III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Bono Cultural Joven. (BOE-A-2024-10397)
Orden CLT/489/2024, de 21 de mayo, por la que se convoca el procedimiento de concurrencia para la selección de una entidad colaboradora para la facilitación y gestión de los medios de pago del programa de ayudas "Bono Cultural Joven".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 125

Jueves 23 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 58942

Para el reparto de los distintos conceptos en las cuatro anualidades indicadas se ha
partido de la experiencia previa en la gestión del programa del Bono Cultural Joven en
las convocatorias 2022 y 2024, considerando que la mayoría de las tarjetas prepago
serán emitidas dentro del ejercicio económico del año de la convocatoria de ayudas,
trasladando al ejercicio siguiente una partida mínima correspondiente a posibles
expedientes iniciados en la parte final de plazo, que requieran la aportación de
documentación adicional u otras circunstancias que impidan la concesión dentro del
ejercicio económico. Igualmente se ha previsto un refuerzo del servicio de atención al
usuario coincidente con el periodo estimado de emisión de las tarjetas prepago y de
ejecución de los gastos. Finalmente consta una partida relativa a adaptaciones
inicialmente no previstas que puedan surgir durante la ejecución, en las tres últimas
anualidades, excluyendo la primera en la que se realiza la implantación y desarrollo del
sistema.
Séptima.

Propiedad intelectual.

La propiedad intelectual del sistema que se implante para la ejecución de lo previsto
en el presente convenio corresponderá a la entidad colaboradora.
Octava. Confidencialidad, tratamiento y protección de datos de carácter personal.

a) Tratar los datos únicamente conforme a las instrucciones de la Subsecretaría de
Cultura, en su condición de responsable del tratamiento, no aplicándolos o utilizándolos
con fines distintos a los previstos en el presente convenio.
b) Garantizar la debida confidencialidad de las personas autorizadas para tratar
datos personales contenidos en los expedientes cuya gestión es objeto del convenio.
c) Adoptar las medidas de índole técnica y organizativas apropiadas que garanticen
un nivel de seguridad de los datos de carácter personal adecuado al riesgo, teniendo en
cuenta el estado de la técnica, los costes de aplicación, y la naturaleza, el alcance, el
contexto los fines del tratamiento, así como los riesgos de probabilidad y gravedad
variables para los derechos y libertades de las personas físicas.
d) En caso de recurrir a otro encargado del tratamiento, respetará las condiciones
indicadas en los apartados 2 y 4 del artículo 28 del RGPD.
A estos efectos, el Ministerio de Cultura autoriza a .............................. a recurrir,
como subencargado del tratamiento, a .............................. o a cualquiera que la sustituya
previa conformidad del Ministerio de Cultura, en el desarrollo de las prestaciones que …
tiene encomendadas para el cumplimiento del objeto de la colaboración, de conformidad
con lo dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público,
por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento

cve: BOE-A-2024-10397
Verificable en https://www.boe.es

En relación con el tratamiento y la protección de datos de carácter personal resultará
de aplicación lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, y en el Reglamento (UE)
2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos
personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos, en adelante, RGPD),
especialmente, en lo que se refiere al tratamiento de datos. Adicionalmente se someterá
a lo dispuesto en la presente cláusula y a las instrucciones establecidas en el anexo de
este convenio de colaboración.
.................. realizará la función de encargado de tratamiento de los datos de carácter
personal contenidos en los expedientes cuya gestión es objeto del convenio no
considerándose comunicación de datos el acceso a los mismos, de acuerdo a lo
establecido en el RGPD, en la Ley Orgánica 3/2018 y en sus normas de desarrollo.
La entidad colaboradora .............................. se compromete a: