III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-10661)
Resolución de 16 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Siemens Energy, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 27 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 60540

jornada de invierno y de verano. La persona trabajadora lo comunicará a la persona
responsable de recursos humanos antes del 15 de noviembre del año inmediatamente
anterior al que se quiera hacer efectiva dicha homogenización. Las personas
trabajadoras que se acojan a el método de trabajo/jornada lineal a lo largo del año,
percibirán la subvención de comida durante todo este periodo de tiempo.
La renovación deberá seguir el mismo procedimiento y dentro de los plazos
establecidos en el párrafo anterior.
A las personas trabajadoras que están el 100 % de la jornada en la instalación del
cliente (ej. los ingenieros residentes) se les adaptara su jornada laboral a la que tenga el
cliente. La diferencia de horas se ajustará según corresponda, siendo las opciones más
posibles días de libre disposición y/o horas flexibles.
Es política de Siemens Energy evitar la realización de horas extraordinarias y
fomentar la flexibilidad y conciliación entre la vida personal y laboral.
La Representación Empresarial y la Representación Sindical se comprometen a
tomar las medidas que sean necesarias para que las personas trabajadoras puedan
cumplir de manera estricta con su jornada laboral.
Si de manera excepcional se produjera la extensión de la jornada laboral diaria, se
deberá compensar a la persona trabajadora este tiempo de exceso que tendrá la
consideración de horas flexibles. La fórmula de compensación de estas horas flexibles
será en la proporción 1:1 y se dispondrá de un plazo de dos meses para su
compensación por parte de la persona trabajadora.
Si transcurrido el plazo de dos meses citados en el párrafo anterior, la persona
trabajadora no hubiera podido canjear sus horas flexibles por descanso, se procederá de
la manera siguiente:
1. Las horas extras requieren previa aprobación por escrito de la jefatura antes de
su realización. Cuando esto se produzca, la persona trabajadora podrá optar por
cualquiera de las opciones que establece el convenio colectivo para la compensación de
las horas extraordinarias.
2. Si las horas flexibles no son consideradas como horas extra por la jefatura,
mantendrán su consideración de horas flexibles y como tales aparecerán en el portal del
empleado, ampliándose en dos meses el plazo para su obligatorio descanso. El dialogo
continuo entre jefatura y la persona trabajadora forma parte de la política de la compañía
y por lo tanto las horas flexibles no requerirán aprobación por parte de la jefatura para su
disfrute por parte de la persona trabajadora.
Es compromiso tanto de las personas trabajadoras como de la empresa compensar
las horas flexibles en el plazo máximo definido de cuatro meses. Solo en situaciones
muy excepcionales que deberán ser previamente autorizadas por Recursos Humanos se
estudiara extender este plazo.
Jornada y regulación Servicios Técnicos (Field Service)
Se considera persona trabajadora de Servicios Técnicos a todo aquel cuyo contenido
principal de su función sea la de ejecutar trabajos de montaje, modificaciones y
actualizaciones, puesta en marcha o servicios de mantenimiento en las plantas o
instalaciones de los clientes de Siemens Energy.
Se entiende por contenido principal de una función cuando ese contenido ocupa más
del 70 % de la jornada de trabajo anual.
Las personas trabajadoras de los servicios técnicos tendrán una distribución irregular
de su jornada a lo largo del año.
La jornada de trabajo anual queda fijada como indica el artículo 17 del presente
convenio en 1.754 horas de trabajo.

cve: BOE-A-2024-10661
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Núm. 128