III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-10662)
Resolución de 16 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo Interprovincial para GTS Transportation Spain, SAU, 2024-2025.
45 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 27 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 60640

constituyen un derecho adquirido por parte de la persona trabajadora y están sujetas a
las previsiones que sobre esta materia establezca principalmente el convenio colectivo
en vigor en cada momento, comprometiéndose las Partes a realizar, en el plazo más
breve posible, las modificaciones que sean pertinentes.
37.8 Uso del correo electrónico e internet y medios de control empresarial de la
actividad. El uso del correo electrónico que tiene asignado cada una de las personas
trabajadoras de la Empresa así como el acceso a internet que se le facilita, están
limitados al desempeño de sus funciones, y su utilización con fines particulares deberá
ser mínima, razonable, adecuada y conforme al principio de la buena fe contractual, y, en
todo caso, estará sujeta a la normativa interna, reservándose expresamente GTSTS
SAU el derecho a adoptar las medidas de control pertinentes sobre el uso del correo
electrónico y del acceso a internet, incluyendo el acceso al contenido de los correos
electrónicos o a las páginas de internet visitadas, respetando en todo caso sus Derechos
Fundamentales.
La Empresa controlará la actividad la persona trabajadora mediante los sistemas y
métodos que ésta establezca en cada momento, ya sean con carácter general o para
esta modalidad de régimen de trabajo a distancia.
37.9 Seguridad de la información. La persona trabajadora mantendrá sus
obligaciones de no divulgar información de la compañía, así como impedir que terceras
personas físicas o jurídicas no autorizadas tomen conocimiento de cualesquiera de los
procedimientos, métodos, información, datos comerciales y documentos técnicos,
pertenecientes a la Empresa o de terceros clientes, relativos a la actividad de las
mismas, o a sus órganos, que se encuentren en su poder o a los que hubiera tenido
acceso a ellos por razón de la prestación de sus servicios a distancia.
37.10 Otras disposiciones. Los días en que la persona trabajadora realice trabajo
a distancia en su domicilio habitual/fiscal o lugar de trabajo establecido en el acuerdo
individual, se percibirán por parte de la Empresa los importes de ayuda económica de
comida correspondientes, manteniéndose las mismas condiciones que para las personas
trabajadoras en régimen de trabajo presencial.
37.11 Prevención de riesgos laborales. Para la modalidad de régimen de trabajo a
distancia se garantiza el derecho a la adecuada protección en materia de seguridad y
salud, resultando de aplicación lo establecido en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de
Prevención de Riesgos Laborales, y su normativa de desarrollo, y la Ley General de la
Seguridad Social en materia de accidentes de trabajo y enfermedad profesional.
En este sentido la Empresa deberá llevar a cabo, también con relación a las
personas trabajadoras que teletrabajen, la evaluación de riesgos de su puesto de
trabajo, la planificación y facilitación de equipos de trabajo y medios de protección
individual, la información y formación de las personas trabajadoras en los riesgos
existentes en su puesto de trabajo y la vigilancia de la salud.
Las personas teletrabajadoras deberán recibir y devolver firmada la información
sobre los riesgos y las medias preventivas derivados de trabajo a distancia, que serán
remitidas por el Servicio de Prevención de la compañía. Además, las personas
trabajadoras deberán realizar de forma obligatoria el curso online de formación sobre
«Seguridad y Salud en trabajo en remoto o teletrabajo».
Así mismo, la persona trabajadora tendrá derecho a la vigilancia de la salud y
someterse a los reconocimientos médicos previstos en los protocolos médicos aplicables
al puesto de trabajo.
La persona trabajadora se compromete a seguir las instrucciones, recomendaciones
y los protocolos de seguridad y salud específicos que, en su caso, le haya trasladado la
Empresa en relación con el régimen de trabajo a distancia. Asimismo, deberán notificar
al Servicio de Prevención cualquier circunstancia que afecte a la seguridad del lugar de
trabajo reflejado en la presente cláusula.
Si la Empresa lo estima necesario, en atención a las recomendaciones dadas por el
Servicio de Prevención y previo informe que será entregado a la persona trabajadora y a
los delegados de prevención, podrá acceder, previo consentimiento de la persona

cve: BOE-A-2024-10662
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 128