III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2024-10487)
Resolución de 20 de mayo de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Generalidad Valenciana, para establecer el funcionamiento y la gestión por medios electrónicos del Registro de empresas acreditadas en el sector de la construcción.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 126

Viernes 24 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 59496

en su territorio. Permitirá, asimismo, la explotación informática de los datos, de acuerdo
con las posibilidades de la aplicación, y la realización de peticiones a las autoridades
laborales respecto de la incorporación de datos a la base general.
b) Perfil de Inspector de Trabajo y Seguridad Social, así como de autoridad laboral
con aplicación informática propia, o de personal técnico debidamente autorizado por la
autoridad laboral competente. Permitirá el acceso a todos los datos obrantes en la base
general, así como su explotación informática, de acuerdo con las posibilidades de la
aplicación, así como la realización de peticiones a las autoridades laborales respecto de
la incorporación de datos a la base general.
c) Perfil de usuario legitimado con certificado digital. Permitirá la solicitud de
certificados relativos a la inscripción de las empresas en cualquiera de los Registros, así
como la realización de los trámites relativos a la propia empresa.
d) Perfil de usuario sin certificado digital. Permitirá la consulta pública de las
empresas inscritas en cualquiera de los Registros de Empresas Acreditadas.
3. Los perfiles a), b) y c), además de certificado digital, requieren estar registrados
como usuarios del sistema.
4. A efectos de lo previsto en esta cláusula, serán válidos los certificados
reconocidos por la plataforma @firma del Ministerio para la Transformación Digital y de la
Función Pública.
5. Corresponde a la Subdirección General de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones del Ministerio de Trabajo y Economía Social adoptar las medidas
necesarias para dar de alta como usuario administrador de la base de datos central a la
persona designada por la autoridad laboral de la Generalitat Valenciana de acuerdo con
el perfil asignado. El acceso deberá facilitarse dentro de los quince días siguientes a la
recepción de la solicitud.
Una vez dado de alta, corresponderá al usuario administrador gestionar los trámites
relacionados con los usuarios de la aplicación ubicados en su ámbito de actuación.
Octava. Asistencia a los usuarios de la aplicación.
Con el fin de facilitar el funcionamiento de los registros de empresas acreditadas, el
Ministerio de Trabajo y Economía Social pondrá a disposición de los usuarios de la base
de datos general un sistema de atención electrónica destinado a solucionar problemas
derivados de la utilización de la aplicación informática.
Novena.

Protección de datos.

a) La tramitación de la firma y seguimiento del presente convenio conlleva el tratamiento
de datos personales, por lo que las partes se obligan a cumplir las previsiones de la normativa
reguladora de la materia, especialmente el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas
en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a su libre circulación y por el que se
deroga la Directiva 95/46/CE (en adelante, RGPD), y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
(LOPDGDD). La información básica de protección de datos es la siguiente:
Responsables del tratamiento:

Ministerio de Trabajo y Economía Social. Agustín de Beetancourt, 6. 28003. Correo
electrónico: seempleo@mites.gob.es
Conselleria de Educación, Universidades y Empleo. Avda. de Campanar, 32. 46015
Valencia. Correo electrónico: protecciodeadeseducacio@gva.es
2. Finalidad del tratamiento. Gestionar la firma y seguimiento del convenio.
3. Las personas interesadas en este tratamiento tiene derecho a solicitar el acceso,
rectificación y supresión de sus datos de carácter personal, así como solicitar la

cve: BOE-A-2024-10487
Verificable en https://www.boe.es

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