III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-10660)
Resolución de 16 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de BSH Electrodomésticos España, SA, Servicio BSH al Cliente, Zona 5 para los centros de trabajo de Alicante, Castellón, Valencia y Murcia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 128

Lunes 27 de mayo de 2024
33.

Sec. III. Pág. 60508

Comité de seguridad y salud

El Comité de Seguridad y Salud es el órgano paritario y colegiado de participación
destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la Dirección de la
Empresa en materia de prevención de riesgos.
Se constituirá un Comité de Seguridad y Salud en el Centro de Trabajo. El Comité de
Seguridad y Salud de cada centro de trabajo estará formado por el/los Delegados de
Prevención del Centro, designado por y entre los Representantes de los Trabajadores/as
y por el Representante/s de la Dirección de la Empresa.
En las reuniones del Comité de Seguridad y Salud podrán participar con voz, pero sin
voto los Delegados Sindicales y los responsables técnicos de la prevención en la
empresa que no estén incluidos en la composición a la que se refiere el párrafo anterior.
En las mismas condiciones podrán participar trabajadores/as de la Empresa que cuenten
con una especial cualificación o información respecto de concretas cuestiones que se
debatan en este Comité y Técnicos de Prevención ajenos a la Empresa, siempre que así
lo solicite alguna de las representaciones en el Comité.
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Protección del medio ambiente

La protección del medio ambiente es un objetivo fundamental de BSH,
considerándose particularmente responsable de la protección y conservación de un
medio ambiente digno. Las innovaciones y progreso técnico de los productos, servicios y
procedimientos deben ser compatibles con el medio ambiente.
Los principios por los que se debe regir nuestra política medioambiental deben ser:
1.º Reducir el impacto medioambiental para impedir accidentes con daños en todo
el ciclo productivo.
2.º Tomar las medidas oportunas para impedir accidentes con daños medio
ambientales o minimizar sus efectos.
3.º Asegurar la gestión adecuada para una política medioambiental eficaz.
4.º Cumplir las leyes y normas de protección del medio ambiente, incluso ir más
allá de lo exigido.
5.º Fomentar en cada uno de los miembros de la Empresa el comportamiento
respetuoso con el medio ambiente.
6.º Requerir de los proveedores que procedan de la misma forma en política
medioambiental.
7.º Informar a los clientes del uso medioambiental adecuado de los productos.
CAPÍTULO VII
Salud y prestaciones sociales
Absentismo médico y salud

Se entienden por absentismo médico todas las ausencias de trabajadores debidas a
procesos de Incapacidad Transitoria por Enfermedad Común o Accidente no laboral,
Enfermedad Profesional o Accidente Laboral y Permisos Médicos.
Las partes firmantes de este convenio entienden que un elevado absentismo médico
supone un grave perjuicio a la competitividad y a las posibilidades de presente y futuro.
Por ello la empresa trabajará más específicamente, a través de todos los
Departamentos y Áreas implicadas, con el fin de que el índice de absentismo médico se
reduzca y se mantenga en los valores más bajos posibles, controlando tanto el
absentismo que puede producirse por motivos estrictamente profesionales y que
requiere los correspondientes estudios técnicos, ergonómicos, higiénicos y ambientales,
como el posible fraude que se puede dar en este tema a través de la simulación de la
enfermedad o la prolongación de los procesos más allá de lo que se estima oficialmente
según el diagnóstico correspondiente, y sea cual sea el motivo oculto del fraude. Este

cve: BOE-A-2024-10660
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35.