III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Convenios. (BOE-A-2024-9520)
Resolución de 6 de mayo de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Asociación de Economía de la Educación, para la organización de acciones formativas, de investigación y divulgación en el ámbito de la economía y la educación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115

Sábado 11 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 54027

Sexto.
Que la suscripción del presente convenio contribuye a la realización de actividades
de utilidad pública y no se ve afectado por la legislación de estabilidad presupuestaria y
sostenibilidad financiera.
Que la actividad objeto del presente convenio tiene carácter no contractual al no
generarse obligaciones ni contraprestaciones económicas entre las partes firmantes, las
cuales asumirán los costes que deban realizar con cargo a sus respectivos presupuestos
corrientes.
El presente convenio se encuadra en el tipo establecido en la letra c) del apartado 2,
del artículo 47 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, Régimen Jurídico del Sector Público,
referida a convenios interadministrativos firmados entre una Administración Pública u
organismo o entidad de derecho público y un sujeto de Derecho privado.
En la tramitación de este convenio se cumplen los trámites preceptivos que establece
el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y demás normativa de aplicación.
Por todo ello las partes acuerdan celebrar el presente convenio que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio consiste en la colaboración entre el INEE y la AEDE
en la organización y la participación de diversas acciones de colaboración consistentes
en la formación y divulgación de los contenidos relacionados con la economía y la
educación, especificadas en la cláusula segunda.
Segunda.

Actuaciones a desarrollar.

1. Organización de un taller formativo anual de aplicación de metodologías de
investigación con datos de evaluaciones nacionales o internacionales gestionadas desde
el INEE. Dicho taller podrá enmarcarse en el ámbito de las Jornadas anuales que
organiza la AEDE.
2. Organización de, al menos, una sesión paralela específica para la presentación
de trabajos de investigación desarrollados con las bases de datos del INEE en el marco
de las Jornadas anuales que organiza la AEDE.
3. Colaboración en la elaboración y difusión de informes de análisis de datos
educativos, que puedan ser de interés para cualquiera de las dos partes.

1. El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, a través del INEE,
podrá apoyar a la AEDE en la promoción de las actividades en las que participe, a través
de su propia web y con cuantas acciones estime conveniente.
2. El INEE aportará los y las ponentes necesarias para llevar a cabo las actividades
de formación y divulgación acordadas.
3. El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes será responsable
de ordenar el pago de la parte correspondiente a la aportación comprometida en este
convenio con cargo a la aplicación presupuestaria 18.04.322L.226.06, de su presupuesto
de gastos.
4. Con el objeto de garantizar la efectividad del pago, el Ministerio de Educación,
Formación Profesional y Deportes, a través del INEE, acreditará la plena disponibilidad
de su aportación mediante la documentación que justifique la aprobación y el
compromiso de gasto correspondientes. El orden de su abono vendrá dado una vez
finalizadas las actividades de colaboración.

cve: BOE-A-2024-9520
Verificable en https://www.boe.es

Tercera. Compromisos del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.