III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Subvenciones. (BOE-A-2024-9521)
Resolución de 17 de abril de 2024, de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se dictan instrucciones en relación a la elaboración de convocatorias para la concesión de subvenciones a las corporaciones locales destinadas a la contratación de personas desempleadas en obras y servicios de interés general y social en el marco del Programa de Fomento del Empleo Agrario.
<< 11 << Página 11
Página 12 Pág. 12
-
12 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115

Sábado 11 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 54042

Cuando se deduzca que la cantidad reintegrada voluntariamente no es la correcta o
no ha sido ingresada en la cuenta del Banco de España de titularidad de la Dirección
Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal, o si por actuaciones de oficio o
denuncia se comprueba el incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos
en la resolución, se iniciará el procedimiento de reintegro total o parcial de las cantidades
indebidamente percibidas, con la exigencia del interés de demora desde el momento del
pago de la subvención.
4. En el caso de incumplimientos parciales, el órgano competente determinará la
cantidad a reintegrar por el beneficiario respondiendo al principio de proporcionalidad, en
función de los costes justificados y las actuaciones acreditadas, de conformidad con lo
dispuesto en el apartado 2 del artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en
relación con la letra n) del apartado 3 del artículo 17 de dicha ley.
Transcurrido el plazo establecido en la resolución de reintegro sin que éste se haya
efectuado, la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal procederá a
expedir la certificación de descubierto, iniciándose el procedimiento de apremio en vía
ejecutiva.
5. Sin perjuicio de lo establecido en apartados anteriores, será de aplicación el
régimen de infracciones y sanciones establecido en el título IV de la Ley 38/2023, de 17
de noviembre, así como, en su caso, lo dispuesto en el texto refundido de la Ley sobre
Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
Undécima.

Resolución que se deroga.

Queda derogada la resolución del Instituto Nacional de Empleo de 30 de marzo
de 1999, por la que se desarrolla la Orden del Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales,
de 26 de octubre de 1998, de colaboración con las corporaciones locales para la
contratación de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de
interés general y social.
Duodécima.

Entrada en vigor.

La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2024-9521
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 17 de abril de 2024.–El Director General del Servicio Público de Empleo
Estatal, Gerardo Gutiérrez Ardoy.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X