III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Ayudas. (BOE-A-2024-9825)
Orden CNU/462/2024, de 10 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas destinadas al "Programa Tecnológico Espacial" y al apoyo de la cooperación tecnológica internacional en el ámbito de la salud ("Proyectos Multi-país"), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PERTEs Aeroespacial y de Salud de Vanguardia) y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2024 del "Programa Tecnológico Espacial".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 15 de mayo de 2024

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2.º Declaración responsable de tipo y categoría de cada una de las entidades que
componen la agrupación.
3.º Declaración responsable respecto a la no concurrencia de ayudas o
subvenciones obtenidas, con carácter previo a la solicitud, para la misma finalidad,
procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales o
internacionales. Esta declaración deberá actualizarse asimismo en cualquier momento
ulterior si se produce la mencionada concurrencia.
4.º Declaración responsable respecto a la no financiación por parte de la Agencia
Espacial Europea de las actividades objeto de la ayuda. Esta declaración deberá
actualizarse en cualquier momento ulterior a petición del CDTI.
5.º Certificado tributario de situación censal donde conste la actividad económica
efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda. En el caso de entidades
con domicilio en País Vasco y Navarra, de no constar en el referido certificado la
actividad, se deberá aportar, adicionalmente, certificado equivalente de la Administración
Tributaria Foral donde se recoja ésta.
6.º Declaraciones responsables de las entidades integrantes de la agrupación de
que la entidad solicitante actúa como representante de la agrupación.
7.º Declaración responsable de cada solicitante de no hallarse su entidad en
ninguno de los supuestos recogidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 26 y 27 del Reglamento de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y de no ser considerada
como empresa en crisis. El representante legal deberá comunicar cualquier variación de
las circunstancias recogidas en dicha declaración, en el momento en que éstas se
produzcan.
8.º Declaración responsable de no tener deudas por reintegro de ayudas,
préstamos o anticipos con la Administración, ni estar sujeta a una orden de recuperación
pendiente tras una Decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una
ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
9.º Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos establecidos en la
presente convocatoria para resultar beneficiario de las ayudas.
10.º Las empresas con domicilio fiscal en País Vasco y Navarra deberán aportar
adicionalmente certificados forales de cumplimiento de obligaciones tributarias.
11.º Asimismo, deberá presentar las siguientes declaraciones responsables dando
cumplimiento a las obligaciones exigibles en el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia:
1. Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los
principios transversales establecidos en el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión.
2. Declaración de cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas
para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación.
3. Declaración responsable del beneficiario de prever y realizar las acciones
oportunas para asegurar que los subcontratistas cumplan con el principio DNSH.
4. Declaración responsable de que el beneficiario cumplirá la normativa nacional y
de la UE que resulte de aplicación (en particular, en materia de competencia,
contratación y adjudicación de obras y suministros y medio ambiente) y de que se
compromete a presentar, en el momento de disponer de ellas, todas las licencias,
autorizaciones y permisos necesarios para el proyecto.
5. Compromiso por escrito de conceder los derechos y los accesos necesarios para
garantizar que la Comisión, la OLAF, el Tribunal de Cuentas Europeo, la Fiscalía
Europea y las autoridades nacionales competentes ejerzan sus competencias.
6. Declaración responsable de ser conocedor de que la financiación, en forma de
subvención, procede del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea,
por lo que asume todas las obligaciones derivadas del Reglamento (UE) 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, demás normas de la Unión Europea sobre la

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Núm. 118