III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2024-10403)
Resolución de 13 de mayo de 2024, del Consorcio Centro de Investigación Biomédica en Red, por la que se publica el Convenio con la Fundació de Recerca Clínic Barcelona-Institut d'Investigacions Biomèdiques August Pi i Sunyer, para la promoción e impulso de la investigación en el área temática de Diabetes y Enfermedades Metabólicas Asociadas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 125
Jueves 23 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 58980
investigación. El contexto científico de la organización CIBER es clave para garantizar
una correcta distribución de las muestras preciadas, ya que se evalúa la conveniencia de
los estudios científicos y se permite la máxima difusión tanto del catálogo de muestras y
datos como de las publicaciones derivadas. CIBER, dado su alcance a nivel nacional,
puede optimizar la explotación de muestras y datos asociados, y ampliar este uso
también a colaboradores externos, con el fin último de promover la investigación
biomédica para el avance en el conocimiento de las enfermedades.
Constituye el objeto del presente convenio establecer el marco de cooperación
conjunta entre el CIBER y el Biobanco de FRCB-IDIBAPS, más concretamente, las
condiciones de colaboración para la optimización y disponibilidad de la colección de
muestras representativas de la población española con diabetes y otras enfermedades
metabólicas y población control de la Colección Ciberdem de Fondo Biobanco de
diabetes y otras enfermedades metabólicas.
Segunda.
Programa de investigación.
El convenio se concreta en la colaboración conjunta a través de una línea de
investigación mediante la aportación del CIBER de fondos a FRCB-IDIBAPS para la
realización conjunta del proyecto de Investigación que se adjunta en el anexo del
presente Convenio.
Tercera. Ayudas Económicas.
a) Las aportaciones económicas que se efectúen por parte del CIBER a FRCBIDIBAPS, se destinarán exclusivamente a la realización del Proyecto de Investigación
que se adjunta en el anexo del presente Convenio.
b) La colaboración en el Proyecto «Colección Ciberdem de Fondo Biobanco de
diabetes y otras enfermedades metabólicas», se traducirá en la financiación de una
cuantía total de cuarenta y cuatro mil quinientos treinta y cinco euros (44.535,00 euros),
que se distribuirá en los cuatro periodos anuales de vigencia del convenio, a razón de:
17.814 euros en la 1.ª anualidad, 8.907 euros en la 2.ª anualidad, 8.907 euros en la 3.ª
anualidad, 8.907 euros en la 4.ª anualidad.
c) Del mismo modo, FRCB-IDIBAPS aportará las instalaciones necesarias para el
albergue de la Colección Ciberdem de Fondo Biobanco de diabetes y otras
enfermedades metabólicas, así como el equipamiento y fungible necesario para el
almacenamiento y gestión de las muestras. Llevará a cabo el depósito de estas
muestras, y de las que se puedan recopilar en el futuro, junto a la gestión de los datos
asociados a las mismas, de los cuales (muestras y sus datos) FRCB-IDIBAPS pasa a ser
el único responsable, todo ello valorado en una cuantía total estimada de 45.959,15
euros.
Comisión de seguimiento y evaluación del Programa.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, las partes acuerdan la creación de una comisión de
seguimiento para la vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos
adquiridos por los firmantes.
La composición de la Comisión de Seguimiento y Evaluación del Programa será la
siguiente:
A)
En representación del CIBER:
– La persona titular de la Gerencia del CIBER, o persona en quien delegue.
– La persona responsable de convenios del CIBER, o persona en quien delegue.
– Un Investigador o Investigadora Principal del CIBER, o persona en quien delegue.
cve: BOE-A-2024-10403
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Núm. 125
Jueves 23 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 58980
investigación. El contexto científico de la organización CIBER es clave para garantizar
una correcta distribución de las muestras preciadas, ya que se evalúa la conveniencia de
los estudios científicos y se permite la máxima difusión tanto del catálogo de muestras y
datos como de las publicaciones derivadas. CIBER, dado su alcance a nivel nacional,
puede optimizar la explotación de muestras y datos asociados, y ampliar este uso
también a colaboradores externos, con el fin último de promover la investigación
biomédica para el avance en el conocimiento de las enfermedades.
Constituye el objeto del presente convenio establecer el marco de cooperación
conjunta entre el CIBER y el Biobanco de FRCB-IDIBAPS, más concretamente, las
condiciones de colaboración para la optimización y disponibilidad de la colección de
muestras representativas de la población española con diabetes y otras enfermedades
metabólicas y población control de la Colección Ciberdem de Fondo Biobanco de
diabetes y otras enfermedades metabólicas.
Segunda.
Programa de investigación.
El convenio se concreta en la colaboración conjunta a través de una línea de
investigación mediante la aportación del CIBER de fondos a FRCB-IDIBAPS para la
realización conjunta del proyecto de Investigación que se adjunta en el anexo del
presente Convenio.
Tercera. Ayudas Económicas.
a) Las aportaciones económicas que se efectúen por parte del CIBER a FRCBIDIBAPS, se destinarán exclusivamente a la realización del Proyecto de Investigación
que se adjunta en el anexo del presente Convenio.
b) La colaboración en el Proyecto «Colección Ciberdem de Fondo Biobanco de
diabetes y otras enfermedades metabólicas», se traducirá en la financiación de una
cuantía total de cuarenta y cuatro mil quinientos treinta y cinco euros (44.535,00 euros),
que se distribuirá en los cuatro periodos anuales de vigencia del convenio, a razón de:
17.814 euros en la 1.ª anualidad, 8.907 euros en la 2.ª anualidad, 8.907 euros en la 3.ª
anualidad, 8.907 euros en la 4.ª anualidad.
c) Del mismo modo, FRCB-IDIBAPS aportará las instalaciones necesarias para el
albergue de la Colección Ciberdem de Fondo Biobanco de diabetes y otras
enfermedades metabólicas, así como el equipamiento y fungible necesario para el
almacenamiento y gestión de las muestras. Llevará a cabo el depósito de estas
muestras, y de las que se puedan recopilar en el futuro, junto a la gestión de los datos
asociados a las mismas, de los cuales (muestras y sus datos) FRCB-IDIBAPS pasa a ser
el único responsable, todo ello valorado en una cuantía total estimada de 45.959,15
euros.
Comisión de seguimiento y evaluación del Programa.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, las partes acuerdan la creación de una comisión de
seguimiento para la vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos
adquiridos por los firmantes.
La composición de la Comisión de Seguimiento y Evaluación del Programa será la
siguiente:
A)
En representación del CIBER:
– La persona titular de la Gerencia del CIBER, o persona en quien delegue.
– La persona responsable de convenios del CIBER, o persona en quien delegue.
– Un Investigador o Investigadora Principal del CIBER, o persona en quien delegue.
cve: BOE-A-2024-10403
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.