II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social. (BOE-A-2024-10425)
Resolución de 15 de mayo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 24 de mayo de 2024

Sec. II.B. Pág. 59139

5.10 De conformidad con lo establecido por el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13
de abril, de Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución de las tasas que se
hubieran exigido cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al
sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en
los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable al interesado.
5.11 Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen las personas
con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la
solicitud certificado acreditativo de tal condición.
Asimismo, estarán exentas del pago de las tasas las personas que figuren como
demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de
convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se
trate, no hubieran rechazado una oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a
participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión
profesionales y asimismo carecer de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario
Mínimo Interprofesional.
Será necesario para ello acompañar a la solicitud la certificación acreditativa de tal
condición con los requisitos señalados, así como de la certificación de la declaración
presentada del impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente al
último ejercicio o, en su caso, del certificado del nivel de renta.
Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18
de noviembre, de Protección de la Familia Numerosa, tendrán derecho a una exención
del 100 % de la tasa en el caso de los miembros de familias de categoría especial, y a
una bonificación del 50 % los miembros de la familia de categoría general. La condición
de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.
Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, a los efectos de la presente
exención las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia
de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de
resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona
que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los
hijos de los heridos y fallecidos.
5.12 Los aspirantes que se encuentren en los siguientes supuestos deberán
presentar la siguiente documentación adicional:
Los aspirantes con discapacidad que soliciten adaptaciones o ajustes razonables de
tiempos y medios para la realización de los ejercicios y pruebas del proceso selectivo
deberán adjuntar el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de
calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente la/s deficiencia/s
permanente/s que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, para que el
Tribunal pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
Aquellos aspirantes que tengan la condición de funcionarios españoles en
organismos internaciones presentarán los certificados y documentos previstos en la base
decimotercera de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.
6. Lista de candidatos del proceso selectivo
De acuerdo con el artículo vigésimo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la
que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el
ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, en
relación con el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y
con la Instrucción Conjunta de las Secretarías de Estado de Hacienda y Presupuestos y
para la Función Pública de 17 de noviembre de 2010, el Tribunal elaborará una lista de
candidatos con todos los que hayan accedido por el sistema de acceso libre y hayan
superado al menos un ejercicio de la oposición, ordenados por la suma total de la
puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios aprobados, con la finalidad de que la
selección de funcionarios interinos del Cuerpo Superior Interventores y Auditores de la

cve: BOE-A-2024-10425
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Núm. 126