III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Ayudas. (BOE-A-2024-9523)
Orden TDF/435/2024, de 9 de mayo, por la que se modifica la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 11 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 54092

Opción de grabado:
Como alternativa a la colocación de las etiquetas, cada portátil u ordenador +
monitor podrá estar identificado mediante grabado en superficies claramente
visibles, por métodos indelebles y no separables de las mismas. Los
procedimientos admitidos son pantografía, troquelado, grabación térmica o
grabación láser. Cualquier otro método necesitará la previa aprobación por
Red.es.
Requisitos mínimos del servicio de mantenimiento y soporte.
El Agente Digitalizador deberá proporcionar un servicio de Mantenimiento y
Soporte desde la entrega de los dispositivos que componen la solución, hasta la
finalización de la ejecución de fase 2:
– La entrega del dispositivo deberá realizarse dentro de España, el
digitalizador deberá asegurar el funcionamiento adecuado de los dispositivos
informáticos entregados.
– El dispositivo se entregará ya configurado (a nivel hardware y software),
incluyendo todas las actualizaciones necesarias.
– Existirá un servicio de soporte al beneficiario para la resolución de
incidencias, averías o problemas de configuración.
– El servicio de soporte atenderá al beneficiario en régimen de 8 horas al día
durante 5 días laborables a la semana (8x5) como mínimo. Deberá contar con un
correo electrónico para recibir los avisos de averías o incidencias, con un horario
mínimo del servicio de atención a estas comunicaciones de 09:00 a 17:00 horas,
de lunes a viernes.
– Todas las reparaciones necesarias deberán llevarse a cabo bien a través de
un soporte en remoto o, en caso de ser necesario, in situ en la ubicación donde se
haya realizado la entrega del dispositivo informático. Si no es posible hacer la
reparación en el lugar, los costes de embalaje y transporte del equipo averiado
serán responsabilidad del digitalizador. Estas reparaciones incluyen tanto rotura o
desperfectos a nivel dispositivo como problemas de configuración, siempre que
esté basado en un correcto uso del dispositivo.
– El tiempo máximo de reparación de la avería, entre la comunicación de la
incidencia y hasta la resolución de esta, será de 5 días laborables, pudiéndose
optar por mecanismos como extensión de garantía de fabricante in situ o
mecanismos equivalentes. En caso de no lograr la reparación en ese plazo deberá
procederse a la entrega de un equipo igual o superior de sustitución hasta la
completa reparación. Los gastos de la entrega de este equipo de sustitución,
incluidos embalaje y transporte correrán a cargo del digitalizador.
Requisitos mínimos de la solución de ciberseguridad.
El dispositivo deberá incorporar una solución de ciberseguridad con los
requisitos mínimos asociados a las categorías de solución X. Ciberseguridad:
– Antimalware: la solución deberá proporcionar una herramienta que analice el
dispositivo, su memoria interna y los dispositivos de almacenamiento externos.
– Antispyware: la solución deberá proporcionar una herramienta que detecte y
evite el malware espía.
– Correo seguro: la solución deberá proporcionar herramientas de análisis del
correo electrónico con las siguientes características:
• Antispam, con detección y filtro de correo no deseado.
• Antiphishing, con detección de correos con enlaces o malware que se
sospecha sirvan para robar credenciales.

cve: BOE-A-2024-9523
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Núm. 115