I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2024-10761)
Modificaciones de los anexos I, II y IV del Protocolo para la protección del Mar Mediterráneo contra la contaminación causada por fuentes y actividades situadas en tierra, adoptadas en Antalya el 10 de diciembre de 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 29 de mayo de 2024
Sec. I. Pág. 61918
ANEXO IV
Criterios para definir las mejores técnicas disponibles
y la mejor práctica ambiental
A.
Mejores técnicas disponibles
1. El uso de las mejores técnicas disponibles tendrá por objeto prevenir o
minimizar el impacto ambiental en todas las etapas del ciclo de vida de los
productos y mantener el mayor tiempo posible el valor de los productos, materiales
y recursos en la economía, reduciendo al mínimo la generación de residuos.
2. La expresión “mejores técnicas disponibles” significa los últimos adelantos
(tecnología punta) en los procesos, las instalaciones o los métodos de explotación que
indiquen la idoneidad práctica de una medida concreta para prevenir y, cuando no sea
posible, reducir los vertidos, las emisiones y los residuos. A la hora de determinar si
una serie de procesos, instalaciones y métodos de funcionamiento constituyen las
mejores técnicas disponibles, en general o en casos concretos, se tendrán en cuenta,
en especial:
(a) Los procesos, las instalaciones o los métodos de funcionamiento
equiparables probados con éxito recientemente.
(b) Los avances tecnológicos y la evolución de los conocimientos científicos y
la comprensión.
(c) La viabilidad económica de esas técnicas.
(d) Los plazos de instalación, tanto en las instalaciones nuevas como en las
ya existentes.
(e) La naturaleza, los efectos y el volumen de los vertidos y las emisiones en
cuestión.
(h) Las fechas de puesta en servicio de las instalaciones nuevas o ya
existentes.
(i) El consumo y la naturaleza de las materias primas utilizadas en el proceso
y su eficiencia energética.
(j) La necesidad de prevenir o reducir el impacto global de las emisiones en
el medio ambiente y los riesgos que conlleva para este.
(k) La necesidad de prevenir accidentes y de minimizar sus consecuencias
para el medio ambiente.
(l) La necesidad de garantizar la salud.y la seguridad laboral en los centros
de trabajo.
(m) La necesidad de utilizar sustancias no tóxicas que hagan posibles flujos
de residuos no tóxicos que faciliten la recuperación y el reciclaje.
(p) La necesidad de que el material y los productos sigan utilizándose el
mayor tiempo posible.
3. De todo lo anterior se desprende que las que se consideran “mejores
técnicas disponibles” para un proceso particular evolucionarán con el paso del
tiempo en consonancia con los avances tecnológicos, los factores económicos y
sociales, así como la evolución de los conocimientos científicos y la comprensión.
4. Si la reducción de los vertidos y las emisiones derivada de la utilización de
las mejores técnicas disponibles no conlleva resultados aceptables desde el punto
de vista ambiental, deberán adoptarse medidas adicionales.
5. Por “técnicas” se entiende tanto la tecnología utilizada como la forma en
que se diseña, construye, mantiene, explota, desmantela y recicla la instalación.
B.
Mejor práctica ambiental
6. El término “mejor práctica ambiental” significa la aplicación de la
combinación más adecuada de medidas y estrategias de control ambiental con el
cve: BOE-A-2024-10761
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 130
Miércoles 29 de mayo de 2024
Sec. I. Pág. 61918
ANEXO IV
Criterios para definir las mejores técnicas disponibles
y la mejor práctica ambiental
A.
Mejores técnicas disponibles
1. El uso de las mejores técnicas disponibles tendrá por objeto prevenir o
minimizar el impacto ambiental en todas las etapas del ciclo de vida de los
productos y mantener el mayor tiempo posible el valor de los productos, materiales
y recursos en la economía, reduciendo al mínimo la generación de residuos.
2. La expresión “mejores técnicas disponibles” significa los últimos adelantos
(tecnología punta) en los procesos, las instalaciones o los métodos de explotación que
indiquen la idoneidad práctica de una medida concreta para prevenir y, cuando no sea
posible, reducir los vertidos, las emisiones y los residuos. A la hora de determinar si
una serie de procesos, instalaciones y métodos de funcionamiento constituyen las
mejores técnicas disponibles, en general o en casos concretos, se tendrán en cuenta,
en especial:
(a) Los procesos, las instalaciones o los métodos de funcionamiento
equiparables probados con éxito recientemente.
(b) Los avances tecnológicos y la evolución de los conocimientos científicos y
la comprensión.
(c) La viabilidad económica de esas técnicas.
(d) Los plazos de instalación, tanto en las instalaciones nuevas como en las
ya existentes.
(e) La naturaleza, los efectos y el volumen de los vertidos y las emisiones en
cuestión.
(h) Las fechas de puesta en servicio de las instalaciones nuevas o ya
existentes.
(i) El consumo y la naturaleza de las materias primas utilizadas en el proceso
y su eficiencia energética.
(j) La necesidad de prevenir o reducir el impacto global de las emisiones en
el medio ambiente y los riesgos que conlleva para este.
(k) La necesidad de prevenir accidentes y de minimizar sus consecuencias
para el medio ambiente.
(l) La necesidad de garantizar la salud.y la seguridad laboral en los centros
de trabajo.
(m) La necesidad de utilizar sustancias no tóxicas que hagan posibles flujos
de residuos no tóxicos que faciliten la recuperación y el reciclaje.
(p) La necesidad de que el material y los productos sigan utilizándose el
mayor tiempo posible.
3. De todo lo anterior se desprende que las que se consideran “mejores
técnicas disponibles” para un proceso particular evolucionarán con el paso del
tiempo en consonancia con los avances tecnológicos, los factores económicos y
sociales, así como la evolución de los conocimientos científicos y la comprensión.
4. Si la reducción de los vertidos y las emisiones derivada de la utilización de
las mejores técnicas disponibles no conlleva resultados aceptables desde el punto
de vista ambiental, deberán adoptarse medidas adicionales.
5. Por “técnicas” se entiende tanto la tecnología utilizada como la forma en
que se diseña, construye, mantiene, explota, desmantela y recicla la instalación.
B.
Mejor práctica ambiental
6. El término “mejor práctica ambiental” significa la aplicación de la
combinación más adecuada de medidas y estrategias de control ambiental con el
cve: BOE-A-2024-10761
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 130