I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-10237)
Real Decreto 501/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 22 de mayo de 2024

Sec. I. Pág. 58268

tramitación y seguimiento de la contratación administrativa y privada no atribuida a otros
órganos, y la coordinación de los órganos colegiados del Departamento en materia de
contratación; c), d) y e) del apartado 3.
Depende de la Subdirección General de Gestión Económica y Oficina
Presupuestaria, con el rango orgánico que se determine en la relación de puestos de
trabajo, la División de Contratación, que ejercerá la función señalada en la letra b) del
apartado 3, en lo relativo a la planificación, tramitación y seguimiento de la contratación
administrativa y privada no atribuida a otros órganos, y la coordinación de los órganos
colegiados del Departamento en materia de contratación.
b) La Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de Servicios, que
ejercerá las funciones señaladas en las letras f), g), h), i) y j) del apartado 3.
c) La Subdirección General de Servicios y Coordinación, que ejercerá las funciones
previstas en las letras k), l), m), n) y ñ) del apartado 3.
d) La Subdirección General de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones, que ejercerá las funciones señaladas en las letras o) y p) del
apartado 3.
e) La Subdirección General de Coordinación y Seguimiento de Fondos Europeos,
que ejercerá las funciones enumeradas en las letras r), s), t), u), v) y w) del apartado 3.
6. Dependiendo directamente de la Subsecretaría, y como órgano de apoyo y
asistencia inmediata de su titular, existe un Gabinete Técnico con nivel de subdirección
general.
7. Asimismo, están adscritos a la Subsecretaría, con las funciones que les
atribuyen sus normas específicas, y sin perjuicio de su dependencia de los Ministerios de
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y de Hacienda, los siguientes órganos
con rango de subdirección general:
a) La Abogacía del Estado.
b) La Intervención Delegada de la Intervención General de la Administración del
Estado.
Artículo 11. Secretaría General Técnica.
1. La Secretaría General Técnica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, bajo la inmediata dependencia de la persona titular de la Subsecretaría del
Departamento, ejerce las funciones que le atribuye el artículo 65 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, y específicamente, las siguientes:
a) La prestación de asistencia técnica, jurídica y administrativa a la persona titular
del Ministerio y demás altos cargos del Departamento.
b) La coordinación de la actividad normativa del Ministerio, tanto en lo que se
refiere a sus proyectos normativos como a los informes que se emiten en relación con
los de otros departamentos.
c) La preparación de documentación, el examen e informe, así como la tramitación
y coordinación de las actuaciones relativas a los asuntos que se sometan al Consejo de
Ministros, a las Comisiones Delegadas del Gobierno y a la Comisión General de
Secretarios de Estado y Subsecretarios.
d) La coordinación de las propuestas del Departamento para el Plan Anual
Normativo de la Administración General del Estado, así como la coordinación del informe
anual de evaluación normativa y de cumplimiento de las propuestas incluidas en dicho
plan.
e) La elaboración del programa editorial del Departamento y la gestión, en
coordinación con los organismos adscritos al Ministerio, en particular, las entidades
gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social, de la edición, distribución y venta,
en su caso, de las publicaciones oficiales, así como las funciones que, en conexión con
el proceso editorial, le atribuye la normativa específica sobre la materia.

cve: BOE-A-2024-10237
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 124