III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Convenios. (BOE-A-2024-9615)
Resolución de 6 de mayo de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Fundación España Salud, sobre la prestación de la asistencia sanitaria subvencionada a los emigrantes españoles residentes en Venezuela que carezcan de recursos suficientes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 116

Lunes 13 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 54480

– La Fundación España Salud establecerá un protocolo de actuaciones al que
obligatoriamente deberán someterse las clínicas o médicos concertados.
– Asimismo, la Fundación España Salud editará un manual de reglamentaciones que
contenga la forma del ejercicio de los derechos y obligaciones de los usuarios del
convenio, así como la forma de funcionamiento de los servicios que los mismos recibirán
y que ambas partes determinen de común acuerdo, conforme a lo establecido en el
presente convenio.
– La Fundación España Salud publicará y entregará a los beneficiarios del presente
convenio que lo soliciten el manual de reglamentaciones que se detalla en el párrafo
anterior.
Cuarta.

Comunicación de beneficiarios.

La Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social de la Embajada de
España en Venezuela, entregará a la Fundación España Salud una relación de personas
que reúnan los requisitos para ser beneficiarias de las prestaciones previstas en este
convenio.
Posteriormente, la Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
comunicará, antes del 25 de cada mes, las variaciones (altas y/o bajas) que se
produzcan en cuanto a las personas beneficiarias.
Las variaciones que se comuniquen a la Fundación España Salud sobre las
personas que deben ser beneficiarias de este convenio, tendrán vigencia desde el primer
día del mes siguiente a la comunicación por parte de la Consejería de Trabajo,
Migraciones y Seguridad Social, siempre que sean recibidas en las dependencias de la
Fundación España Salud antes del 25 del mes anterior.
Quinta.

Importe y forma de pago.

Que el importe correspondiente a abonar a la Fundación España Salud por el
Ministerio de Inclusión, Migraciones y Seguridad Social será, durante el año de vigencia
de este convenio de mil doscientos euros y treinta y seis céntimos (1200,36 €) anuales
por persona, siendo 4.092 el número estimado de personas beneficiarias.
El pago que origine este convenio será realizado semestralmente en un único pago.
Las mensualidades de enero a junio serán satisfechas en la primera quincena del mes
de mayo y las de julio a diciembre en la primera quincena del mes de octubre.
Las altas y bajas que puedan producirse en un semestre ya abonado deberán
regularizarse en la factura siguiente.
El número de beneficiarios y el importe de la cuota podrán ser revisados durante la
vigencia del convenio mediante una adenda suscrita por las partes.
Sexta. Compromiso de gasto y presupuesto.

Meses

2024

2025

Total

8

4

12

Importe 3.274.582,08 € 1.637.291,04 € 4.911.873,12 €

Esta prestación se encuentra contemplada en los Presupuestos Generales del
Estado, en el programa 231.B, «Acciones a favor de los emigrantes» del Ministerio de
Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, partida presupuestaria 32.03.492.03.

cve: BOE-A-2024-9615
Verificable en https://www.boe.es

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones asume como cuantía
máxima de compromiso económico en la aplicación del año de duración de este
convenio la cifra de 4.911.873,12 euros.
La distribución de esta cuantía durante los ejercicios presupuestarios será la
siguiente: