II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Cuerpo Especial de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. (BOE-A-2024-9642)
Orden PJC/443/2024, de 25 de abril, por la que se convoca proceso selectivo para acceso por turno libre y promoción interna, al Cuerpo Especial de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117

Martes 14 de mayo de 2024

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todo caso, la realización de las citadas pruebas tendrá lugar antes de la publicación de la
lista de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo.
En situaciones de maternidad reciente con un hijo o hija lactante, se habilitará un
espacio o sala anexa donde la persona de confianza de la mujer acerque al bebé para
que ésta pueda amamantarlo, y una persona designada por el Tribunal Calificador Único
controlará el tiempo empleado para ello, a los efectos de recuperar el tiempo en el
desarrollo de las pruebas.
7.5 En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que
se haya presentado por este cupo de reserva superase los ejercicios correspondientes,
pero no obtuviera plaza, y su puntuación final fuera superior a la obtenida por los
aspirantes del sistema general, será incluida por su orden de puntuación en este turno.
Quienes participen por el cupo reserva para personas con discapacidad y no aprueben el
proceso selectivo, siempre que superen el 60 por ciento de la calificación máxima prevista
para el correspondiente ejercicio, conservarán la nota para la convocatoria inmediata
siguiente, cuando el contenido del temario y su forma de calificación sean análogos.
7.6 Propuesta de personas aspirantes aprobadas. Finalizado el proceso selectivo, el
Tribunal elevará al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
propuesta con la relación de personas que superan el proceso selectivo, cuyo número no
podrá exceder el de plazas convocadas, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado»
con indicación del número de orden, apellidos y nombre, DNI anonimizado, puntuación
obtenida en cada uno de los ejercicios, y total de todos los ejercicios obligatorios.
Las personas aspirantes que no se encuentren incluidas en dicha relación, se
entenderá que no han superado el proceso selectivo y no podrán ser nombradas
personal funcionario en prácticas en este proceso.
8.

Presentación de documentación

8.1 Quienes figuren en la relación definitiva de personas aprobadas, en el plazo de
diez días hábiles contados a partir de la publicación de ésta en el «Boletín Oficial del
Estado», presentarán en el Registro General del Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes (calle Bolsa, núm. 8, 28071 Madrid) o por cualquiera de los
medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigida a la Unidad EA0041037Oficina O00011588-Medios Personales. Procesos Selectivos, la documentación siguiente:

– Copia auténtica del documento nacional de identidad, o equivalente.
– Copia auténtica del título exigido en la convocatoria o certificación académica
acreditativa de tener aprobadas todas las asignaturas, que le capacitan para la obtención
de este acompañando el resguardo justificativo de haber abonado los derechos para su
expedición.

cve: BOE-A-2024-9642
Verificable en https://www.boe.es

a) Solicitud de destino ajustada al modelo que se establezca por el Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
b) Las personas aspirantes que tengan la condición legal de persona con
discapacidad, con grado igual o superior al 33 por ciento deberán presentar certificación
de los órganos competentes que acredite tal condición (en caso de que ésta no se haya
acreditado con anterioridad).
c) Certificado médico oficial que acredite poseer capacidad funcional para
desempeñar las tareas y funciones propias del Cuerpo por el que se presentan.
d) Las personas aspirantes que, en su solicitud de participación inicial, se hayan
opuesto a que sus datos de identidad personal y los referidos a sus titulaciones o
certificaciones académicas, puedan ser consultados y verificados de oficio por el órgano
instructor de este proceso selectivo deberán aportar también: