III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-9673)
Resolución de 6 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VI Convenio colectivo general de ámbito estatal para el sector del estacionamiento regulado en superficie y retirada y depósito de vehículos de la vía pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117

Martes 14 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 54950

Los Delegados de prevención serán designados por y entre los representantes del
personal, con arreglo a la siguiente escala:





Hasta 49 trabajadores, un Delegado de prevención.
De 50 a 100 trabajadores, dos Delegados de prevención.
De 101 a 500 trabajadores, tres Delegados de prevención.
De 501 a 1000 trabajadores, cuatro Delegados de prevención.

En las empresas de hasta treinta trabajadores/as el Delegado de prevención será el
Delegado de personal. En las empresas de treinta y uno a cuarenta y nueve trabajadores
habrá un Delegado de Prevención que será elegido por y entre los Delegados de
personal.
Finalmente la dirección de la empresa viene obligada a informar periódicamente a los
representantes de los trabajadores si los hubiere, sobre evolución de la salud y
seguridad de la plantilla, índices de absentismo y sus causas, accidentabilidad y sus
consecuencias, índices de siniestrabilidad, estudios que se realicen sobre el medio
ambiente de los centros de trabajo y, en general, sobre cualquier circunstancia que
colectiva o individualmente pueda tener incidencia en relación con la salud del personal
en la empresa.
Las empresas desarrollarán un curso de nivel básico de prevención de riesgos
Laborales para los delegados de prevención que carecieran del mismo al ser
nombrados.
Los Delegados de prevención dispondrán del crédito horario necesario para el
desarrollo de sus funciones, no computando dicho crédito con el que tengan como
representantes del personal.
Artículo 71.

Planificación de la actividad preventiva.

Artículo 72.

Recursos para las actividades preventivas.

La empresa garantizará la presencia en el centro de trabajo, los recursos
preventivos, cualquiera que sea la modalidad de organización de dichos recursos.
Los recursos preventivos deberán tener la capacidad suficiente, disponer de los
medios necesarios y ser suficientes en número para vigilar el cumplimiento de las
actividades preventivas debiendo permanecer en el centro de trabajo durante el tiempo
en que se mantenga la situación que determine su presencia.

cve: BOE-A-2024-9673
Verificable en https://www.boe.es

La prevención de riesgos laborales deberá integrarse en el sistema General de
Gestión de la Empresa, tanto en el conjunto de sus actividades como en todos los
niveles jerárquicos de esta, a través de la implantación y aplicación de un plan de
prevención de riesgos laborales específicos.
El Plan de Prevención de Riesgos Laborales deberá incluir la estructura organizativa,
las responsabilidades, las funciones, las prácticas, los procedimientos, y los procesos y
los recursos necesarios (técnicos y humanos) para realizar la acción de Prevención de
Riesgos en la empresa, en los términos que reglamentariamente se establezcan.
La empresa deberá realizar una evaluación inicial de riesgos para Seguridad y Salud
de los trabajadores/as, teniendo en cuenta, con carácter general, la naturaleza de la
actividad, las características de los puestos de trabajo existentes y de quienes deberán
desempeñarlos.
La evaluación de riesgos inicial deberá completar los riesgos específicos y
actividades de especial peligrosidad. La evaluación de riesgo será actualizada cuando
cambien las condiciones de trabajo y, en todo caso, se someterá a consideración del
Comité de Seguridad y Salud Laboral, y se revisará, si fuera necesario, con ocasión de
los daños para la salud que se hayan producido.
Cuando los resultados de la evaluación de riesgos lo hiciese necesario, realizará
controles periódicos de las condiciones de trabajo y de la actividad del personal en la
prestación de sus servicios, para detectar situaciones potencialmente peligrosas.