I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-10237)
Real Decreto 501/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 124

Miércoles 22 de mayo de 2024

Sec. I. Pág. 58263

2. De la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior y Políticas de
Retorno depende la Subdirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior y
Políticas de Retorno, a la que corresponde el ejercicio de las funciones enumeradas en
el apartado 1.
Dependerá de la Subdirección General de Ciudadanía Española en el Exterior y
Políticas de Retorno, la División de Emigrantes Retornados, con el nivel que se
determine en la relación de puestos de trabajo, a la que corresponde el ejercicio de las
funciones enumeradas en el apartado 1, relativas a la promoción y desarrollo de políticas
de retorno.
Artículo 9. Secretaría General de Inclusión.
1. Corresponden a la Secretaría General de Inclusión la elaboración y desarrollo de
la política del Gobierno en materia de inclusión.
2. Como órgano directivo directamente dependiente de la persona titular del
Ministerio corresponderá a la Secretaría General de Inclusión:
a) El diseño, impulso y evaluación de políticas que tienen por finalidad ayudar a la
incorporación y la participación en la sociedad, en igualdad de oportunidades, de los
colectivos más desfavorecidos.
b) El impulso, elaboración, coordinación y seguimiento de las políticas, estrategias,
planes y programas de actuación en materia de inclusión, en cooperación con otros
departamentos ministeriales en el ámbito de sus respectivas competencias en materia de
asuntos sociales y, en particular, con el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y
Agenda 2030 y con el Ministerio de Juventud e Infancia.
c) La definición de objetivos de inclusión y desarrollo de un sistema de indicadores
con los que llevar a cabo la medición, seguimiento y evaluación de los objetivos de
inclusión.
d) La coordinación de los aspectos económicos de las memorias del análisis de
impacto normativo en el ámbito del Departamento.
e) La coordinación de la representación del Departamento ante los organismos
multilaterales y el apoyo en la elaboración de estudios e informes que la relación con
estos organismos multilaterales requiera.
En particular, la Secretaría General ejercerá las siguientes funciones:

a) El desarrollo de indicadores objetivables de crecimiento inclusivo y de
desigualdad para la economía española que puedan ser utilizados para el diseño y toma
de decisión de nuevas políticas o la reformulación de las ya existentes.
b) El impulso de la incorporación de los indicadores de inclusión en el proceso de
toma de decisiones y en el proceso de diseño de políticas públicas.
c) El seguimiento de beneficiarios del conjunto de políticas de gasto e ingreso y los
efectos de estas políticas en términos de inclusión y desigualdad, con especial atención
a las relativas al mercado laboral, educación, sanidad, medio ambiente, vivienda e
innovación.
d) La definición y análisis de objetivos ligados al crecimiento inclusivo.
e) El seguimiento continuo y evaluación ex post del grado de cumplimiento de los
objetivos de inclusión y crecimiento inclusivo establecidos, en especial del Ingreso
Mínimo Vital y otras políticas competencia del Departamento, en cooperación con el
Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.
f) La promoción y realización de evaluaciones, estudios, informes e investigaciones
desde una perspectiva científica sobre las trayectorias de inclusión de personas
pertenecientes a diferentes colectivos en situación de vulnerabilidad, que permitan
examinar el impacto sobre dichas trayectorias de las diferentes políticas públicas y
prestaciones.

cve: BOE-A-2024-10237
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