III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Delegación de competencias. (BOE-A-2024-10005)
Orden TDF/469/2024, de 9 de mayo, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 120

Viernes 17 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 56943

2. Las resoluciones de liquidación de precios públicos por prestación de servicios y
realización de actividades no especificadas en los apartados anteriores.
3. Las resoluciones de otorgamiento, denegación y revocación de las
autorizaciones para la puesta en servicio de estaciones radioeléctricas y el inicio de las
emisiones, así como las resoluciones que dejan sin efecto la autorización para la puesta
en servicio.
4. La expedición de certificados armonizados de examen de radioaficionado.
5. Las resoluciones de otorgamiento, denegación y revocación de las
autorizaciones para el uso especial del dominio público radioeléctrico por
radioaficionados.
6. Las resoluciones de autorización o denegación para realizar la instalación y
montaje de estaciones radioeléctricas del servicio de aficionados y del servicio de
aficionados por satélite, con la excepción de las estaciones automáticas desatendidas.
7. Las resoluciones de otorgamiento, denegación y revocación de las
autorizaciones para la puesta en servicio de estaciones del servicio de aficionados y del
servicio de aficionados por satélite, y la expedición de las correspondientes licencias.
8. Las resoluciones relativas a exención de la tasa de tramitación de autorizaciones
de uso especial del dominio público radioeléctrico.
9. La asignación de distintivos de llamada de carácter permanente, así como de
carácter especial y para uso temporal en el Servicio de Aficionados y Servicio de
Aficionados por Satélite, con excepción de la asignación de distintivos de llamada a que
se refiere el artículo 19.68.1 del Reglamento de Radiocomunicaciones de la Unión
Internacional de Telecomunicaciones.
Trigésimo primero.

Subdirección General de Coordinación y Ejecución de Programas.

1. Las diligencias de cancelación de avales relacionados con la suspensión de
liquidaciones de tasas en materia de telecomunicaciones reguladas en el anexo I de la
Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones.
2. Las resoluciones sobre devolución de ingresos indebidos, la firma de
liquidaciones de devolución de ingresos y la propuesta de pago en el ámbito de sus
competencias materiales.
3. Las liquidaciones de intereses de demora en casos de suspensión de la
liquidación por interposición de recurso de reposición o reclamación económicoadministrativa con garantía, en el ámbito de sus competencias materiales.
4. Las resoluciones sobre suspensión de la ejecución de liquidaciones de la tasa
por reserva del dominio público radioeléctrico.
5. Los acuerdos de inicio de los expedientes de pérdida de derecho de cobro y de
la ayuda asociada y los de establecimientos de medidas cautelares directamente
relacionados con los mismos dentro del ámbito de sus competencias materiales.
6. La firma de la memoria justificativa, el cuestionario y la solicitud de tramitación de
las autorizaciones que hayan de acompañar a los convenios, en el ámbito de sus
competencias.
7. La rendición al Tribunal de Cuentas que establezca la normativa en materia de
contratación, gestión económico-financiera y gestión presupuestaria y patrimonial, en el
ámbito de actuación material de la Secretaría de Estado.
8. La resolución de los expedientes de derecho de acceso de la Ley 19/2013, de 9
de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y la
competencia en aplicación del artículo 17.1 de dicha Ley 19/2013, de 9 de diciembre,
cuando el ámbito corresponda a las unidades no adscritas a la Secretaría General de
Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual.

cve: BOE-A-2024-10005
Verificable en https://www.boe.es

Se delegan, en la persona titular de la Subdirección General de Coordinación y
Ejecución de Programas, las siguientes competencias: