III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-10663)
Resolución de 16 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XIV Convenio colectivo de ámbito estatal para los centros de educación universitaria e investigación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 128

Lunes 27 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 60655

realización, puesta a punto y mantenimiento de las aplicaciones informáticas,
administración y mantenimiento de sistemas de información y telecomunicaciones.
b.3) Operador/a: Es quien está encargado de controlar el manejo de las máquinas
que integran el ordenador, así como la ejecución de los programas y demás operaciones
que se procesen en el mismo.
c)

Biblioteca.

c.1) Bibliotecario/a / Facultativo/a. Es el titulado/a superior que por su especial
formación y experiencia tiene encomendada la dirección, organización y control de una
biblioteca con más de 50.000 volúmenes en depósito y/o que gestione (compre, registre
y catalogue) más de 4.000 volúmenes durante el ejercicio económico. Desempeña las
tareas de catalogación y clasificación, con utilización de los medios mecánicos e
informáticos disponibles, de libros y revistas; organización de ficheros; organización y
control de los servicios de la biblioteca; información bibliográfica, y cuantas otras tareas
le capacitan su formación específica.
c.2) Personal Ayudante de Biblioteca, titulado/a. Es el titulado/a superior o medio
que por su especial formación y experiencia tiene encomendada la dirección,
organización y control de una biblioteca de más de 10.000 y menos de 50.000
volúmenes en depósito y/o gestione (compre, registre y catalogue) más de 2.000
volúmenes en el ejercicio económico. Desempeña las tareas de catalogación y
clasificación, con utilización de los medios mecánicos e informáticos disponibles, de
libros; vaciado, catalogación y clasificación de revistas; organización, alfabetización y
control de ficheros, organización y control de los servicios de la biblioteca (sala de
lectura, préstamo, etc.); registro, conformación y gestión de las facturas de libros y
material de biblioteca, así como organización y control, según instrucciones recibidas de
la superioridad del Centro, de las tareas administrativas de la biblioteca; cuantas le
capacitan su formación específica.

1) Encargado/a de servicios generales. Es quien distribuye el trabajo y atiende a la
conservación de los distintos servicios del Centro.
2) Técnico/a especialista de oficios. Es quien estando en posesión del título de
Formación Profesional de Segundo Grado o teniendo una formación práctica equivalente
para el desempeño del puesto de trabajo, domina con plena responsabilidad un conjunto
de técnicas relacionadas con las funciones a desarrollar que, por su complejidad
requieren una capacitación profesional demostrada.
3) Conductor/a de primera. Es quien, estando en posesión del permiso de
conducción de la categoría D o el que corresponda a autobuses y vehículos articulados
destinados a transporte de personas, mantiene el normal funcionamiento del vehículo y
se encarga de la ejecución del transporte.
4) Conductor/a de segunda. Es quien, estando en posesión del permiso de
conducción de la clase correspondiente al vehículo que se le encomiende, de categoría
inferior al que exige el permiso de clase D, con conocimiento teórico y práctico de la
conducción de vehículos automóviles, mantiene el normal funcionamiento del mismo y se
encarga de la ejecución del transporte.
5) Personal Oficial de primera de oficios auxiliares o de Laboratorio. Es quien,
poseyendo la práctica de los oficios correspondientes, los ejerce y aplica con tal grado
de perfección que no sólo le permite llevar a cabo tales trabajos generales del mismo,
sino aquéllos otros que suponen especial empeño y delicadeza.
6) Personal Oficial de segunda de oficios Auxiliares o de Laboratorio. Son quienes,
sin llegar a la especialización requerida para los trabajos perfectos, ejecutan los
correspondientes a un determinado oficio con la suficiente corrección y eficacia.

cve: BOE-A-2024-10663
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Subgrupo 3.º Personal de Servicios y Oficios: