II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-10368)
Resolución de 16 de mayo de 2024, de la Universidad Jaume I, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Media de Informática.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 125

Jueves 23 de mayo de 2024

Sec. II.B. Pág. 58763

Si alguna aspirante no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo
de riesgo o parte debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la
finalización del proceso y a la superación de las fases que habían quedado aplazadas;
éstas no podrán demorarse de forma que se menoscabe el derecho del resto de las
personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempo razonables, lo que
tendrá que ser valorada por el órgano técnico de selección, y en todo caso la realización
de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de personas que hayan
superado el proceso selectivo. Idéntica previsión resultará de aplicación a las víctimas de
violencia de género cuando acrediten debidamente que no pueden asistir por motivos de
seguridad.
Se tendrán que observar en todo momento las instrucciones del órgano técnico de
selección o del personal colaborador o asesor durante la celebración de las pruebas en
orden al adecuado desarrollo de éstas. Cualquier alteración en el normal desarrollo de
las pruebas por parte de una persona aspirante quedará reflejada en el acta
correspondiente; esta persona podrá continuar el desarrollo del ejercicio con carácter
condicional hasta que resuelva el órgano técnico de selección sobre el incidente.
Antes del inicio del ejercicio y siempre que se estime conveniente durante el
desarrollo de éste, las personas integrantes del órgano técnico de selección y el personal
colaborador o asesor comprobarán la identidad de las personas admitidas mediante la
presentación del DNI, NIE, del pasaporte o del carnet de conducir emitido en España, sin
que para este efecto sean válidas las fotocopias compulsadas de estos documentos; así
como, si procede, del ejemplar para la persona interesada de la solicitud de admisión a
las pruebas.
8.3 Toda la información que sea necesaria comunicar a las personas aspirantes, la
lista de personas aprobadas del ejercicio y cualquier otro anuncio que el órgano técnico
de selección estime pertinente, se publicará en el TAO-UJI.
8.4 En todas las pruebas de esta convocatoria el órgano técnico de selección
tomará las medidas que sean necesarias para garantizar el anonimato en la valoración
de estas, y serán anulados todos aquellos ejercicios en los cuales se incluya alguna
marca que pueda identificar su autoría.
Novena.

Publicidad de las listas.

9.1 Al finalizar los ejercicios de la oposición el órgano técnico de selección
publicará en el TAO-UJI, la relación de personas que lo han superado con expresión de
su nombre, apellidos y la puntuación obtenida. Se entenderá que han superado la
prueba únicamente aquellas que hayan obtenido la puntuación mínima exigida para
superar los ejercicios segundos lo dispuesto en la base 7.
9.2 Una vez finalizada la fase de oposición, el órgano técnico de selección,
mediante anuncio, publicará en el TAO-UJI, la lista con la calificación final.
9.3 A continuación, el órgano técnico de selección, mediante anuncio, publicará en
el TAO-UJI la lista definitiva con la relación del personal aprobado y su puntuación total a
que se refiere la base 7, que en ningún caso podrá superar el número de plazas
convocadas de acuerdo con la base 1 de esta convocatoria.
Relación definitiva y presentación de documentos.

10.1 El órgano técnico de selección elevará al Rectorado de la Universitat Jaume I
la relación definitiva del personal aprobado y su puntuación total, para que en el plazo de
diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación aporte ante el
Servicio de Recursos Humanos los siguientes documentos:
10.1.1 Fotocopia compulsada del DNI o NIE.
10.1.2 Fotocopia compulsada del título académico exigible según lo establecido en
la base 2.4 de la convocatoria o certificación académica que acredite haber realizado
todos los estudios para la obtención del título. En el caso de titulaciones obtenidas en el

cve: BOE-A-2024-10368
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Décima.