III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-10222)
Resolución de 8 de mayo de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Plantas fotovoltaicas Villaviciosa Renobla I, Villaviciosa Renobla II y Villaviciosa Renobla III, de 51 MWp cada una, y sus infraestructuras de evacuación, en las provincias de Toledo y Madrid".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 21 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 58125
perimetrales para evitar la colisión de aves, así como la instalación de dispositivos
salvapájaros en el tendido eléctrico de evacuación. Mediante la ejecución y seguimiento
de estas medidas, el promotor prevé reducir la magnitud esperada de los impactos sobre
la avifauna, pasando a valorar como moderados y compatibles los impactos residuales
resultantes. Para el tratamiento de los mismos, el promotor plantea un conjunto de
medidas de gestión y mejora del hábitat aplicadas en el interior de los emplazamientos
de las plantas fotovoltaicas, como instalar cajas nido, mantener poblaciones de especies
presa de aves rapaces, implantar y mantener recintos de vegetación herbácea, etc.
Durante el trámite de participación pública, la Dirección General de Medio Natural y
Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la Subdirección
General de Biodiversidad Terrestre y Marina del Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico y la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la
Comunidad de Madrid, así como el Ayuntamiento de El Viso de San Juan y la Sociedad
Española de Ornitología (SEO BirdLife), manifiestan la elevada riqueza de avifauna que
albergan los territorios afectados por las 3 plantas fotovoltaicas proyectadas, en todas
sus alternativas, y de la línea eléctrica de evacuación, reflejando, en sus respectivos
informes, evidencias científicas suficientes que demuestran la presencia regular de
poblaciones de aves esteparias en los emplazamientos proyectados, la proximidad de
zonas de nidificación de especies amenazadas, como el águila imperial ibérica, y la
utilización del territorio afectado por la línea eléctrica de evacuación por aves rapaces
amenazadas para campeo y alimentación. Asimismo, consideran que las valoraciones de
impactos efectuadas por el promotor son subjetivas y no responden a la riqueza
ornitológica y a la vulnerabilidad de las especies afectadas frente a este tipo de
instalaciones.
Además, constan alegaciones por parte de varias asociaciones, entre las que
destacan la Asociación Ecologista La Avutarda Dientes de Sable y Ecologistas en Acción
de Toledo, que aportan también datos sobre la presencia y abundancia de poblaciones
de aves esteparias en los emplazamientos proyectados, con unas características que
indican la existencia de núcleos de reproducción de sisón común y avutarda común,
proximidad de puntos de nidificación de águila imperial ibérica y la existencia de un
dormidero de milano real en el arroyo de Vallehermoso, apenas a unas decenas de
metros de distancia de la planta fotovoltaica Renobla I.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha señala que la construcción de las plantas fotovoltaicas y la línea
eléctrica de evacuación afectarán significativamente al hábitat y a la conectividad
ecológica de las poblaciones de avutarda común, que en los emplazamientos
proyectados cuentan actualmente con presencia regular, abundante en individuos y
comportamiento gregario, lo que induce a considerarlos como zonas de alimentación y
concentración post-reproductiva o invernal. Asimismo, informa de la presencia de 2
territorios de nidificación de águila imperial ibérica, situados a 1,1 y 1,8 km,
respectivamente, de la planta fotovoltaica Renobla I, por lo que se verá sensiblemente
afectada el área de campeo de las 2 parejas reproductoras existentes. En consecuencia,
considera que debe protegerse como área de exclusión una zona de 1.500 m en torno a
los nidos localizados de águila imperial ibérica, lo que conlleva a considerar los
emplazamientos de las PSFV como ambientalmente incompatibles, a los efectos de lo
establecido en el Plan de recuperación del águila imperial ibérica vigente. Respecto a la
línea eléctrica de evacuación, indica que pasa próxima a un tercer nido de águila imperial
ibérica y atraviesa zonas con importante presencia de aves esteparias (principalmente.
avutarda, sisón, aguilucho cenizo y aguilucho pálido), especialmente en su trazado por
los términos de Chozas de Canales y Casarrubios de Monte, por lo que considera
inviable el trazado proyectado e insuficientes las medidas adoptadas por el promotor.
Por otra parte, la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la
Comunidad de Madrid informa de que existen datos de nidificación de una especie
catalogada En Peligro de Extinción, que no especifica, que se ubica próxima a la línea
cve: BOE-A-2024-10222
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 123
Martes 21 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 58125
perimetrales para evitar la colisión de aves, así como la instalación de dispositivos
salvapájaros en el tendido eléctrico de evacuación. Mediante la ejecución y seguimiento
de estas medidas, el promotor prevé reducir la magnitud esperada de los impactos sobre
la avifauna, pasando a valorar como moderados y compatibles los impactos residuales
resultantes. Para el tratamiento de los mismos, el promotor plantea un conjunto de
medidas de gestión y mejora del hábitat aplicadas en el interior de los emplazamientos
de las plantas fotovoltaicas, como instalar cajas nido, mantener poblaciones de especies
presa de aves rapaces, implantar y mantener recintos de vegetación herbácea, etc.
Durante el trámite de participación pública, la Dirección General de Medio Natural y
Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la Subdirección
General de Biodiversidad Terrestre y Marina del Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico y la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la
Comunidad de Madrid, así como el Ayuntamiento de El Viso de San Juan y la Sociedad
Española de Ornitología (SEO BirdLife), manifiestan la elevada riqueza de avifauna que
albergan los territorios afectados por las 3 plantas fotovoltaicas proyectadas, en todas
sus alternativas, y de la línea eléctrica de evacuación, reflejando, en sus respectivos
informes, evidencias científicas suficientes que demuestran la presencia regular de
poblaciones de aves esteparias en los emplazamientos proyectados, la proximidad de
zonas de nidificación de especies amenazadas, como el águila imperial ibérica, y la
utilización del territorio afectado por la línea eléctrica de evacuación por aves rapaces
amenazadas para campeo y alimentación. Asimismo, consideran que las valoraciones de
impactos efectuadas por el promotor son subjetivas y no responden a la riqueza
ornitológica y a la vulnerabilidad de las especies afectadas frente a este tipo de
instalaciones.
Además, constan alegaciones por parte de varias asociaciones, entre las que
destacan la Asociación Ecologista La Avutarda Dientes de Sable y Ecologistas en Acción
de Toledo, que aportan también datos sobre la presencia y abundancia de poblaciones
de aves esteparias en los emplazamientos proyectados, con unas características que
indican la existencia de núcleos de reproducción de sisón común y avutarda común,
proximidad de puntos de nidificación de águila imperial ibérica y la existencia de un
dormidero de milano real en el arroyo de Vallehermoso, apenas a unas decenas de
metros de distancia de la planta fotovoltaica Renobla I.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha señala que la construcción de las plantas fotovoltaicas y la línea
eléctrica de evacuación afectarán significativamente al hábitat y a la conectividad
ecológica de las poblaciones de avutarda común, que en los emplazamientos
proyectados cuentan actualmente con presencia regular, abundante en individuos y
comportamiento gregario, lo que induce a considerarlos como zonas de alimentación y
concentración post-reproductiva o invernal. Asimismo, informa de la presencia de 2
territorios de nidificación de águila imperial ibérica, situados a 1,1 y 1,8 km,
respectivamente, de la planta fotovoltaica Renobla I, por lo que se verá sensiblemente
afectada el área de campeo de las 2 parejas reproductoras existentes. En consecuencia,
considera que debe protegerse como área de exclusión una zona de 1.500 m en torno a
los nidos localizados de águila imperial ibérica, lo que conlleva a considerar los
emplazamientos de las PSFV como ambientalmente incompatibles, a los efectos de lo
establecido en el Plan de recuperación del águila imperial ibérica vigente. Respecto a la
línea eléctrica de evacuación, indica que pasa próxima a un tercer nido de águila imperial
ibérica y atraviesa zonas con importante presencia de aves esteparias (principalmente.
avutarda, sisón, aguilucho cenizo y aguilucho pálido), especialmente en su trazado por
los términos de Chozas de Canales y Casarrubios de Monte, por lo que considera
inviable el trazado proyectado e insuficientes las medidas adoptadas por el promotor.
Por otra parte, la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la
Comunidad de Madrid informa de que existen datos de nidificación de una especie
catalogada En Peligro de Extinción, que no especifica, que se ubica próxima a la línea
cve: BOE-A-2024-10222
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 123