I. Disposiciones generales. COMUNIDAD DE MADRID. Presupuestos. (BOE-A-2024-10765)
Ley 15/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130
Miércoles 29 de mayo de 2024
Sec. I. Pág. 62005
necesidades de carácter no discrecional y no previstas en el Presupuesto inicialmente
aprobado, que puedan presentarse a lo largo del ejercicio.
2. La dotación del Fondo de Contingencia se realizará por un importe equivalente
al 0,5 por cien del presupuesto no financiero aprobado por esta ley.
CAPÍTULO III
Normas sobre modificación de los créditos presupuestarios y modificación de los
presupuestos aprobados
Artículo 10.
Vinculación de los créditos.
1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 54.2 de la Ley 9/1990, de 8 de
noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, los créditos
aprobados por la presente ley tendrán carácter limitativo y serán vinculantes a nivel de
artículo en todos los capítulos de la clasificación económica.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, los créditos serán
vinculantes con el nivel de desagregación orgánica, funcional y económica que se detalla
en el estado de gastos.
3. Durante 2024, los créditos aprobados para transferencias nominativas y para
subvenciones nominativas vincularán con el nivel de desagregación con que aparezcan
en los estados de gastos.
4. Durante 2024, los créditos consignados en los siguientes conceptos vincularán
con el nivel de desagregación señalado:
131
160
452
485
752
782
5.
«Laboral eventual».
«Cuotas sociales».
«Universidades públicas: otras actuaciones».
«A centros docentes no universitarios».
«Universidades públicas: otras actuaciones».
«Investigación».
Durante 2024, serán vinculantes a nivel de subconcepto:
22716 «Trabajos apoyo técnico con entidades colaboradoras. Programas de
inversión y servicios».
22719 «Trabajos de apoyo técnico con medios propios. Programas de inversión y
servicios».
46300 «Programas de Inversión y Servicios».
62900 «Inversiones Directas de Programas de Inversión y Servicios».
62905 «Inversiones Directas de Programas de Inversión y Servicios: Obras
Supramunicipales».
65003 «Encargos de Programas de Inversión y Servicios a Empresa de
Transformación Agraria, SA, S.M.E., M.P. (TRAGSA)».
65099 «Encargos de Programas de Inversión y Servicios a otras Empresas con la
consideración de medios propios de la Comunidad de Madrid».
76300 «Programas de Inversión y Servicios».
d) Los créditos destinados a financiar los mandatos realizados a la empresa pública
Planifica Madrid, Proyectos y Obras, MP, SA, en concreto los subconceptos 61203
«Patrimonio histórico-artístico y cultural: mandato empresa pública Planifica Madrid,
cve: BOE-A-2024-10765
Verificable en https://www.boe.es
a) Los distintos subconceptos incluidos en el artículo 89 «Aportaciones a empresas
y entes públicos», 24 «Servicios Nuevos» y 69 «Servicios Nuevos».
b) Los subconceptos incluidos en los artículos 15 «Incentivos al rendimiento».
c) Los créditos destinados a financiar el Programa de Inversión Regional de la
Comunidad de Madrid, en concreto, los subconceptos:
Núm. 130
Miércoles 29 de mayo de 2024
Sec. I. Pág. 62005
necesidades de carácter no discrecional y no previstas en el Presupuesto inicialmente
aprobado, que puedan presentarse a lo largo del ejercicio.
2. La dotación del Fondo de Contingencia se realizará por un importe equivalente
al 0,5 por cien del presupuesto no financiero aprobado por esta ley.
CAPÍTULO III
Normas sobre modificación de los créditos presupuestarios y modificación de los
presupuestos aprobados
Artículo 10.
Vinculación de los créditos.
1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 54.2 de la Ley 9/1990, de 8 de
noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, los créditos
aprobados por la presente ley tendrán carácter limitativo y serán vinculantes a nivel de
artículo en todos los capítulos de la clasificación económica.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, los créditos serán
vinculantes con el nivel de desagregación orgánica, funcional y económica que se detalla
en el estado de gastos.
3. Durante 2024, los créditos aprobados para transferencias nominativas y para
subvenciones nominativas vincularán con el nivel de desagregación con que aparezcan
en los estados de gastos.
4. Durante 2024, los créditos consignados en los siguientes conceptos vincularán
con el nivel de desagregación señalado:
131
160
452
485
752
782
5.
«Laboral eventual».
«Cuotas sociales».
«Universidades públicas: otras actuaciones».
«A centros docentes no universitarios».
«Universidades públicas: otras actuaciones».
«Investigación».
Durante 2024, serán vinculantes a nivel de subconcepto:
22716 «Trabajos apoyo técnico con entidades colaboradoras. Programas de
inversión y servicios».
22719 «Trabajos de apoyo técnico con medios propios. Programas de inversión y
servicios».
46300 «Programas de Inversión y Servicios».
62900 «Inversiones Directas de Programas de Inversión y Servicios».
62905 «Inversiones Directas de Programas de Inversión y Servicios: Obras
Supramunicipales».
65003 «Encargos de Programas de Inversión y Servicios a Empresa de
Transformación Agraria, SA, S.M.E., M.P. (TRAGSA)».
65099 «Encargos de Programas de Inversión y Servicios a otras Empresas con la
consideración de medios propios de la Comunidad de Madrid».
76300 «Programas de Inversión y Servicios».
d) Los créditos destinados a financiar los mandatos realizados a la empresa pública
Planifica Madrid, Proyectos y Obras, MP, SA, en concreto los subconceptos 61203
«Patrimonio histórico-artístico y cultural: mandato empresa pública Planifica Madrid,
cve: BOE-A-2024-10765
Verificable en https://www.boe.es
a) Los distintos subconceptos incluidos en el artículo 89 «Aportaciones a empresas
y entes públicos», 24 «Servicios Nuevos» y 69 «Servicios Nuevos».
b) Los subconceptos incluidos en los artículos 15 «Incentivos al rendimiento».
c) Los créditos destinados a financiar el Programa de Inversión Regional de la
Comunidad de Madrid, en concreto, los subconceptos: