III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-10661)
Resolución de 16 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Siemens Energy, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 128

Lunes 27 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 60563

En el supuesto de hospitalización, el disfrute de la licencia podrá llevarse a cabo a lo
largo del período de tiempo que dure tal situación, en las fechas que se convengan entre
la Empresa y el Trabajador.
VII. Por traslado de domicilio habitual, 1 día natural, siendo dos días naturales en el
caso que el traslado se deba a petición de la empresa.
VIII. Por el tiempo indispensable, por acudir a exámenes de formación académica o
profesional oficiales.
IX. Por el tiempo indispensable, en el caso de un deber inexcusable de carácter
público y personal.
X. Por el tiempo necesario en los casos de asistencia a consulta médica de la
seguridad social o centros privados cuando, coincidiendo el horario de consulta con el de
trabajo, se prescriba dicha consulta por el facultativo de medicina general, o de la
sociedad médica, debiendo presentar el trabajador al empresario el certificado
justificativo de la asistencia a la consulta.
XI. Por el tiempo indispensable en los casos de acompañamiento a cónyuge, pareja
de hecho, hijos/as menores de edad y familiares dependientes a la asistencia a consulta
médica general o de especialistas de la seguridad social o privada cuando, coincidiendo
el horario de consulta con el de trabajo, se prescriba dicha consulta por el facultativo de
medicina general, o de la sociedad médica privada, debiendo presentar el trabajador al
empresario el certificado justificativo de la asistencia a la consulta.
XII. Por el tiempo indispensable en los exámenes prenatales y técnicas de
preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo para la
trabajadora, y su cónyuge. Cuando el trabajador de Siemens Energy sea el cónyuge,
este deberá recuperar el permiso.
XIII. El tiempo indispensable, en los casos de adopción, acogimiento o guarda con
fines de adopción para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y
preparación para la realización de los informes psicológicos y sociales previos a la
declaración de idoneidad siempre que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo
Los anteriores permisos, en la medida que sea posible, se informaran con carácter
previo al menos con cuarenta y ocho horas a su jefatura.
b)

No retribuidos:

El personal con al menos un año de antigüedad en la Empresa podrá solicitar, con un
preaviso de al menos quince días, un permiso no retribuido, con duración no superior a
treinta días, debiendo justificar los motivos de la petición. La Empresa estudiará caso a
caso dichas solicitudes. Al menos deberán transcurrir doce meses desde su disfrute,
para volver a cursar nueva solicitud.

Ticket guardería: se establece el abono de 110,00 euros brutos pagaderos once
veces al año por hijo/a menor de tres años, importe que se paga como ticket, para cada
año de vigencia del convenio. La fecha de efectos de 2021, 2022, 2023, 2024 y 2025 es
con el inicio del curso escolar en el mes de septiembre respectivamente.
Esta ayuda se abonará siempre y cuando se acredite la matriculación del hijo/a en
una escuela de educación infantil. Este ticket se mantendrá hasta el mes de agosto del
año en que el hijo/a cumpla los tres años de edad, momento en el cual dejará
de abonarse. Cuando ambos padres trabajen en Siemens Energy esta ayuda la percibirá
tan solo uno de ellos.
La persona trabajadora podrá adecuar su jornada anual de trabajo para atender sus
necesidades de conciliación de la vida laboral y familiar, siempre que cumpla con la
jornada establecida y lo acuerde con su jefatura y RR.HH. Se hará extensible al resto de
la organización la posibilidad de añadir al tiempo recuperado durante la semana, la

cve: BOE-A-2024-10661
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 52. Conciliación de la vida laboral y personal.