III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-10662)
Resolución de 16 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo Interprovincial para GTS Transportation Spain, SAU, 2024-2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 27 de mayo de 2024
Grado salarial
Sec. III. Pág. 60625
Complemento
Complemento
Disponibilidad laborable Disponibilidad no laborable
A partir 1.200 (euros/hora) A partir 1.200 (euros/hora)
8
2,3552
3,2387
9
2,5639
3,5253
10
2,8008
3,8513
11
3,0112
4,1403
12
3,2337
4,4467
Este somplemento será de aplicación exclusiva al personal técnico de Operación y
Mantenimiento asignado a los centros de mantenimiento de las líneas ferroviarias.
17.6 Aplicación complementos. Los complementos mencionados en los
apartados 17.2 a 17.5 de esta cláusula serán de aplicación al personal perteneciente al
colectivo sujeto al Sistema de Trabajo por Objetivos con Grado Salarial 12 o inferior. No
afectarán al personal con Grado Salarial superior, a 12 o a quienes la Empresa aplicará
su normativa interna sobre Política Salarial para este Colectivo.
17.7 Complementos funcionales. Los Complementos Funcionales que a
continuación se definen serán asignados a las personas trabajadoras que realicen
trabajos de instalaciones de equipos, soporte técnico, pruebas y puestas en servicios,
resolución de contingencias técnicas y/o trabajos de Mantenimiento.
INS (Área de Instalaciones). Intervenciones (contempladas en los criterios de
asignación) realizadas por las personas trabajadoras encargadas de la instalación de
equipos, del soporte técnico y de la resolución de contingencias técnicas asociadas.
ATM (Departamento de Asistencia Técnica Mantenimiento y Departamento de Servicio
Posventa). Intervenciones (contempladas en los criterios de asignación) realizadas por
las personas trabajadoras encargadas del soporte técnico de segundo nivel/ experto tanto
al cliente interno como al cliente final, sobre equipamientos propios de GTSTS SAU y/o de
terceros y de la resolución de contingencias técnicas asociadas al mencionado soporte en
las instalaciones del cliente. Este complemento no aplicará al personal del área de
mantenimiento cuya actividad está regulada por el sistema de Pluses recogida en el
presente convenio colectivo (cláusulas 17.2, 17.3, 17.4, 17.5, 17.6).
IPR (Ingeniería de Proyectos).–Intervenciones (contempladas en los criterios de
asignación) realizadas por las personas trabajadoras encargadas de la migración de
sistemas, entrega de primeros equipos, del soporte técnico y de la resolución de
contingencias técnicas asociadas.
PBA (Ingeniería de Pruebas y Puesta en Servicio). Intervenciones (contempladas
en los criterios de asignación) de pruebas y puestas en servicio, del soporte técnico y de
la resolución de contingencias técnicas asociadas, en alguna de las situaciones
contempladas en los criterios de asignación.
Jefes/Jefas de ENCE (Área de Mantenimiento), realiza actividades de supervisión de
enclavamiento.
Jefe/Jefa de Línea (Área de Mantenimiento), realiza actividades de supervisión de la
línea ferroviaria.
Mientras la persona trabajadora esté adscrita al área del Negocio de la Empresa
encargada de la instalación de equipos, del soporte técnico y de la resolución de
contingencias técnicas asociadas, en alguna de las situaciones contempladas en los
criterios de asignación, se le abonará el Complemento Funcional que pudiera
corresponder (INS0 - ATM0 - IPR0 - PBA0) de la Empresa.
Estos complementos Funcionales se establecen para compensar económicamente la
disponibilidad y atención necesaria para la cobertura de los servicios a los clientes de la
Empresa.
cve: BOE-A-2024-10662
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 128
Lunes 27 de mayo de 2024
Grado salarial
Sec. III. Pág. 60625
Complemento
Complemento
Disponibilidad laborable Disponibilidad no laborable
A partir 1.200 (euros/hora) A partir 1.200 (euros/hora)
8
2,3552
3,2387
9
2,5639
3,5253
10
2,8008
3,8513
11
3,0112
4,1403
12
3,2337
4,4467
Este somplemento será de aplicación exclusiva al personal técnico de Operación y
Mantenimiento asignado a los centros de mantenimiento de las líneas ferroviarias.
17.6 Aplicación complementos. Los complementos mencionados en los
apartados 17.2 a 17.5 de esta cláusula serán de aplicación al personal perteneciente al
colectivo sujeto al Sistema de Trabajo por Objetivos con Grado Salarial 12 o inferior. No
afectarán al personal con Grado Salarial superior, a 12 o a quienes la Empresa aplicará
su normativa interna sobre Política Salarial para este Colectivo.
17.7 Complementos funcionales. Los Complementos Funcionales que a
continuación se definen serán asignados a las personas trabajadoras que realicen
trabajos de instalaciones de equipos, soporte técnico, pruebas y puestas en servicios,
resolución de contingencias técnicas y/o trabajos de Mantenimiento.
INS (Área de Instalaciones). Intervenciones (contempladas en los criterios de
asignación) realizadas por las personas trabajadoras encargadas de la instalación de
equipos, del soporte técnico y de la resolución de contingencias técnicas asociadas.
ATM (Departamento de Asistencia Técnica Mantenimiento y Departamento de Servicio
Posventa). Intervenciones (contempladas en los criterios de asignación) realizadas por
las personas trabajadoras encargadas del soporte técnico de segundo nivel/ experto tanto
al cliente interno como al cliente final, sobre equipamientos propios de GTSTS SAU y/o de
terceros y de la resolución de contingencias técnicas asociadas al mencionado soporte en
las instalaciones del cliente. Este complemento no aplicará al personal del área de
mantenimiento cuya actividad está regulada por el sistema de Pluses recogida en el
presente convenio colectivo (cláusulas 17.2, 17.3, 17.4, 17.5, 17.6).
IPR (Ingeniería de Proyectos).–Intervenciones (contempladas en los criterios de
asignación) realizadas por las personas trabajadoras encargadas de la migración de
sistemas, entrega de primeros equipos, del soporte técnico y de la resolución de
contingencias técnicas asociadas.
PBA (Ingeniería de Pruebas y Puesta en Servicio). Intervenciones (contempladas
en los criterios de asignación) de pruebas y puestas en servicio, del soporte técnico y de
la resolución de contingencias técnicas asociadas, en alguna de las situaciones
contempladas en los criterios de asignación.
Jefes/Jefas de ENCE (Área de Mantenimiento), realiza actividades de supervisión de
enclavamiento.
Jefe/Jefa de Línea (Área de Mantenimiento), realiza actividades de supervisión de la
línea ferroviaria.
Mientras la persona trabajadora esté adscrita al área del Negocio de la Empresa
encargada de la instalación de equipos, del soporte técnico y de la resolución de
contingencias técnicas asociadas, en alguna de las situaciones contempladas en los
criterios de asignación, se le abonará el Complemento Funcional que pudiera
corresponder (INS0 - ATM0 - IPR0 - PBA0) de la Empresa.
Estos complementos Funcionales se establecen para compensar económicamente la
disponibilidad y atención necesaria para la cobertura de los servicios a los clientes de la
Empresa.
cve: BOE-A-2024-10662
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 128