III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-10749)
Resolución de 10 de mayo de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Estabilización del tramo de costa entre el río Belcaire y el Estañol, en Moncofa (Castellón)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129

Martes 28 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 61838

inferior al 5 %. En todo caso, el control de la turbidez y el control de las operaciones de
vertido de material y de colocación de escollera que se prevén llevar a cabo permitirán
vigilar este impacto. También se evitará la manipulación de materiales en días con
condiciones meteorológicas adversas, tanto atmosféricas como marinas.
Por otro lado, podría darse contaminación del agua marina por vertidos accidentales
de aceites, lubricantes de los camiones y maquinaria de obra a utilizar. Aunque presenta
una probabilidad de ocurrencia baja, para minimizar el riesgo, se proponen medidas
preventivas aplicadas a la maquinaria y su mantenimiento y la ubicación del parque de
maquinaria fuera de la playa. No se prevé contaminación derivada del aporte de
materiales por la buena calidad fisicoquímica de los mismos y la práctica ausencia de
finos.
El Instituto Español de Oceanografía indica que el impacto del proyecto sobre las
propiedades hidrológicas de las aguas marinas (temperatura, salinidad, densidad), así
como de las propiedades bioquímicas (concentraciones de nutrientes, clorofila, oxígeno)
y de las comunidades fito-planctónicas, parece ser asumible, en especial si se realizan
las tareas de estudio inicial y seguimiento de las condiciones ambientales durante la
realización de las obras y tras su finalización.
Por otra parte, el EsIA incluye un estudio de los posibles efectos ambientales sobre
las masas de agua, en el que se indica que la zona de actuación está incluida en la
masa de agua costera C005 «Burriana – Canet d’en Berenguer», que pertenece al
ámbito territorial de la Demarcación Hidrográfica del Júcar, siendo su estado global
«bueno» o «mejor». Concluye que los efectos causados por el proyecto no suponen un
impacto significativo sobre los objetivos ambientales de la citada masa de agua ni sobre
los de las masas de agua cercanas: masa de agua superficial «Río Belcaire»
(ES080MSPF12-01) y masa de agua subterránea Plana de Castellón
(ES080MSBT080-127).
La Dirección General del Agua de la Generalitat Valenciana recuerda que está
prohibido realizar ningún vertido al dominio público marítimo terrestre sin contar con la
correspondiente autorización de este organismo. Este aspecto se recoge en el
condicionado de la presente resolución.
La Confederación Hidrográfica del Júcar informa que se deberá tener en cuenta el
Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Júcar 2022-2027 y su programa de
medidas, en particular la información relativa a masas de agua costeras, debiendo ser
las actuaciones propuestas compatibles con el citado plan. El promotor puntualiza que la
compatibilidad de la actuación con el Plan Hidrológico se tuvo en cuenta en la redacción
del proyecto y en el EsIA.
b.4

Biodiversidad, espacios naturales protegidos y Red Natura 2000.

Entre las especies protegidas susceptibles de verse afectadas destacan el chorlitejo
patinegro (Charadrius alexandrinus), con registros de anidamiento en la playa de
Moncófar (al norte del ámbito de estudio), catalogado como «vulnerable» en el Catálogo
Valenciano de Especies de Fauna Amenazadas e incluido en el Listado de Especies
Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESRPE); y la pelosilla de playa (Silene
cambessedesii), planta endémica ibero-balear, que aparece asociada a la presencia de
guijarros gruesos en las playas, catalogada «en peligro de extinción» en el Catálogo
Valenciano de Especies de Flora Amenazadas.
El EsIA también recoge la potencial presencia del fartet (Aphanius Iberus), «en
peligro de extinción» en el en el Catálogo Valenciano de Especies de Fauna
Amenazadas y en el Catálogo Español de Especies Amenazadas (CEEA) y del galápago
europeo (Emys orbicularis), «en peligro de extinción» en el Catálogo Valenciano de
Especies de Fauna Amenazadas y «vulnerable» en el CEEA. Sin embargo, no se prevé
afección sobre ellas, principalmente porque las actuaciones no favorecerán las causas
que han provocado su regresión. En el caso concreto del farfet, se puntualiza que las

cve: BOE-A-2024-10749
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– Comunidades terrestres.