III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Hidrocarburos. Permisos de investigación. (BOE-A-2024-9989)
Resolución de 7 de mayo de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se autoriza la ejecución del proyecto "Abandono Definitivo (P&A) del Pozo Vizcaya B-4 (Activo Albatros, Vizcaya)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 17 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 56797
administrativa del proyecto e iniciar la evaluación ambiental. La solicitud se acompañaba
de la siguiente documentación:
I. Documento técnico del proyecto, que se concreta en el informe de Implantación,
de 6 de junio de 2022, y sus anexos:
a. Anexo I: Documento de Seguridad y Salud.
b. Anexo II: Informe sobre Gestión del Riesgo de Accidentes Graves.
c. Anexo III: Comunicación de Operación Combinada.
d. Anexo IV: Comunicación de Operación en Pozo.
II. EsIA, anexos y Documento de Síntesis actualizado tras el periodo de información
pública y consultas a las Administraciones públicas afectadas.
III. Las alegaciones e informes recibidos en los trámites de información pública y de
consultas a las Administraciones públicas afectadas, así como las respuestas remitidas.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 39 de la LEA, mediante oficio de 6 de julio
de 2023, de la DGPEM, se remitió a la DGCEA, en su calidad de órgano ambiental, la
solicitud de evaluación de impacto ambiental ordinaria recibida, así como otra
información que se ha considerado relevante, como puede ser el informe y
documentación relativos al trámite de información pública y consultas realizado. Cabe
destacar que, con posterioridad, se ha recibido requerimiento de subsanación del
expediente de impacto ambiental de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 40.1 de la
LEA al que se ha dado respuesta en tiempo y forma (código de proyecto n.º 20230226).
Una vez recabada documentación complementaria y realizadas consultas
adicionales, tras la finalización del análisis técnico del expediente de evaluación
ambiental, el órgano ambiental, mediante Resolución de 27 de febrero de 2024, de la
DGCEA, publicada en el BOE núm. 62 de 11 de marzo de 2024, ha formulado
declaración de impacto ambiental (DIA en adelante) del proyecto «Abandono definitivo
(P&A) del pozo Vizcaya B-4 (Activo Albatros, Vizcaya)». En la DIA se establecen las
condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias, que resultan de la evaluación ambiental practicada, en las que se debe
desarrollar el proyecto para la adecuada protección del medio ambiente y los recursos
naturales, sin que esto exima al promotor de la obligación de obtener todas las
autorizaciones ambientales o sectoriales que resulten legalmente exigibles. En el
apartado de la DIA correspondiente a Fundamentos de Derecho, en su apartado 1, se
establecen las condiciones al proyecto, 22 en total, que incluyen tanto condiciones
generales como condiciones relativas a medidas preventivas, correctoras y
compensatorias para los impactos más significativos y condiciones al programa de
vigilancia ambiental.
Por otra parte, con respecto a la solicitud de informes preceptivos contemplados en
diversas normativas sectoriales que se llevó a cabo durante el trámite de información
pública, cabe destacar lo siguiente:
– Informe a la Dirección General de Infraestructura (Ministerio de Defensa) de
acuerdo con lo previsto en la Ley 8/1975, de 12 de marzo, y el Real Decreto 1339/2018,
de 29 de octubre:
Consta en el expediente informe favorable de 31 de agosto de 2022, de la
Subdirección General de Patrimonio de la Dirección General de Infraestructuras del
Ministerio de Defensa, asimismo, constan igualmente informes favorables de la Fuerza
de Acción Marítima de la Comandancia Naval de Bilbao de la Armada, del Estado Mayor
de la Fuerza de Acción Marítima de la Armada, y de la División de Logística del Estado
Mayor de la Armada.
cve: BOE-A-2024-9989
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 120
Viernes 17 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 56797
administrativa del proyecto e iniciar la evaluación ambiental. La solicitud se acompañaba
de la siguiente documentación:
I. Documento técnico del proyecto, que se concreta en el informe de Implantación,
de 6 de junio de 2022, y sus anexos:
a. Anexo I: Documento de Seguridad y Salud.
b. Anexo II: Informe sobre Gestión del Riesgo de Accidentes Graves.
c. Anexo III: Comunicación de Operación Combinada.
d. Anexo IV: Comunicación de Operación en Pozo.
II. EsIA, anexos y Documento de Síntesis actualizado tras el periodo de información
pública y consultas a las Administraciones públicas afectadas.
III. Las alegaciones e informes recibidos en los trámites de información pública y de
consultas a las Administraciones públicas afectadas, así como las respuestas remitidas.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 39 de la LEA, mediante oficio de 6 de julio
de 2023, de la DGPEM, se remitió a la DGCEA, en su calidad de órgano ambiental, la
solicitud de evaluación de impacto ambiental ordinaria recibida, así como otra
información que se ha considerado relevante, como puede ser el informe y
documentación relativos al trámite de información pública y consultas realizado. Cabe
destacar que, con posterioridad, se ha recibido requerimiento de subsanación del
expediente de impacto ambiental de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 40.1 de la
LEA al que se ha dado respuesta en tiempo y forma (código de proyecto n.º 20230226).
Una vez recabada documentación complementaria y realizadas consultas
adicionales, tras la finalización del análisis técnico del expediente de evaluación
ambiental, el órgano ambiental, mediante Resolución de 27 de febrero de 2024, de la
DGCEA, publicada en el BOE núm. 62 de 11 de marzo de 2024, ha formulado
declaración de impacto ambiental (DIA en adelante) del proyecto «Abandono definitivo
(P&A) del pozo Vizcaya B-4 (Activo Albatros, Vizcaya)». En la DIA se establecen las
condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias, que resultan de la evaluación ambiental practicada, en las que se debe
desarrollar el proyecto para la adecuada protección del medio ambiente y los recursos
naturales, sin que esto exima al promotor de la obligación de obtener todas las
autorizaciones ambientales o sectoriales que resulten legalmente exigibles. En el
apartado de la DIA correspondiente a Fundamentos de Derecho, en su apartado 1, se
establecen las condiciones al proyecto, 22 en total, que incluyen tanto condiciones
generales como condiciones relativas a medidas preventivas, correctoras y
compensatorias para los impactos más significativos y condiciones al programa de
vigilancia ambiental.
Por otra parte, con respecto a la solicitud de informes preceptivos contemplados en
diversas normativas sectoriales que se llevó a cabo durante el trámite de información
pública, cabe destacar lo siguiente:
– Informe a la Dirección General de Infraestructura (Ministerio de Defensa) de
acuerdo con lo previsto en la Ley 8/1975, de 12 de marzo, y el Real Decreto 1339/2018,
de 29 de octubre:
Consta en el expediente informe favorable de 31 de agosto de 2022, de la
Subdirección General de Patrimonio de la Dirección General de Infraestructuras del
Ministerio de Defensa, asimismo, constan igualmente informes favorables de la Fuerza
de Acción Marítima de la Comandancia Naval de Bilbao de la Armada, del Estado Mayor
de la Fuerza de Acción Marítima de la Armada, y de la División de Logística del Estado
Mayor de la Armada.
cve: BOE-A-2024-9989
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 120