III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Ayudas. (BOE-A-2024-9523)
Orden TDF/435/2024, de 9 de mayo, por la que se modifica la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115

Sábado 11 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 54079

– Dispositivos móviles: La solución deberá estar disponible para su uso desde
dispositivos móviles.
– Configuración inicial y actualizaciones de seguridad: Se debe realizar una
configuración inicial para su correcto uso, con las respectivas actualizaciones de
firmas de malware y otros datos para la detección de amenazas, además de las
actualizaciones de software de seguridad periódicas requeridas.»
Veinticinco. La categoría de solución de digitalización X. Ciberseguridad, del
anexo IV, Categorías de soluciones de digitalización, queda redactada como sigue:
«X.

Ciberseguridad

Para los segmentos I, II y III:
Objetivo: Proporcionar a las empresas beneficiarias seguridad básica y
avanzada para los dispositivos de sus empleados.
Importe de la ayuda:
Segmento III
0 < X1 < 3 empleados

Segmento II
3 ≤ X1 < 10 empleados

Segmento I
10 ≤ X1 < 50 empleados

125 €/dispositivo
(Hasta 2 dispositivos)
1

(Hasta 9 dispositivos)

(Hasta 48 dispositivos)

Siendo X el número de empleados, según lo dispuesto en el artículo 7.2.

Porcentajes de ejecución asociados a las fases:
Primera: 70 %.
Segunda: 30 %.
Requisitos mínimos:
Funcionalidades y servicios:
– Antimalware: La solución deberá proporcionar una herramienta que analice
el dispositivo, su memoria interna y los dispositivos de almacenamiento externos.
– Antispyware: La solución deberá proporcionar una herramienta que detecte
y evite el malware espía.
– Correo seguro: La solución deberá proporcionar herramientas de análisis del
correo electrónico con las siguientes características:
• Antispam, con detección y filtro de correo no deseado.
• Antiphishing, con detección de correos con enlaces o malware que se
sospecha sirvan para robar credenciales.
– Navegación segura:

– Análisis y detección de amenazas: La solución deberá permitir conocer el
comportamiento de las amenazas conocidas y nuevas.
– Monitorización de la red: La solución deberá proporcionar herramientas que
analicen el tráfico de red y alerten de amenazas.
– Configuración inicial y actualizaciones de seguridad: se debe realizar una
configuración inicial para su correcto uso, con las respectivas actualizaciones de
firmas de malware y otros datos para detección de amenazas además de las
actualizaciones de software de seguridad periódicas requeridas.

cve: BOE-A-2024-9523
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