II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-10368)
Resolución de 16 de mayo de 2024, de la Universidad Jaume I, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Media de Informática.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 125
Jueves 23 de mayo de 2024
Sec. II.B. Pág. 58762
En caso de que alguna pregunta se anule a consecuencia de la estimación de alguna
impugnación, el ejercicio se continuará valorando sobre cincuenta puntos ajustando
proporcionalmente el valor de las preguntas válidas.
Su duración será entre sesenta y noventa minutos.
7.2.2
Segundo ejercicio.
Consistirá en resolver por escrito un supuesto práctico, de entre dos propuestos, o la
realización de una prueba práctica relacionada con las materias que figuren en el temario
específico. Su duración será de un máximo de dos horas y un mínimo de una. Este
ejercicio se puntuará de 0 a 70 puntos, y es necesario obtener un mínimo de 35 puntos
para superarlo.
En el supuesto de que el órgano técnico de selección opte por la resolución del
supuesto práctico, se valorará, junto con el rigor analítico y la claridad expositiva, los
conocimientos generales y específicos pertinentemente incorporados a la resolución del
supuesto y la capacidad de relacionarlos. Si se opta por la prueba práctica, se publicará,
con carácter previo a su realización, los aspectos a valorar en esta.
7.3
Puntuación final de la oposición y del proceso selectivo.
La puntuación final de la oposición se obtendrá sumando la puntuación obtenida en
ambos ejercicios superados.
A continuación, se configurará la lista ordenada por puntuación de mayor a menor,
que se interrumpirá cuando el número de personas incluidas en ella coincida con el
número de plazas convocadas en la base 1. Estas constituirán la lista definitiva de
personal aprobado en este proceso selectivo.
7.4
Los casos de empate que se produzcan se dirimirán de la siguiente manera:
Se atenderá, en primer lugar, a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.
En caso de persistir el empate se resolverá, en favor de la persona con diversidad
funcional, y si el empate se produce entre estas personas, se elegirá a quién tenga
acreditado un mayor porcentaje de discapacidad.
En caso de persistir el empate, si éste fuera entre personas de diferente sexo, se
dirimirá a favor del sexo infrarrepresentado dentro del colectivo de personas que forman
parte de la escala media de informática de la Universitat Jaume I en la fecha de
publicación de la presente convocatoria.
Finalmente, si todavía persistiera el empate, este se dirimirá de la siguiente forma:
Las preguntas tipo test del primer ejercicio se ordenarán por grado de dificultad o
importancia, a criterio del órgano técnico de selección. Así, se atenderá las respuestas
que las persones aspirantes hayan realizado en cada pregunta siguiendo el orden
establecido, dirimiendo el empate con la respuesta correcta por delante de la respuesta
en blanco, y ésta por delante de la respuesta errónea.
8.1 El ejercicio se realizará en el lugar, fecha y hora que se establezca en la
resolución por la que se apruebe y publique en el TAO-UJI la lista definitiva de personas
admitidas a la realización de las pruebas.
8.2 Las personas admitidas serán convocadas para la realización del ejercicio en
llamamiento único. Perderán su derecho cuando se personan en los lugares de
celebración una vez iniciadas las pruebas o por la inasistencia a éstas, aunque se deba
a causas justificadas. Si se trata de pruebas orales u otras de carácter individual y
sucesivo, el órgano técnico de selección podrá apreciar las causas alegadas y admitir la
persona aspirante, siempre que aquellas no hayan finalizado y esta admisión no
menoscabe el principio de igualdad con el resto de personas.
cve: BOE-A-2024-10368
Verificable en https://www.boe.es
Octava. Desarrollo de las pruebas selectivas.
Núm. 125
Jueves 23 de mayo de 2024
Sec. II.B. Pág. 58762
En caso de que alguna pregunta se anule a consecuencia de la estimación de alguna
impugnación, el ejercicio se continuará valorando sobre cincuenta puntos ajustando
proporcionalmente el valor de las preguntas válidas.
Su duración será entre sesenta y noventa minutos.
7.2.2
Segundo ejercicio.
Consistirá en resolver por escrito un supuesto práctico, de entre dos propuestos, o la
realización de una prueba práctica relacionada con las materias que figuren en el temario
específico. Su duración será de un máximo de dos horas y un mínimo de una. Este
ejercicio se puntuará de 0 a 70 puntos, y es necesario obtener un mínimo de 35 puntos
para superarlo.
En el supuesto de que el órgano técnico de selección opte por la resolución del
supuesto práctico, se valorará, junto con el rigor analítico y la claridad expositiva, los
conocimientos generales y específicos pertinentemente incorporados a la resolución del
supuesto y la capacidad de relacionarlos. Si se opta por la prueba práctica, se publicará,
con carácter previo a su realización, los aspectos a valorar en esta.
7.3
Puntuación final de la oposición y del proceso selectivo.
La puntuación final de la oposición se obtendrá sumando la puntuación obtenida en
ambos ejercicios superados.
A continuación, se configurará la lista ordenada por puntuación de mayor a menor,
que se interrumpirá cuando el número de personas incluidas en ella coincida con el
número de plazas convocadas en la base 1. Estas constituirán la lista definitiva de
personal aprobado en este proceso selectivo.
7.4
Los casos de empate que se produzcan se dirimirán de la siguiente manera:
Se atenderá, en primer lugar, a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.
En caso de persistir el empate se resolverá, en favor de la persona con diversidad
funcional, y si el empate se produce entre estas personas, se elegirá a quién tenga
acreditado un mayor porcentaje de discapacidad.
En caso de persistir el empate, si éste fuera entre personas de diferente sexo, se
dirimirá a favor del sexo infrarrepresentado dentro del colectivo de personas que forman
parte de la escala media de informática de la Universitat Jaume I en la fecha de
publicación de la presente convocatoria.
Finalmente, si todavía persistiera el empate, este se dirimirá de la siguiente forma:
Las preguntas tipo test del primer ejercicio se ordenarán por grado de dificultad o
importancia, a criterio del órgano técnico de selección. Así, se atenderá las respuestas
que las persones aspirantes hayan realizado en cada pregunta siguiendo el orden
establecido, dirimiendo el empate con la respuesta correcta por delante de la respuesta
en blanco, y ésta por delante de la respuesta errónea.
8.1 El ejercicio se realizará en el lugar, fecha y hora que se establezca en la
resolución por la que se apruebe y publique en el TAO-UJI la lista definitiva de personas
admitidas a la realización de las pruebas.
8.2 Las personas admitidas serán convocadas para la realización del ejercicio en
llamamiento único. Perderán su derecho cuando se personan en los lugares de
celebración una vez iniciadas las pruebas o por la inasistencia a éstas, aunque se deba
a causas justificadas. Si se trata de pruebas orales u otras de carácter individual y
sucesivo, el órgano técnico de selección podrá apreciar las causas alegadas y admitir la
persona aspirante, siempre que aquellas no hayan finalizado y esta admisión no
menoscabe el principio de igualdad con el resto de personas.
cve: BOE-A-2024-10368
Verificable en https://www.boe.es
Octava. Desarrollo de las pruebas selectivas.