II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Cuerpo Especial de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. (BOE-A-2024-9642)
Orden PJC/443/2024, de 25 de abril, por la que se convoca proceso selectivo para acceso por turno libre y promoción interna, al Cuerpo Especial de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 14 de mayo de 2024

Sec. II.B. Pág. 54603

El órgano de selección hará público un cronograma orientativo con las fechas de
realización de las distintas pruebas de los procesos selectivos.
7.2 Fase de oposición. El primero de los ejercicios de la oposición para las personas
aspirantes que se presenten por ingreso libre, ejercicios que se detallan en el anexo I, se
realizará dentro de los cuarenta y cinco días siguientes a la publicación de la resolución
por la que se eleva a definitiva la relación de personas admitidas y excluidas, publicándose
en el «Boletín Oficial del Estado» la fecha, hora y lugares de su celebración.
Finalizado cada uno de los ejercicios de la oposición, el Tribunal Calificador Único
hará públicas en la página web del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones
con las Cortes (www.mjusticia.gob.es) las relaciones de personas aspirantes que son
consideradas aptas en ese ejercicio por haber alcanzado el mínimo establecido para
superarlo, con indicación de la puntuación obtenida. Las personas aspirantes que no se
encuentren incluidas en las respectivas relaciones tendrán la consideración de no aptas,
quedando eliminadas del proceso selectivo.
Será siempre requisito imprescindible para poder evaluar cada ejercicio de cualquier
persona aspirante, que ésta haya sido considerada apta en el ejercicio previo de este
mismo proceso selectivo.
No obstante, el Tribunal Calificador Único también publicará separadamente los
listados anonimizados de las personas aspirantes consideradas no aptas en cada
ejercicio.
Finalizada la fase de oposición el Tribunal Calificador Único publicará las relaciones
de aprobados de esta fase, tanto para ingreso libre como para promoción interna.
Las plantillas correctoras de las pruebas con respuestas alternativas se publicarán en
un plazo máximo de dos días, a contar desde la finalización de la prueba.
7.3 Fase de concurso. Finalizada la fase de oposición el Tribunal Calificador Único
publicará las relaciones de aprobados de esta fase y dará comienzo, solamente para las
personas aspirantes que acceden por promoción interna que hayan aprobado la fase de
oposición, la fase de concurso, en la que se valorarán los méritos que se detallan en el
baremo contenido en el anexo I-C de esta convocatoria. Se computarán los méritos
causados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
En el mismo acuerdo de publicación de las relaciones de aprobados, se establecerá
un plazo de diez días hábiles para presentar, en la forma que se indique, la
documentación acreditativa, en original o en copia auténtica, únicamente de los méritos
indicados en el apartado B del baremo contenido en el anexo I-C de la presente orden.
La comprobación del resto de méritos se hará de oficio, aunque aquellas personas
aspirantes que en su solicitud inicial de participación no hayan presentado su
consentimiento para que el órgano gestor de este proceso selectivo pueda verificar de
oficio sus titulaciones o certificaciones académicas, deberán aportar también las
valoradas en el apartado A del citado baremo.
El Tribunal Calificador Único valorará los méritos según las certificaciones aportadas
y publicará en la página web del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con
las Cortes las relaciones de aspirantes que acceden promoción interna con la valoración
provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntación obtenida en
cada mérito y la total. Las personas aspirantes que no estén de acuerdo dispondrán de
un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de dichas
relaciones, para efectuar las alegaciones pertinentes.
Concluido el plazo y vistas y resueltas las alegaciones, el Tribunal publicará la
relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
7.4 Embarazo de riesgo o parto. Si a causa de una situación debidamente acreditada
de embarazo de riesgo o parto, alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso
selectivo en cualquiera de sus fases o realizar algún ejercicio de este, su situación
quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las fases que
hayan quedado aplazadas. La realización de estas pruebas no podrá conllevar una
demora que menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución
del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el tribunal. En

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Núm. 117