III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-9985)
Resolución de 6 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VII Convenio colectivo general de ámbito nacional del sector de aparcamientos y garajes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 120

Viernes 17 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 56752

la especial responsabilidad de su función podrá ser requerida su presencia en el lugar de
trabajo, por parte de la Dirección o de los representantes de la empresa, fuera del
horario habitual, en caso de emergencia y por el tiempo mínimo imprescindible. Si así
ocurriera, deberán compensarse las horas en tiempo de descanso equivalente, de modo
que no se supere la jornada máxima establecida en el convenio.
Nivel III:
3.

Agente de Aparcamiento.

Es el personal que, con iniciativa y responsabilidad, bajo la supervisión del
encargado/a o personal superior jerárquico, ejecuta las funciones propias del centro de
trabajo o establecimiento al que está adscrito, siendo de éstas las principales:
La recogida, valoración y cobro de tiques, el cobro de servicios varios, la verificación
y el control de caja y cajeros automáticos, la práctica de liquidaciones y cuadres
dinerarios, la entrega, custodia e ingreso de las recaudaciones y efectos de todo tipo, la
venta de productos o servicios de empresa y el cobro de recibos. Así como la
elaboración de documentos necesarios para el control y funcionamiento de la empresa.
El control de los accesos peatonales y de vehículos al centro de trabajo o
establecimiento, dando aviso siguiendo las instrucciones que haya recibido de cuantos
incidentes detecte de forma inmediata. La atención de todas las instalaciones de los
mismos y su mantenimiento en perfecto estado de utilización por el público, efectuando
su limpieza, la puesta en servicio o cierre de motores, cuadros eléctricos, instalaciones
de alumbrado, ascensores, cajeros y demás aparatos electrónicos, así como su primario
mantenimiento, engrase, pintura básica, limpieza de rejillas, sumideros, papeleras.
Mantiene en buen estado la taquilla, caja y cajeros, ejecutando su carga y recarga de
cambio cuando proceda. Atender a los clientes del establecimiento que demanden
información y, en relación con los productos o servicios que tenga la empresa a
disposición del público en general, informará de sus condiciones y precios, tomará nota
de encargos y los trasladará a su superior jerárquico. Atenderá las llamadas telefónicas
del establecimiento.
Ordenará y situará los coches en el interior del aparcamiento, siempre que las
especificaciones del centro así lo demanden.
En los establecimientos de aparcamiento larga estancia, VIP o de funcionamiento
análogo, con la capacitación necesaria y el vehículo adecuado, según la normativa de
aplicación, desplazarán a los clientes en número y distancia concretados para el servicio
correspondiente.
Para todo ello utilizará las herramientas, maquinaria, ordenadores y demás aparatos
que la empresa ponga a su disposición y controlará y supervisará la realización de las
funciones o tareas que la empresa decida contratar externamente.
Oficial/a de Mantenimiento.

Es aquel personal con conocimiento sobre mecánica, electricidad, electrónica y
demás oficios relacionados con las instalaciones de los centros de trabajo o
establecimientos de la empresa, tiene a su cargo su mantenimiento, cuidado y
reparación. Vigilará en todo momento su correcto funcionamiento y perfecto estado de
conservación, efectuando dichas tareas él mismo o a través de sus ayudantes, tanto los
necesarios controles y pruebas rutinarios como las reparaciones que sean necesarias
para la buena marcha de dichas instalaciones.
5.

Operador/a Centro de Control.

Es quien manipula y controla los ordenadores dotados de sistemas operativos
capaces de trabajar en multiprogramación, principalmente equipos y programas de
naturaleza compleja. Tienen que saber detectar y resolver problemas operativos
definiéndolos como error de operación o de máquina. Visualización de cámaras como

cve: BOE-A-2024-9985
Verificable en https://www.boe.es

4.