III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-10660)
Resolución de 16 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de BSH Electrodomésticos España, SA, Servicio BSH al Cliente, Zona 5 para los centros de trabajo de Alicante, Castellón, Valencia y Murcia.
57 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 27 de mayo de 2024
Motivo
Días de permiso
Realización por parte de la
persona trabajadora de
exámenes prenatales y técnicas
de preparación al parto y, en los
casos de adopción, guarda con
fines de adopción o
acogimiento, para la asistencia
Tiempo laboral que resulte
a las preceptivas sesiones de
2.b
indispensable.
información y preparación y
para la realización de los
preceptivos informes
psicológicos y sociales previos a
la declaración de idoneidad,
siempre, en todos los casos,
que deban tener lugar dentro de
la jornada de trabajo.
Lactancia: nacimiento,
adopción, guarda con fines de
adopción o acogimiento para el
2.c
cuidado del lactante de la
persona trabajadora hasta que
este cumpla nueve meses.
3
Fallecimiento del cónyuge,
pareja de hecho e hijos.
Fallecimiento de resto de
parientes hasta el segundo
3.a grado de consanguinidad o
afinidad de la persona
trabajadora.
Sec. III. Pág. 60522
Criterios de uso del permiso
5 días laborales de preaviso.
Justificante: Documento médico oficial al efecto que recoja fechas y horas,
debiendo presentar previamente el trabajador a la empresa el volante
justificativo de la requerida prescripción médica.
1 mes de preaviso.
Justificante: Libro de familia o partida de nacimiento, certificado oficial de
adopción o acogida.
Se podrán dividir en dos fracciones o aplicar una reducción de su jornada
en media hora con la misma finalidad o acumularla en jornadas laborales
Hasta 1 hora laboral de
completas a disfrutar de manera continuada e ininterrumpida a
ausencia diaria al trabajo.
continuación de la maternidad/paternidad y siempre hasta que el nacido o
La duración del permiso se
adoptado cumpla nueve meses.
incrementará
En el caso de que la Prestación por Nacimiento se disfrute hasta que el
proporcionalmente en los
bebe cumpla 1 año, su disfrute será a continuación del disfrute completo e
casos de nacimiento, adopción, ininterrumpido de la prestación por nacimiento).
guarda con fines de adopción o Podrá disfrutarse indistintamente por ambos progenitores si bien la
acogimiento múltiples.
empresa podrá solicitar el disfrute no simultáneo por razones
organizativas, lo cual trasladará por escrito a la persona trabajadora,
motivando la solicitud en razones fundadas y objetivas de funcionamiento,
y proponiendo un plan alternativo que asegure el disfrute de ambas
personas trabajadoras y que posibilite el ejercicio de los derechos de
conciliación.
Cónyuge o pareja de hecho:
hasta 5 días laborales,
ampliables hasta 7 naturales
con desplazamiento entre
diferentes localidades.
Ampliables hasta 10 laborales
con hijos menores de 5 años.
Hijos: hasta 5 días laborales,
ampliables hasta 7 naturales
con desplazamiento entre
diferentes localidades.
Justificantes:
Documento médico oficial o partida de defunción al efecto.
De parentesco: certificado o similar que acredite el parentesco excepto si
consta ya en su Declaración Anual de situación familiar (Ej: Libro de
familia, registro pareja de hecho, etc...).
Disfrute desde el mismo día del hecho causante o desde el siguiente día.
Padres, hermanos, nietos y
abuelos (todos ellos
consanguíneos o afines): hasta
3 días laborales, ampliables
hasta 5 naturales con
desplazamiento entre
diferentes localidades.
Justificantes:
Documento médico oficial o partida de defunción al efecto.
De parentesco: certificado o similar que acredite el parentesco excepto si
consta ya en su Declaración Anual de situación familiar (Ej: Libro de
familia, registro pareja de hecho, etc...).
Disfrute desde el mismo día del hecho causante o desde el siguiente día.
cve: BOE-A-2024-10660
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 128
Lunes 27 de mayo de 2024
Motivo
Días de permiso
Realización por parte de la
persona trabajadora de
exámenes prenatales y técnicas
de preparación al parto y, en los
casos de adopción, guarda con
fines de adopción o
acogimiento, para la asistencia
Tiempo laboral que resulte
a las preceptivas sesiones de
2.b
indispensable.
información y preparación y
para la realización de los
preceptivos informes
psicológicos y sociales previos a
la declaración de idoneidad,
siempre, en todos los casos,
que deban tener lugar dentro de
la jornada de trabajo.
Lactancia: nacimiento,
adopción, guarda con fines de
adopción o acogimiento para el
2.c
cuidado del lactante de la
persona trabajadora hasta que
este cumpla nueve meses.
3
Fallecimiento del cónyuge,
pareja de hecho e hijos.
Fallecimiento de resto de
parientes hasta el segundo
3.a grado de consanguinidad o
afinidad de la persona
trabajadora.
Sec. III. Pág. 60522
Criterios de uso del permiso
5 días laborales de preaviso.
Justificante: Documento médico oficial al efecto que recoja fechas y horas,
debiendo presentar previamente el trabajador a la empresa el volante
justificativo de la requerida prescripción médica.
1 mes de preaviso.
Justificante: Libro de familia o partida de nacimiento, certificado oficial de
adopción o acogida.
Se podrán dividir en dos fracciones o aplicar una reducción de su jornada
en media hora con la misma finalidad o acumularla en jornadas laborales
Hasta 1 hora laboral de
completas a disfrutar de manera continuada e ininterrumpida a
ausencia diaria al trabajo.
continuación de la maternidad/paternidad y siempre hasta que el nacido o
La duración del permiso se
adoptado cumpla nueve meses.
incrementará
En el caso de que la Prestación por Nacimiento se disfrute hasta que el
proporcionalmente en los
bebe cumpla 1 año, su disfrute será a continuación del disfrute completo e
casos de nacimiento, adopción, ininterrumpido de la prestación por nacimiento).
guarda con fines de adopción o Podrá disfrutarse indistintamente por ambos progenitores si bien la
acogimiento múltiples.
empresa podrá solicitar el disfrute no simultáneo por razones
organizativas, lo cual trasladará por escrito a la persona trabajadora,
motivando la solicitud en razones fundadas y objetivas de funcionamiento,
y proponiendo un plan alternativo que asegure el disfrute de ambas
personas trabajadoras y que posibilite el ejercicio de los derechos de
conciliación.
Cónyuge o pareja de hecho:
hasta 5 días laborales,
ampliables hasta 7 naturales
con desplazamiento entre
diferentes localidades.
Ampliables hasta 10 laborales
con hijos menores de 5 años.
Hijos: hasta 5 días laborales,
ampliables hasta 7 naturales
con desplazamiento entre
diferentes localidades.
Justificantes:
Documento médico oficial o partida de defunción al efecto.
De parentesco: certificado o similar que acredite el parentesco excepto si
consta ya en su Declaración Anual de situación familiar (Ej: Libro de
familia, registro pareja de hecho, etc...).
Disfrute desde el mismo día del hecho causante o desde el siguiente día.
Padres, hermanos, nietos y
abuelos (todos ellos
consanguíneos o afines): hasta
3 días laborales, ampliables
hasta 5 naturales con
desplazamiento entre
diferentes localidades.
Justificantes:
Documento médico oficial o partida de defunción al efecto.
De parentesco: certificado o similar que acredite el parentesco excepto si
consta ya en su Declaración Anual de situación familiar (Ej: Libro de
familia, registro pareja de hecho, etc...).
Disfrute desde el mismo día del hecho causante o desde el siguiente día.
cve: BOE-A-2024-10660
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 128