II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Cuerpo Especial de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. (BOE-A-2024-9642)
Orden PJC/443/2024, de 25 de abril, por la que se convoca proceso selectivo para acceso por turno libre y promoción interna, al Cuerpo Especial de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 14 de mayo de 2024

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e) En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse copia
auténtica de la documentación que acredite su homologación, o en su caso, del
correspondiente certificado de equivalencia.
8.2 Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos
expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que se poseen las condiciones
exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en Derecho.
8.3 Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo causa de fuerza mayor, no presentaren
la documentación o del examen de esta se dedujera que carecen de alguno de los
requisitos establecidos, no podrán ser nombrados o nombradas personal funcionario y
quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren
podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.
En este último caso, o en el supuesto de renuncia de alguno de los aspirantes antes
de su nombramiento como personal funcionario de carrera, el Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes requerirá al Tribunal Calificador Único,
relación complementaria de personas aspirantes que, habiendo aprobado todos los
ejercicios, sigan a los propuestos hasta completar el total de plazas convocadas.
En este supuesto, las personas aspirantes incluidas en esta relación complementaria
deberán presentar la documentación acreditativa, que se detalla en esta misma base, en
un plazo no superior a cinco días hábiles, desde su publicación en la página web del
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
8.4 Comprobado que las personas aspirantes, cuyo número no podrá superar al de
plazas convocadas, reúnen los requisitos de la base cuarta de la presente convocatoria,
serán nombradas personal funcionario en prácticas, mediante resolución de la autoridad
competente del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes que
será publicada en su página web, convocándolas a la realización del curso selectivo.
9.

Curso selectivo

9.1 El personal funcionario en prácticas será destinado al centro, instituto o servicio
de destino, que el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
determine para el desarrollo de un curso selectivo.
El curso selectivo, con una duración no superior a seis meses, consta de dos fases,
la primera de ellas, fase teórica, se desarrollará en el Centro de Estudios Jurídicos
mientras que la fase de prácticas tuteladas se desarrollará en el Instituto Nacional de
Toxicología y Ciencias Forenses, Instituto de Medicina Legal o centros que se
determinen conforme al plan docente aprobado por el Centro de Estudios Jurídicos.
El curso selectivo se calificará por el Centro de Estudios Jurídicos como apto o no
apto, debiendo obtener la calificación de apto para su superación. En caso de realización
de prácticas tuteladas, el tutor o la tutora realizará a los centros competentes una
propuesta de calificación de cada aspirante.
Quienes no superen el curso selectivo podrán repetirlo en la próxima convocatoria,
conservando la puntuación obtenida en la oposición a que se refiere la presente
convocatoria, siempre y cuando se hubiera superado el 60 por ciento de la calificación
máxima prevista para los correspondientes ejercicios.
Si tampoco lo superan perderán el derecho a su nombramiento como personal
funcionario de carrera.
9.2 Finalizado el curso selectivo continuarán prestando servicios como personal
funcionario en prácticas, en el mismo instituto o centro donde hayan realizado las
prácticas, hasta su nombramiento definitivo como personal funcionario de carrera.
Las personas aspirantes que se encuentren en activo como personal funcionario
interino del Cuerpo, y en su caso especialidad, por la que hubieran aprobado y que
hayan prestado servicios efectivos en este Cuerpo, y en su caso en esa especialidad, al
menos por un año continuado durante el año anterior al inicio del curso selectivo o por
más de dieciocho meses en los últimos cinco años, quedarán exentos de la realización
de la fase de prácticas tuteladas en los centros designados, que les serán convalidadas

cve: BOE-A-2024-9642
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