigente.
c) El otorgamiento, en su caso, de los premios o recompensas que procedan, del
personal de la Secretaría de Estado de Cultura, a propuesta de la persona titular de la
Secretaría de Estado de Cultura.
d) La convocatoria y resolución de los procedimientos de provisión de las
Subdirecciones Generales de la Secretaría de Estado de Cultura, y el nombramiento y cese
de sus titulares, a propuesta de la persona titular de la Secretaría de Estado de Cultura.
Undécimo.

Gabinete Técnico de la Subsecretaría de Cultura.

1. Se delega por la persona titular del Ministerio en la persona titular del Gabinete
Técnico de la Subsecretaría de Cultura, las competencias de contratación referidas al
ámbito del servicio presupuestario propio de la Subsecretaría de Cultura que no
correspondan a otros órganos o unidades de la Subsecretaría de Cultura, respecto a los
contratos menores.
2. Se autoriza la delegación de la persona titular de la Subsecretaría de Cultura en la
persona titular del Gabinete Técnico de la Subsecretaría de las siguientes competencias:
a) La aprobación del gasto, así como dar la orden interna del pago material al
Cajero Pagador en los pagos realizados por los sistemas de anticipos de caja fija y de
pagos a justificar, respecto de los fondos asignados al Gabinete Técnico y secretaría de
la Subsecretaría, incluidos los gastos derivados de las indemnizaciones por razón del
servicio, así como de aquellos otros asignados para el ejercicio de las funciones propias
de la persona titular de la Subsecretaría, en los términos de las respectivas órdenes
ministeriales en esta materia.
b) La designación de comisiones de servicio con derecho a indemnización,
respecto al personal del Gabinete Técnico y la secretaría de la Subsecretaría, y de las
personas no dependientes del Ministerio que deban participar en programas o
actividades de cualquier tipo de dichas unidades.
c) La aprobación de las indemnizaciones por traslado de residencia y asistencia a
tribunales y órganos de selección de personal en oposiciones y concursos, convocados
por el Ministerio, así como a reuniones de órganos colegiados, respecto al personal del
Gabinete Técnico y la secretaría de la Subsecretaría.
d) La aprobación y el compromiso de gasto, respecto a las competencias
delegadas en este órgano por la persona titular del Ministerio en materia de contratación.
Duodécimo.

Subdirecciones Generales y Divisiones de la Subsecretaría de Cultura.

a) La designación de comisiones de servicio con derecho a indemnización,
respecto al personal de cada Subdirección General y División y de las personas no
dependientes del Ministerio que deban participar en programas o actividades de
cualquier tipo de estas unidades.
b) Respecto del personal de cada Subdirección General y División, la aprobación
de las indemnizaciones por traslado de residencia y asistencia a tribunales y órganos de
selección de personal en oposiciones y concursos, convocados por el Ministerio, así
como a reuniones de órganos colegiados, respecto del ámbito de gestión y de
competencia de cada unidad.

cve: BOE-A-2024-10849
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Se autoriza la delegación de la persona titular de la Subsecretaría de Cultura en las
personas titulares de las Subdirecciones Generales, Divisiones y órganos asimilados de
la Subsecretaría de Cultura, de las competencias siguientes: