III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-10660)
Resolución de 16 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de BSH Electrodomésticos España, SA, Servicio BSH al Cliente, Zona 5 para los centros de trabajo de Alicante, Castellón, Valencia y Murcia.
57 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 128
Lunes 27 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 60486
instalación, demostración y puesta en marcha; así como aquellos empleados contratados
en régimen de Formación DUAL (combina formación y experiencia laboral práctico).
También a título orientativo corresponden normalmente a los Grupos de Cotización 8,
9 y 10 si los hubiera.
Acoges.
Pertenecen a estos niveles los trabajadores/as de los Grupos 3 C y 3 D denominados
ACOGES. Son aquellos que recién entrados en la empresa todavía están en período de
acogida y adaptación, y que bajo dependencia de mando de profesionales de más alta
cualificación y/o experiencia, van adquiriendo los conocimientos y experiencia adecuada
para asumir y entender los procesos establecidos, adquirir destreza en el uso de
herramientas de manipulación de bienes, herramientas técnicas de diseño, herramientas
y sistemas informáticos, herramientas y medios de comunicación, herramientas y
procesos de distribución y almacenaje, uso de vehículos industriales y similares. Durante
ese período van paulatinamente compartiendo autonomía, iniciativa y responsabilidad
bajo supervisión.
Comprenden, dependiendo de su evolución, de tres niveles salariales progresivos:
3C-1, 3C-2, 3C-3 y 3D-1, 3D-2 y 3D-3.
Simplemente a título orientativo y para mejor entendimiento de esta nueva
clasificación profesional, se englobarían aquí los actuales puestos de cualquier área o
función en fase de aprendizaje, como los puestos Acoges, Promotores/as,
Demostradores/as y Auxiliares que pasarían a ser Grupo 3 Acoge excepto si han
cumplido ya los períodos de adaptación por nivel.
También a título orientativo, pueden corresponder a los Grupos de Cotización 6, 7, 8
y 9 (Grupo 3 Nivel C Acoge) y Grupos 10 y 11 si los hubiera (Grupo 3 Nivel D Acoge).
21. Asignación y promoción profesional
El personal clasificado en el Grupo 3 Nivel C ACOGE o Grupo 3 Nivel D ACOGE:
– Ingresará en el nivel «3», en el que durante 6 meses irá conociendo y
adaptándose a los principales procesos, sistemas, herramientas, medios, productos, etc.
y se comenzará a valorar sus conocimientos y formación externos e internos que para el
desempeño de sus funciones se le van proporcionando.
– Accederá entonces y de manera automática al nivel «2» en el que permanecerá 6
meses para ir poniendo más en práctica los conocimientos, formación y experiencia que
va adquiriendo a la vez que se le continúa valorando su progresivo desempeño.
cve: BOE-A-2024-10660
Verificable en https://www.boe.es
Asignación funcional. En virtud del artículo 39 del Estatuto de los Trabajadores, es
función de la Dirección de la empresa asignar el Grupo Profesional que corresponde a
cada función o actividad, atendiendo siempre a las funciones que se realizan y a los
criterios ponderados que aquí se han establecido. Así, los trabajadores/as se integrarán
en los distintos grupos profesionales produciéndose la movilidad funcional en su caso en
el ámbito de los mismos.
Excepto para el Personal denominado Exento, o situaciones excepcionales como
movilidad geográfica y/o funcional de unidades dentro del Grupo BSH u otras que estime
la Dirección, el personal que se incorpore a esta empresa lo hará en el Grupo 3 Nivel C
ACOGE o Grupo 3 Nivel D ACOGE según las funciones para las que haya sido
contratado.
Promoción Profesional. La Dirección de la empresa procurará cubrir las vacantes que
surjan, y que haya decidido no amortizar, a través de la promoción interna de los
trabajadores de plantilla, y ello atendiendo al desempeño del trabajador/a, a su desarrollo
profesional y al grado de cumplimiento que muestra respecto al resto de factores
ponderados que determinan la permanencia a un Grupo Profesional o a otro. No
obstante, y como única limitación, existirá la siguiente promoción automática:
Núm. 128
Lunes 27 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 60486
instalación, demostración y puesta en marcha; así como aquellos empleados contratados
en régimen de Formación DUAL (combina formación y experiencia laboral práctico).
También a título orientativo corresponden normalmente a los Grupos de Cotización 8,
9 y 10 si los hubiera.
Acoges.
Pertenecen a estos niveles los trabajadores/as de los Grupos 3 C y 3 D denominados
ACOGES. Son aquellos que recién entrados en la empresa todavía están en período de
acogida y adaptación, y que bajo dependencia de mando de profesionales de más alta
cualificación y/o experiencia, van adquiriendo los conocimientos y experiencia adecuada
para asumir y entender los procesos establecidos, adquirir destreza en el uso de
herramientas de manipulación de bienes, herramientas técnicas de diseño, herramientas
y sistemas informáticos, herramientas y medios de comunicación, herramientas y
procesos de distribución y almacenaje, uso de vehículos industriales y similares. Durante
ese período van paulatinamente compartiendo autonomía, iniciativa y responsabilidad
bajo supervisión.
Comprenden, dependiendo de su evolución, de tres niveles salariales progresivos:
3C-1, 3C-2, 3C-3 y 3D-1, 3D-2 y 3D-3.
Simplemente a título orientativo y para mejor entendimiento de esta nueva
clasificación profesional, se englobarían aquí los actuales puestos de cualquier área o
función en fase de aprendizaje, como los puestos Acoges, Promotores/as,
Demostradores/as y Auxiliares que pasarían a ser Grupo 3 Acoge excepto si han
cumplido ya los períodos de adaptación por nivel.
También a título orientativo, pueden corresponder a los Grupos de Cotización 6, 7, 8
y 9 (Grupo 3 Nivel C Acoge) y Grupos 10 y 11 si los hubiera (Grupo 3 Nivel D Acoge).
21. Asignación y promoción profesional
El personal clasificado en el Grupo 3 Nivel C ACOGE o Grupo 3 Nivel D ACOGE:
– Ingresará en el nivel «3», en el que durante 6 meses irá conociendo y
adaptándose a los principales procesos, sistemas, herramientas, medios, productos, etc.
y se comenzará a valorar sus conocimientos y formación externos e internos que para el
desempeño de sus funciones se le van proporcionando.
– Accederá entonces y de manera automática al nivel «2» en el que permanecerá 6
meses para ir poniendo más en práctica los conocimientos, formación y experiencia que
va adquiriendo a la vez que se le continúa valorando su progresivo desempeño.
cve: BOE-A-2024-10660
Verificable en https://www.boe.es
Asignación funcional. En virtud del artículo 39 del Estatuto de los Trabajadores, es
función de la Dirección de la empresa asignar el Grupo Profesional que corresponde a
cada función o actividad, atendiendo siempre a las funciones que se realizan y a los
criterios ponderados que aquí se han establecido. Así, los trabajadores/as se integrarán
en los distintos grupos profesionales produciéndose la movilidad funcional en su caso en
el ámbito de los mismos.
Excepto para el Personal denominado Exento, o situaciones excepcionales como
movilidad geográfica y/o funcional de unidades dentro del Grupo BSH u otras que estime
la Dirección, el personal que se incorpore a esta empresa lo hará en el Grupo 3 Nivel C
ACOGE o Grupo 3 Nivel D ACOGE según las funciones para las que haya sido
contratado.
Promoción Profesional. La Dirección de la empresa procurará cubrir las vacantes que
surjan, y que haya decidido no amortizar, a través de la promoción interna de los
trabajadores de plantilla, y ello atendiendo al desempeño del trabajador/a, a su desarrollo
profesional y al grado de cumplimiento que muestra respecto al resto de factores
ponderados que determinan la permanencia a un Grupo Profesional o a otro. No
obstante, y como única limitación, existirá la siguiente promoción automática: