I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. Presupuestos. (BOE-A-2024-10011)
Ley 7/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 18 de mayo de 2024
Sec. I. Pág. 56999
En síntesis, se ha elaborado un presupuesto de estabilidad, equilibrio y
responsabilidad en un entorno de incertidumbre con el objetivo inicial de sentar las bases
para afrontar los retos de futuro de nuestra tierra. Con el mismo se ha pretendido
incorporar una visión de sensatez y realidad en las cuentas públicas como instrumento
básico para que, con la información disponible a esta fecha, pueda hacerse frente al
gasto real de funcionamiento de los servicios públicos fundamentales para 2024.
Como no podía ser de otra manera, se sigue prestando cobertura a la recuperación
económica de La Palma y a las tareas de reconstrucción en esa isla en todo lo que
compete a la Comunidad Autónoma de Canarias, aportando fondos que incidirán
principalmente en la agricultura, la economía, el empleo y la vivienda de la isla,
manteniendo la habilitación de crédito por 100 millones de euros, a los que se suma una
partida adicional de 50 millones, más otras partidas relacionadas con gastos e
inversiones a realizar en la isla.
Los presupuestos 2024 siguen la senda de cumplimiento de los grandes objetivos de
la Agenda Canaria 2030 de Desarrollo Sostenible, la dirección por objetivos (DPO), y un
nuevo enfoque de la presupuestación orientada a resultados (POR), de cara a una
rendición efectiva de resultados, en la ejecución de las diferentes políticas públicas.
El Texto Articulado a su vez recoge varias modificaciones orientadas a la priorización
de medidas de mayor agilidad y simplificación administrativa en la gestión del presente
Presupuesto, apostando por medidas que fomentan la descentralización administrativa,
atribuyendo mayores responsabilidades de gestión a los órganos gestores directos.
También, y a expensas de que las incertidumbres, principalmente institucionales, se
despejen y nos permitan concretar con mayor exactitud la determinación de los recursos
disponibles y las reglas fiscales aplicables a la gestión de este ejercicio 2024, se ha
contemplado un paquete inicial de medidas de carácter tributario de diversa índole, que
afectan a varias figuras tributarias.
Así, en el ámbito del impuesto sobre la renta de las personas físicas, y ante la
coyuntura persistente del incremento de precios, se ha considerado oportuno prorrogar
para el período impositivo 2023 la deducción por el alza de precios prevista para el
ejercicio fiscal anterior, incorporando pequeñas mejoras técnicas de otras deducciones
ya existentes para mayor seguridad jurídica.
En el ámbito del impuesto general indirecto canario se prevén medidas de reducción
de tipos a operaciones relativas a áreas tan sensibles como la sanidad, tanto humana
como animal; de este modo, pasa a tributar al tipo cero un conjunto de bienes
conformados por equipos médicos, aparatos y demás instrumental, diseñados para
aliviar o tratar deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, y los
medicamentos de uso veterinario. También, en el ámbito de la prevención sanitaria, y
siguiendo la línea sugerida por las autoridades sanitarias, y adoptada en otros territorios
fiscales, se incrementa la tributación de las bebidas energéticas y de las bebidas
refrescantes, y gaseosas con azúcares o edulcorantes añadidos, que pasan a tributar al
nuevo tipo reducido del cinco por ciento.
Igualmente, se reduce la tributación en relación a bienes de uso familiar como
pañales –bebés y adultos–, empapadores salvacamas, colchones y muebles. Como
medida de prevención del medio ambiente, y en coherencia con su fiscalidad especial,
se incrementa la tributación de los envases y embalajes de plástico.
También se prevén medidas de fomento a la industria en el ámbito del impuesto
especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre combustibles derivados del
petróleo para solventar los problemas de competitividad derivados de mayor fiscalidad
en Canarias de determinados combustibles para uso industrial en relación con los
precios en Península. En el ámbito del impuesto sobre las labores del tabaco se ha
pretendido abordar una regulación más armonizada del mismo, orientada a buscar a
medio plazo la homogeneización del tabaco negro y rubio, y la regulación de las nuevas
variedades de tabaco que se están introduciendo de forma rápida y significativa en el
mercado y en las personas consumidoras, sobre todo jóvenes.
cve: BOE-A-2024-10011
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 121
Sábado 18 de mayo de 2024
Sec. I. Pág. 56999
En síntesis, se ha elaborado un presupuesto de estabilidad, equilibrio y
responsabilidad en un entorno de incertidumbre con el objetivo inicial de sentar las bases
para afrontar los retos de futuro de nuestra tierra. Con el mismo se ha pretendido
incorporar una visión de sensatez y realidad en las cuentas públicas como instrumento
básico para que, con la información disponible a esta fecha, pueda hacerse frente al
gasto real de funcionamiento de los servicios públicos fundamentales para 2024.
Como no podía ser de otra manera, se sigue prestando cobertura a la recuperación
económica de La Palma y a las tareas de reconstrucción en esa isla en todo lo que
compete a la Comunidad Autónoma de Canarias, aportando fondos que incidirán
principalmente en la agricultura, la economía, el empleo y la vivienda de la isla,
manteniendo la habilitación de crédito por 100 millones de euros, a los que se suma una
partida adicional de 50 millones, más otras partidas relacionadas con gastos e
inversiones a realizar en la isla.
Los presupuestos 2024 siguen la senda de cumplimiento de los grandes objetivos de
la Agenda Canaria 2030 de Desarrollo Sostenible, la dirección por objetivos (DPO), y un
nuevo enfoque de la presupuestación orientada a resultados (POR), de cara a una
rendición efectiva de resultados, en la ejecución de las diferentes políticas públicas.
El Texto Articulado a su vez recoge varias modificaciones orientadas a la priorización
de medidas de mayor agilidad y simplificación administrativa en la gestión del presente
Presupuesto, apostando por medidas que fomentan la descentralización administrativa,
atribuyendo mayores responsabilidades de gestión a los órganos gestores directos.
También, y a expensas de que las incertidumbres, principalmente institucionales, se
despejen y nos permitan concretar con mayor exactitud la determinación de los recursos
disponibles y las reglas fiscales aplicables a la gestión de este ejercicio 2024, se ha
contemplado un paquete inicial de medidas de carácter tributario de diversa índole, que
afectan a varias figuras tributarias.
Así, en el ámbito del impuesto sobre la renta de las personas físicas, y ante la
coyuntura persistente del incremento de precios, se ha considerado oportuno prorrogar
para el período impositivo 2023 la deducción por el alza de precios prevista para el
ejercicio fiscal anterior, incorporando pequeñas mejoras técnicas de otras deducciones
ya existentes para mayor seguridad jurídica.
En el ámbito del impuesto general indirecto canario se prevén medidas de reducción
de tipos a operaciones relativas a áreas tan sensibles como la sanidad, tanto humana
como animal; de este modo, pasa a tributar al tipo cero un conjunto de bienes
conformados por equipos médicos, aparatos y demás instrumental, diseñados para
aliviar o tratar deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, y los
medicamentos de uso veterinario. También, en el ámbito de la prevención sanitaria, y
siguiendo la línea sugerida por las autoridades sanitarias, y adoptada en otros territorios
fiscales, se incrementa la tributación de las bebidas energéticas y de las bebidas
refrescantes, y gaseosas con azúcares o edulcorantes añadidos, que pasan a tributar al
nuevo tipo reducido del cinco por ciento.
Igualmente, se reduce la tributación en relación a bienes de uso familiar como
pañales –bebés y adultos–, empapadores salvacamas, colchones y muebles. Como
medida de prevención del medio ambiente, y en coherencia con su fiscalidad especial,
se incrementa la tributación de los envases y embalajes de plástico.
También se prevén medidas de fomento a la industria en el ámbito del impuesto
especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre combustibles derivados del
petróleo para solventar los problemas de competitividad derivados de mayor fiscalidad
en Canarias de determinados combustibles para uso industrial en relación con los
precios en Península. En el ámbito del impuesto sobre las labores del tabaco se ha
pretendido abordar una regulación más armonizada del mismo, orientada a buscar a
medio plazo la homogeneización del tabaco negro y rubio, y la regulación de las nuevas
variedades de tabaco que se están introduciendo de forma rápida y significativa en el
mercado y en las personas consumidoras, sobre todo jóvenes.
cve: BOE-A-2024-10011
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 121