III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2024-10146)
Resolución de 9 de mayo de 2024, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio con el Centro de Trabajo ATI Sistemas, SL, para la realización de prácticas formativas externas del alumnado del Centro de Promoción de Autonomía Personal de Bergondo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 122

Lunes 20 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 57647

Tercera. Compromisos del centro de trabajo.
Los compromisos adquiridos son:
a) Nombrar un tutor/instructor responsable de las prácticas que coordine, junto con
el tutor del centro del Imserso, el desarrollo de las mismas.
b) Facilitar al estudiante las herramientas necesarias para realizar las prácticas
formativas encomendadas.
c) Emitir un documento acreditativo de la realización de las prácticas al finalizar el
período de ejecución que contendrá al menos, referencia al centro del Imserso, número
de alumnos, descripción de la práctica especificando su duración y fechas de realización
y actividades realizadas.
d) Expedir, a la conclusión de las prácticas, un certificado de aprovechamiento de
las prácticas realizadas por cada persona estudiante, con el visto bueno del Imserso a
través del Centro de Promoción de la Autonomía Personal de Bergondo con mención
expresa del nivel alcanzado.
Cuarta.

Finalidad de las prácticas de formación.

La finalidad única y exclusiva de las prácticas a realizar por el alumnado, es
únicamente la de conocer el funcionamiento del centro de trabajo ATI Sistemas, SL, sus
métodos de trabajo y organización, como complemento práctico a sus estudios. En
consecuencia, la relación que mantienen con el centro de trabajo es exclusivamente
formativa, sin percibir salario o estipendio alguno.
El hecho de que el alumnado realice prácticas en el centro de trabajo ATI
Sistemas, SL, no supondrá ningún tipo de relación laboral con ella ni determinará la
existencia de ninguna responsabilidad por su parte.
Quinta.

Comisión mixta.

Sexta.

Período de prácticas.

El período de prácticas que realizarán las personas alumnas del Centro de
Promoción de la Autonomía Personal de Bergondo tendrá una duración aproximada
de 80 horas para cada una (o su equivalente en días). Se establece un horario máximo
diario de 4 horas, que será de mañana/tarde, de acuerdo con las necesidades del
servicio del centro de trabajo ATI Sistemas, SL, donde se van a realizar las actividades
formativas.

cve: BOE-A-2024-10146
Verificable en https://www.boe.es

Se constituye una comisión mixta integrada por dos representantes nombrados por
cada una de las partes, a la que corresponde concretar las actuaciones de cooperación
que se vayan a llevar a cabo de entre las previstas en este convenio, así como velar por
el cabal cumplimiento de los objetivos comunes perseguidos por ambas partes.
Uno de los dos representantes de cada una de las partes será un tutor/instructor
nombrados por el centro de trabajo ATI Sistemas, SL y por el Imserso, a través del
Centro de Promoción de la Autonomía Personal de Bergondo, para la coordinación y el
seguimiento de las actividades formativas en la empresa, que garantice la orientación y
la consulta del alumno/a, así como las relaciones con el Imserso a través del director del
Centro de Promoción de la Autonomía Personal de Bergondo.
La comisión mixta constituirá el cauce estable de comunicación entre el Imserso y el
centro de trabajo ATI Sistemas, SL. La propia comisión, una vez constituida, decidirá su
régimen de reuniones y de adopción válida de acuerdos.
En particular, a la comisión le corresponde establecer las fechas y horarios de
realización de las prácticas por el alumnado, de conformidad con la cláusula siguiente.
La comisión en su funcionamiento se regirá por lo previsto en el presente convenio y
supletoriamente por lo estipulado en la sección tercera, del capítulo II, del título
preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.