T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2024-9847)
Pleno. Sentencia 64/2024, de 10 de abril de 2024. Recurso de amparo 2017-2021. Promovido por doña Clara Ponsatí i Obiols respecto de las resoluciones de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo y de la Junta Electoral Central sobre modo de acatamiento de la Constitución para acceder a la condición de diputada del Parlamento Europeo. Supuesta vulneración del derecho de acceso a los cargos públicos: satisfacción extraprocesal de las pretensiones planteadas, que conlleva su pérdida de objeto (STC 144/2022).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 118

Miércoles 15 de mayo de 2024

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a los diputados al Parlamento Europeo que no hubieran acatado la Constitución, y
suspendidas todas las prerrogativas que les pudieran corresponder por razón de su
cargo, todo ello hasta que se produzca dicho acatamiento”.
A tal efecto, se convoca a los candidatos electos a la sesión de la Junta Electoral
Central del próximo martes 28 de enero de 2020, a las 13:30 horas, en la sede de dicha
junta, para que puedan proceder a prestar juramento o promesa de acatamiento a la
Constitución.
Este acuerdo se publicará en el “Boletín Oficial del Estado”, en aplicación de lo
dispuesto en el artículo 18.6 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen
electoral general».
b) La Junta Electoral Central, en la sesión celebrada el 28 de enero de 2020,
adoptó el acuerdo núm. 10/2020, expediente núm. 561-82, con el tenor siguiente:
«Quedan proclamados diputados al Parlamento Europeo, con efectos de 1 de febrero
de 2020, por haber prestado acatamiento a la Constitución española en cumplimiento de
lo previsto en el artículo 224.2 de la Ley Orgánica del régimen electoral general:





Don Marcos Ros Sempere (Partido Socialista Obrero Español).
Doña Margarita de la Pisa Carrión (Vox).
Don Gabriel Mato Adrover (Partido Popular).
Don Adrián Vázquez Lázara (Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía).

Asimismo, la Junta Electoral Central acuerda comunicar al Parlamento Europeo la
relación de los cuatro diputados electos que han de ocupar los escaños que
corresponden al Reino de Estaña, tras la retirada de la Unión Europea de Reino Unido
de la Gran Bretaña, al cumplir el requisito del artículo 224.2 de la Ley Orgánica del
régimen electoral general, haciéndole saber que el próximo día 30 de enero a las 13:00
horas está prevista una nueva reunión de la Junta Electoral Central, a la que ha sido
convocada la candidata electa doña Clara Ponsatí i Obiols (Lliures per Europa) para que
pueda cumplir el citado requisito, por no haber asistido en el día de hoy».

«1. El artículo 224.2 de la LOREG señala lo siguiente: “en el plazo de cinco días
desde su proclamación, los candidatos electos deberán jurar o prometer acatamiento a la
Constitución ante la Junta Electoral Central. Transcurrido dicho plazo, la Junta Electoral
Central declarará vacantes los escaños correspondientes a los diputados del Parlamento
Europeo que no hubieran acatado la Constitución y suspendidas todas las prerrogativas
que les pudieran corresponder por razón de su cargo, todo ello hasta que se produzca
dicho acatamiento”.
En las elecciones al Parlamento Europeo, el artículo 108.6 de la LOREG, que cita la
interesada y que se refiere a las actas de proclamación de electos, debe interpretarse a
la luz de las especialidades establecidas en el citado artículo 224.2. Como tiene
declarado la Junta Electoral Central, en las elecciones europeas, el acta de escrutinio
general al que se refiere el art. 108 de la LOREG es el elaborado por las juntas
electorales provinciales, que posteriormente lo remiten a la Junta Electoral Central, para
que realice las operaciones previstas en el artículo 224.1 de la LOREG: recuento de los
votos a nivel nacional, atribución de escaños a cada una de las candidaturas y

cve: BOE-A-2024-9847
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c) En la misma fecha la Junta Electoral Central adoptó el acuerdo núm. 11/2020,
expediente núm. 561-83, por el que denegó la solicitud formulada por la aquí
demandante de amparo para que se le expidiera la credencial de electa al Parlamento
Europeo sin tener que cumplir con el trámite presencial de acatamiento a la Constitución
española previsto en el art. 224.2 de la Ley Orgánica del régimen electoral general
(LOREG), convocándola para el 30 de enero de 2020 a fin de que pudiera llevarlo a
cabo. En interpretación del alcance atribuible a la sentencia del Tribunal de Justicia de la
Unión Europea, de 19 de diciembre de 2019, recaído en el asunto Oriol Junqueras Vies,
C-502/19, el acuerdo de la Junta señaló: