I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. Presupuestos. (BOE-A-2024-10011)
Ley 7/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 18 de mayo de 2024

Sec. I. Pág. 57086

modalidad B, será el que corresponda en proporción a la media de módulos de guardia
mensuales realizadas en los doce meses anteriores a la exención, con un máximo de
tres tanto para el nivel de atención primaria como de especializada.
2. El personal diplomado sanitario, cualquiera que sea su relación de empleo, que
se halle adscrito a las instituciones sanitarias integradas en el Servicio Canario de la
Salud y sea designado por la gerencia/dirección gerencia correspondiente para estar
disponible en régimen de localización fuera de su jornada ordinaria de trabajo en
aquellos servicios o unidades que se determinen por la Dirección del Servicio Canario de
la Salud, tiene derecho a la exención voluntaria de la realización de actividades de
atención continuada fuera de la jornada ordinaria de trabajo en los mismos términos
establecidos en el citado acuerdo para el personal enfermero de equipo de atención
primaria.
Disposición adicional vigesimosegunda. Listas de empleo para la selección y
nombramiento de personal estatutario temporal y sustituto en los órganos de
prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud.
1. El procedimiento de constitución de listas de empleo para la selección y
nombramiento de personal estatutario temporal y sustituto en los órganos de prestación de
servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud queda excluido del ámbito de aplicación
del Decreto 74/2010, de 1 de julio, por el que se establece el procedimiento de constitución de
listas de empleo para el nombramiento de funcionarios interinos en los sectores de
administración general y docente no universitario de la Administración pública de la
Comunidad Autónoma de Canarias, así como de personal estatutario temporal en los
órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud.
2. Por orden de la persona titular de la consejería competente en materia de
sanidad se regulará el procedimiento de constitución y funcionamiento de listas de
empleo para la selección y nombramiento de personal estatutario temporal y sustituto en
las gerencias y direcciones gerencias del Servicio Canario de la Salud, con criterios
uniformes y de conformidad con los principios constitucionales de igualdad, mérito,
capacidad y publicidad que rigen el acceso al empleo público.
Hasta la entrada en vigor de las listas de empleo que se constituyan con arreglo a lo
previsto en la citada orden, se procederá al nombramiento de personal estatutario
temporal y sustituto en las gerencias y direcciones gerencias del Servicio Canario de la
Salud de acuerdo con las listas constituidas conforme a la normativa anterior.
3. En la orden de la persona titular de la consejería competente en materia de sanidad
por la que se regule el procedimiento de constitución y funcionamiento de listas de empleo
para la selección y nombramiento de personal estatutario temporal y sustituto en las
gerencias/direcciones gerencias del Servicio Canario de la Salud se establecerá un régimen
específico por el que tendrá plena vigencia y se mantendrá el actual sistema de
funcionamiento de los listados de contratación y reserva del Complejo Hospitalario
Universitario de Canarias hasta los procesos selectivos realizados hasta el 31 de diciembre
de 2019, atendiendo a lo previsto en el punto tres del acuerdo para las condiciones laborales
de la integración del Complejo Hospitalario Universitario de Canarias en el Servicio
Canario de la Salud y en el artículo 27 del convenio colectivo vigente.
Tras la entrada en vigor de las listas de empleo que se constituyan con arreglo a lo
previsto en dicha orden, con carácter específico y exclusivamente para esta gerencia, las
nuevas listas se anexarán a continuación de los listados de contratación y reserva del
Complejo Hospitalario Universitario de Canarias y se hará uso de las mismas una vez
agotados los integrantes de los listados del Complejo Hospitalario Universitario de
Canarias, tanto para la contratación en régimen jurídico laboral como estatutario.

cve: BOE-A-2024-10011
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Núm. 121