III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-10222)
Resolución de 8 de mayo de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Plantas fotovoltaicas Villaviciosa Renobla I, Villaviciosa Renobla II y Villaviciosa Renobla III, de 51 MWp cada una, y sus infraestructuras de evacuación, en las provincias de Toledo y Madrid".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 123
Martes 21 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 58127
afecten a estas especies, aunque dichas afecciones se originen fuera de la Red
Natura 2000.
b.6
Población y salud humana.
Los estudios de impacto ambiental identifican una serie impactos que se producirán
sobre la calidad del aire durante la fase de construcción, por las emisiones acústicas de
maquinaria y vehículos y por la emisión de partículas de polvo. El promotor valora estos
impactos como de magnitud baja, debido principalmente a la distancia existente a los
núcleos de población más cercanos, a más de 1 km, manteniéndose los niveles de ruido
previstos durante las obras en niveles inferiores a 45 dB.
En fase de explotación, los estudios de impacto ambiental no han identificado ni
valorado los posibles impactos sobre la salud humana derivados de los campos
electromagnéticos generados por la línea eléctrica de evacuación. A este respecto, la
Dirección General de Salud Pública de la Comunidad de Madrid advierte de que, para
valorar este tipo de impactos, es necesario que los estudios incluyan un inventario de
zonas residenciales, viviendas aisladas y áreas con población residente vulnerable, en
una distancia mínima de 200 m alrededor de la línea eléctrica.
En relación con las afecciones sobre recursos hídricos destinados a uso humano, la
Agencia del Agua de Castilla-La Mancha informa de que el proyecto afecta a
infraestructuras en servicio del Sistema de Abastecimiento de Picadas, concretamente,
en el emplazamiento de la PSFV Renobla I, por donde discurre la conducción de
abastecimiento de agua potable de Picadas, lo que conlleva una afección directa sobre
la tubería del Ramal de Chozas de Canales, considerando, en consecuencia,
incompatible el emplazamiento seleccionado por el promotor.
Impactos sinérgicos y acumulados.
Los estudios de impacto ambiental incluyen un estudio de efectos sinérgicos y
acumulados que analiza los impactos ocasionados por el conjunto de instalaciones e
infraestructuras de generación de energía fotovoltaica y conexión a la red de transporte
eléctrico, que se prevén en un área territorial de 25 km en torno al proyecto, sobre
distintos factores ambientales como la fauna, la vegetación, el paisaje o la población.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha considera deficiente el estudio de sinergias realizado por el
promotor. Respecto a la metodología empleada, considera excesivo abarcar un radio tan
amplio de estudio, debiendo valorarse estos efectos de forma más objetiva y detallada a
una escala que abarque los 5 km en torno al proyecto. Además, las instalaciones e
infraestructuras consideradas se consideran insuficientes, ya que, falta un importante
número de plantas fotovoltaicas ya autorizadas y otras que se encuentran en tramitación
ambiental, muy próximas al proyecto (Pradillos N, Luciérnaga, Orión-Hércules,
Yadisema, etc.), lo que supone una evidente carencia de partida en el documento. La
Dirección General de Economía Circular de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha aporta un listado de un total de 13 plantas fotovoltaicas, 12 de ellas autorizadas,
que el promotor no ha considerado en su estudio. A estas instalaciones habría que
sumar el conjunto de 14 plantas fotovoltaicas (Helena Solar 1 a 14), algunas de ellas ya
autorizadas por el órgano sustantivo, que por su proximidad deben ser también
consideradas. En consecuencia, estos organismos discrepan respecto de las
valoraciones de efectos acumulados y sinérgicos realizadas por el promotor,
especialmente en lo que respecta a los impactos sobre la biodiversidad, por la pérdida
acumulada de territorios ecológicamente aptos para la alimentación y reproducción de
las poblaciones de aves esteparias de la comarca de La Sagra, especialmente de sisón y
avutarda.
Asimismo, la Dirección General de Salud Pública de la Comunidad de Madrid informa
de que debiera haberse valorado el efecto acumulado generado sobre la salud humana,
con especial atención a los sectores más vulnerables de la población, por la densidad
cve: BOE-A-2024-10222
Verificable en https://www.boe.es
b.7
Núm. 123
Martes 21 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 58127
afecten a estas especies, aunque dichas afecciones se originen fuera de la Red
Natura 2000.
b.6
Población y salud humana.
Los estudios de impacto ambiental identifican una serie impactos que se producirán
sobre la calidad del aire durante la fase de construcción, por las emisiones acústicas de
maquinaria y vehículos y por la emisión de partículas de polvo. El promotor valora estos
impactos como de magnitud baja, debido principalmente a la distancia existente a los
núcleos de población más cercanos, a más de 1 km, manteniéndose los niveles de ruido
previstos durante las obras en niveles inferiores a 45 dB.
En fase de explotación, los estudios de impacto ambiental no han identificado ni
valorado los posibles impactos sobre la salud humana derivados de los campos
electromagnéticos generados por la línea eléctrica de evacuación. A este respecto, la
Dirección General de Salud Pública de la Comunidad de Madrid advierte de que, para
valorar este tipo de impactos, es necesario que los estudios incluyan un inventario de
zonas residenciales, viviendas aisladas y áreas con población residente vulnerable, en
una distancia mínima de 200 m alrededor de la línea eléctrica.
En relación con las afecciones sobre recursos hídricos destinados a uso humano, la
Agencia del Agua de Castilla-La Mancha informa de que el proyecto afecta a
infraestructuras en servicio del Sistema de Abastecimiento de Picadas, concretamente,
en el emplazamiento de la PSFV Renobla I, por donde discurre la conducción de
abastecimiento de agua potable de Picadas, lo que conlleva una afección directa sobre
la tubería del Ramal de Chozas de Canales, considerando, en consecuencia,
incompatible el emplazamiento seleccionado por el promotor.
Impactos sinérgicos y acumulados.
Los estudios de impacto ambiental incluyen un estudio de efectos sinérgicos y
acumulados que analiza los impactos ocasionados por el conjunto de instalaciones e
infraestructuras de generación de energía fotovoltaica y conexión a la red de transporte
eléctrico, que se prevén en un área territorial de 25 km en torno al proyecto, sobre
distintos factores ambientales como la fauna, la vegetación, el paisaje o la población.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha considera deficiente el estudio de sinergias realizado por el
promotor. Respecto a la metodología empleada, considera excesivo abarcar un radio tan
amplio de estudio, debiendo valorarse estos efectos de forma más objetiva y detallada a
una escala que abarque los 5 km en torno al proyecto. Además, las instalaciones e
infraestructuras consideradas se consideran insuficientes, ya que, falta un importante
número de plantas fotovoltaicas ya autorizadas y otras que se encuentran en tramitación
ambiental, muy próximas al proyecto (Pradillos N, Luciérnaga, Orión-Hércules,
Yadisema, etc.), lo que supone una evidente carencia de partida en el documento. La
Dirección General de Economía Circular de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha aporta un listado de un total de 13 plantas fotovoltaicas, 12 de ellas autorizadas,
que el promotor no ha considerado en su estudio. A estas instalaciones habría que
sumar el conjunto de 14 plantas fotovoltaicas (Helena Solar 1 a 14), algunas de ellas ya
autorizadas por el órgano sustantivo, que por su proximidad deben ser también
consideradas. En consecuencia, estos organismos discrepan respecto de las
valoraciones de efectos acumulados y sinérgicos realizadas por el promotor,
especialmente en lo que respecta a los impactos sobre la biodiversidad, por la pérdida
acumulada de territorios ecológicamente aptos para la alimentación y reproducción de
las poblaciones de aves esteparias de la comarca de La Sagra, especialmente de sisón y
avutarda.
Asimismo, la Dirección General de Salud Pública de la Comunidad de Madrid informa
de que debiera haberse valorado el efecto acumulado generado sobre la salud humana,
con especial atención a los sectores más vulnerables de la población, por la densidad
cve: BOE-A-2024-10222
Verificable en https://www.boe.es
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