III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-10660)
Resolución de 16 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de BSH Electrodomésticos España, SA, Servicio BSH al Cliente, Zona 5 para los centros de trabajo de Alicante, Castellón, Valencia y Murcia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 128
Lunes 27 de mayo de 2024
Entrada
Castellón.
Mañana.
Tarde.
Alicante.
Salida
8,00
13,30
16,00
18,30
8,00
13,00
16,00
19,00
Mañana.
Tarde.
Sec. III. Pág. 60502
Turno de Reparación y Asistencia:
Lunes a Viernes.
Entrada teórica *
Salida teórica *
Valencia.
8,00
19,00 **
Castellón.
8,00
18,30 ***
Alicante.
8,00
19,00 **
Murcia.
8,30
19,00 ***
* Por razones obvias del servicio en calle, la jornada diaria del personal técnico puede ser irregular,
siempre que, como mínimo y máximo, cumpla las horas establecidas en el presente convenio.
** Con tres horas para comer.
*** Con dos horas y media para comer.
Turnos Especiales:
Sábados:
Entrada
Salida
Turno de Centro de Trabajo en
Sábado.
9,00
14,00
Turno de Reparación y Asistencia en
Sábado.
9,00*
14,00
* Si el viernes anterior al turno de sábado el Reparador asistente no pasa por el Centro de trabajo a recoger
lo necesario para el sábado, deberá comenzar a las 8,00 horas.
– El turno de sábado se hará en el horario reducido arriba indicado.
– El turno de sábado podrá afectar a todo o parte del centro de trabajo, a todas las
funciones del centro o a parte de ellas y a todos los trabajadores del centro o a parte de
ellos. Si no afecta a todos los trabajadores del centro, se solicitarán en primer lugar
voluntarios si los hubiere, y si no los hay se designarán procurando que sea de manera
rotatoria.
– La compensación de ese sábado de mañana será de un día entero de disfrute
antes o después de la realización del sábado o bien una compensación económica a
razón de un 130 % del salario fijo día. La elección de un modo u otro de compensación
corresponderá a la empresa, exclusivamente respecto a los cuatro primeros sábados
que se trabajen en cada año natural, siendo el trabajador quien designará el modo de
compensación respecto a los siguientes sábados que se pudiesen trabajar a lo largo de
cada año natural. Con independencia del modo de compensación, a ésta habrá de
añadirse un fijo de 25 euros si se realizan un mínimo de 5 avisos, 35 euros si se realizan
un mínimo de 6 avisos terminados o 45 euros si se realizan un mínimo de 7 avisos el
cve: BOE-A-2024-10660
Verificable en https://www.boe.es
La empresa, para atender actividad estacional del servicio al alza (para hacer frente
a situaciones de demora o citas fijadas de antemano) o a la baja, podrá establecer ocho
turnos de sábado con las siguientes condiciones:
Núm. 128
Lunes 27 de mayo de 2024
Entrada
Castellón.
Mañana.
Tarde.
Alicante.
Salida
8,00
13,30
16,00
18,30
8,00
13,00
16,00
19,00
Mañana.
Tarde.
Sec. III. Pág. 60502
Turno de Reparación y Asistencia:
Lunes a Viernes.
Entrada teórica *
Salida teórica *
Valencia.
8,00
19,00 **
Castellón.
8,00
18,30 ***
Alicante.
8,00
19,00 **
Murcia.
8,30
19,00 ***
* Por razones obvias del servicio en calle, la jornada diaria del personal técnico puede ser irregular,
siempre que, como mínimo y máximo, cumpla las horas establecidas en el presente convenio.
** Con tres horas para comer.
*** Con dos horas y media para comer.
Turnos Especiales:
Sábados:
Entrada
Salida
Turno de Centro de Trabajo en
Sábado.
9,00
14,00
Turno de Reparación y Asistencia en
Sábado.
9,00*
14,00
* Si el viernes anterior al turno de sábado el Reparador asistente no pasa por el Centro de trabajo a recoger
lo necesario para el sábado, deberá comenzar a las 8,00 horas.
– El turno de sábado se hará en el horario reducido arriba indicado.
– El turno de sábado podrá afectar a todo o parte del centro de trabajo, a todas las
funciones del centro o a parte de ellas y a todos los trabajadores del centro o a parte de
ellos. Si no afecta a todos los trabajadores del centro, se solicitarán en primer lugar
voluntarios si los hubiere, y si no los hay se designarán procurando que sea de manera
rotatoria.
– La compensación de ese sábado de mañana será de un día entero de disfrute
antes o después de la realización del sábado o bien una compensación económica a
razón de un 130 % del salario fijo día. La elección de un modo u otro de compensación
corresponderá a la empresa, exclusivamente respecto a los cuatro primeros sábados
que se trabajen en cada año natural, siendo el trabajador quien designará el modo de
compensación respecto a los siguientes sábados que se pudiesen trabajar a lo largo de
cada año natural. Con independencia del modo de compensación, a ésta habrá de
añadirse un fijo de 25 euros si se realizan un mínimo de 5 avisos, 35 euros si se realizan
un mínimo de 6 avisos terminados o 45 euros si se realizan un mínimo de 7 avisos el
cve: BOE-A-2024-10660
Verificable en https://www.boe.es
La empresa, para atender actividad estacional del servicio al alza (para hacer frente
a situaciones de demora o citas fijadas de antemano) o a la baja, podrá establecer ocho
turnos de sábado con las siguientes condiciones: