III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Convenios. (BOE-A-2024-10492)
Resolución de 18 de mayo de 2024, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio con la Fundación Casa del Corazón, para el desarrollo de los proyectos vinculados a la mejora de la calidad asistencial en el ámbito de la Estrategia en Salud Cardiovascular del Sistema Nacional de Salud.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 126
Viernes 24 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 59545
– Según los Estatutos de la SEC, entre sus «Órganos Colegiados de Asesoramiento
y Colaboración», se encuentra el «Comité Fundación Casa del Corazón» que ejerce,
entre otras, las funciones de supervisar las actividades de gestión de la SEC, el
seguimiento presupuestario y de control de los objetivos de gestión y proponer al Comité
Ejecutivo de la SEC las decisiones estratégicas en relación con la gestión de la SEC. El
«Comité Fundación Casa del Corazón» está constituido por el Secretario General y
Vicesecretario de la SEC.
Sexto.
Que esta colaboración pretende desarrollar acciones conjuntas en el marco de la
Estrategia en Salud Cardiovascular (en adelante, ESCAV) del Sistema Nacional de Salud
(en adelante SNS) estableciendo vínculos entre el Ministerio de Sanidad y la FCC.
En virtud de lo expuesto, las partes convienen en establecer y fomentar esta
colaboración, estrechar relaciones y aunar esfuerzos para contribuir al cumplimiento de
dichos fines y, a tal efecto, formalizan el presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto y contenido del convenio.
Este convenio tiene por objeto establecer el marco de colaboración entre el Ministerio
de Sanidad y FCC de modo que facilite la cooperación y apoyo al desarrollo de los
siguientes aspectos:
Proyectos vinculados a la mejora de la calidad asistencial en el ámbito de la
Estrategia en Salud Cardiovascular del SNS (ESCAV). Concretamente, desarrollar
proyectos para apoyar el establecimiento de los siguientes planes a nivel del SNS que
son necesarios para el cumplimiento de objetivos expuestos en la ESCAV:
a) Extensión del código infarto al Síndrome Coronario Agudo Sin Elevación del ST
(SCASEST).
b) Código Shock.
c) Plan de Parada Cardíaca (PPC).
1.º Creación de grupos de trabajo con la participación de expertos de otras
sociedades científicas que puedan tener implicación en la implantación y aplicación de
los planes.
2.º Realizar un mapeo para conocer la existencia, nivel de desarrollo y
características de dichos planes (SCASEST, código shock y PPC) en las Comunidades
Autónomas.
3.º Estudiar y compilar las evidencias científicas que avalen las acciones que se
propongan para la aplicación y diseño de los planes.
4.º Difundir a través de jornadas, informes y documentación conjunta, los trabajos
que se deriven en el seno de estos proyectos.
5.º Desarrollo e implementación de los proyectos que contarán con una red de
trabajo y un protocolo de actuación.
Segunda.
2.1
Compromiso de las partes.
Por parte del Ministerio de Sanidad:
a) Prestar mutuamente con FCC el asesoramiento necesario en relación con el
objeto del convenio.
cve: BOE-A-2024-10492
Verificable en https://www.boe.es
Para ello se requiere:
Núm. 126
Viernes 24 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 59545
– Según los Estatutos de la SEC, entre sus «Órganos Colegiados de Asesoramiento
y Colaboración», se encuentra el «Comité Fundación Casa del Corazón» que ejerce,
entre otras, las funciones de supervisar las actividades de gestión de la SEC, el
seguimiento presupuestario y de control de los objetivos de gestión y proponer al Comité
Ejecutivo de la SEC las decisiones estratégicas en relación con la gestión de la SEC. El
«Comité Fundación Casa del Corazón» está constituido por el Secretario General y
Vicesecretario de la SEC.
Sexto.
Que esta colaboración pretende desarrollar acciones conjuntas en el marco de la
Estrategia en Salud Cardiovascular (en adelante, ESCAV) del Sistema Nacional de Salud
(en adelante SNS) estableciendo vínculos entre el Ministerio de Sanidad y la FCC.
En virtud de lo expuesto, las partes convienen en establecer y fomentar esta
colaboración, estrechar relaciones y aunar esfuerzos para contribuir al cumplimiento de
dichos fines y, a tal efecto, formalizan el presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto y contenido del convenio.
Este convenio tiene por objeto establecer el marco de colaboración entre el Ministerio
de Sanidad y FCC de modo que facilite la cooperación y apoyo al desarrollo de los
siguientes aspectos:
Proyectos vinculados a la mejora de la calidad asistencial en el ámbito de la
Estrategia en Salud Cardiovascular del SNS (ESCAV). Concretamente, desarrollar
proyectos para apoyar el establecimiento de los siguientes planes a nivel del SNS que
son necesarios para el cumplimiento de objetivos expuestos en la ESCAV:
a) Extensión del código infarto al Síndrome Coronario Agudo Sin Elevación del ST
(SCASEST).
b) Código Shock.
c) Plan de Parada Cardíaca (PPC).
1.º Creación de grupos de trabajo con la participación de expertos de otras
sociedades científicas que puedan tener implicación en la implantación y aplicación de
los planes.
2.º Realizar un mapeo para conocer la existencia, nivel de desarrollo y
características de dichos planes (SCASEST, código shock y PPC) en las Comunidades
Autónomas.
3.º Estudiar y compilar las evidencias científicas que avalen las acciones que se
propongan para la aplicación y diseño de los planes.
4.º Difundir a través de jornadas, informes y documentación conjunta, los trabajos
que se deriven en el seno de estos proyectos.
5.º Desarrollo e implementación de los proyectos que contarán con una red de
trabajo y un protocolo de actuación.
Segunda.
2.1
Compromiso de las partes.
Por parte del Ministerio de Sanidad:
a) Prestar mutuamente con FCC el asesoramiento necesario en relación con el
objeto del convenio.
cve: BOE-A-2024-10492
Verificable en https://www.boe.es
Para ello se requiere: