III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Federación Española de Actividades Subacuáticas. Estatutos. (BOE-A-2024-9899)
Resolución de 3 de mayo de 2024, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Federación Española de Actividades Subacuáticas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 119
Jueves 16 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 56162
CAPÍTULO 6
Protección medioambiental
Artículo 12.
La FEDAS garantizará la protección del medio ambiente y el respeto a los entornos
naturales donde se desarrollen las prácticas deportivas. Para ello, se deberán establecer
o adoptar cuantos protocolos o medidas resulten precisas.
TÍTULO III
Integración y adscripción
CAPÍTULO 1
Organización territorial
Artículo 13.
1. La organización territorial de la FEDAS se ajusta a la del Estado Español, en sus
respectivas Comunidades Autónomas.
En su virtud, tal organización se conforma por las siguientes federaciones de ámbito
autonómico.
A)
B)
C)
D)
E)
F)
G)
H)
I)
J)
K)
L)
M)
N)
O)
P)
Q)
R)
Federación Andaluza de Actividades Subacuáticas.
Federación Aragonesa de Actividades Subacuáticas.
Federación de Actividades Subacuáticas del Principado de Asturias.
Federación Balear de Actividades Subacuáticas.
Federación Canaria de Actividades Subacuáticas.
Federación Cántabra de Actividades Subacuáticas.
Federación de Actividades subacuáticas de Castilla-La Mancha.
Federación Castellanoleonesa de Actividades Subacuáticas.
Federació catalana d’activitats Subaquàtiques.
Federación de Actividades Subacuáticas de Ceuta.
Federación Extremeña de Actividades Subacuáticas.
Federación Gallega de Actividades Subacuáticas.
Federación Madrileña de Actividades Subacuáticas.
Federación Melillense de Actividades Subacuáticas.
Federación de Actividades subacuáticas de la Región de Murcia.
Federación Navarra de Actividades Subacuáticas.
Federación de Actividades Subacuáticas de la Comunidad Valenciana.
Federación Vasca de Actividades subacuáticas.
CAPÍTULO 2
Federaciones Autonómicas y Delegaciones Territoriales
Artículo 14.
1. Las Federaciones Autonómicas se rigen por la legislación específica de la
Comunidad Autónoma a la que pertenecen, por sus Estatutos y Reglamentos, por la
legislación española general, y además por sus propias disposiciones de orden interno.
cve: BOE-A-2024-9899
Verificable en https://www.boe.es
2. En cuanto a la comunidad autónoma de La Rioja, podrá constituirse en
federación territorial, siempre y cuando cumpla los requisitos establecidos
reglamentariamente, denominándose Federación Riojana de Actividades Subacuáticas.
Núm. 119
Jueves 16 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 56162
CAPÍTULO 6
Protección medioambiental
Artículo 12.
La FEDAS garantizará la protección del medio ambiente y el respeto a los entornos
naturales donde se desarrollen las prácticas deportivas. Para ello, se deberán establecer
o adoptar cuantos protocolos o medidas resulten precisas.
TÍTULO III
Integración y adscripción
CAPÍTULO 1
Organización territorial
Artículo 13.
1. La organización territorial de la FEDAS se ajusta a la del Estado Español, en sus
respectivas Comunidades Autónomas.
En su virtud, tal organización se conforma por las siguientes federaciones de ámbito
autonómico.
A)
B)
C)
D)
E)
F)
G)
H)
I)
J)
K)
L)
M)
N)
O)
P)
Q)
R)
Federación Andaluza de Actividades Subacuáticas.
Federación Aragonesa de Actividades Subacuáticas.
Federación de Actividades Subacuáticas del Principado de Asturias.
Federación Balear de Actividades Subacuáticas.
Federación Canaria de Actividades Subacuáticas.
Federación Cántabra de Actividades Subacuáticas.
Federación de Actividades subacuáticas de Castilla-La Mancha.
Federación Castellanoleonesa de Actividades Subacuáticas.
Federació catalana d’activitats Subaquàtiques.
Federación de Actividades Subacuáticas de Ceuta.
Federación Extremeña de Actividades Subacuáticas.
Federación Gallega de Actividades Subacuáticas.
Federación Madrileña de Actividades Subacuáticas.
Federación Melillense de Actividades Subacuáticas.
Federación de Actividades subacuáticas de la Región de Murcia.
Federación Navarra de Actividades Subacuáticas.
Federación de Actividades Subacuáticas de la Comunidad Valenciana.
Federación Vasca de Actividades subacuáticas.
CAPÍTULO 2
Federaciones Autonómicas y Delegaciones Territoriales
Artículo 14.
1. Las Federaciones Autonómicas se rigen por la legislación específica de la
Comunidad Autónoma a la que pertenecen, por sus Estatutos y Reglamentos, por la
legislación española general, y además por sus propias disposiciones de orden interno.
cve: BOE-A-2024-9899
Verificable en https://www.boe.es
2. En cuanto a la comunidad autónoma de La Rioja, podrá constituirse en
federación territorial, siempre y cuando cumpla los requisitos establecidos
reglamentariamente, denominándose Federación Riojana de Actividades Subacuáticas.