III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Ayudas. (BOE-A-2024-9523)
Orden TDF/435/2024, de 9 de mayo, por la que se modifica la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital).
43 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115

Sábado 11 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 54078

Porcentajes de ejecución asociados a las fases:
Primera: 70 %.
Segunda: 30 %.
Requisitos mínimos:
Funcionalidades y servicios:
– SSL: La solución deberá utilizar un protocolo de capa de sockets seguros,
para crear una conexión segura y cifrada.
– Cifrado de extremo a extremo: La solución deberá mantener las
comunicaciones cifradas en todo su recorrido, con el objetivo de prevenir ataques.
– Logs de conexión: La solución deberá mantener un registro de los
dispositivos que se han conectado a la red privada de la pyme.
– Control de acceso: La solución deberá permitir la conexión a la red privada
de la pyme única y exclusivamente a los dispositivos autorizados por la empresa.
– Dispositivos móviles: La solución deberá estar disponible para su uso desde
dispositivos móviles.
– Configuración inicial y actualizaciones de seguridad: Se debe realizar una
configuración inicial para su correcto uso, con las respectivas actualizaciones de
firmas de malware y otros datos para detección de amenazas además de las
actualizaciones de software de seguridad periódicas requeridas.
Para los segmentos IV y V:
Objetivo: Proporcionar a las empresas beneficiarias seguridad en las
conexiones entre los dispositivos de sus empleados y la empresa.
Importe de la ayuda:
Segmento IV
50* ≤ X1 < 100 empleados

Segmento V
100 ≤ X1 < 250 empleados

125 €/usuario
(Hasta 99 usuarios)

(Hasta 232 usuarios)

Siendo X el número de empleados, según lo dispuesto en el artículo 7.2.
* Excepción del artículo 7.2.d): En el segmento IV se incluyen las empresas con menos de 50
empleados que tengan consideración de mediana empresa al superar el volumen de negocios anual y
balance general anual de 10 millones de euros.
1

Porcentajes de ejecución asociados a las fases:
Primera: 70 %.
Segunda: 30 %.
Requisitos mínimos:

– SSL: La solución deberá utilizar un protocolo de capa de sockets seguros,
para crear una conexión segura y cifrada.
– Cifrado de extremo a extremo: La solución deberá mantener las
comunicaciones cifradas en todo su recorrido, con el objetivo de prevenir ataques.
– Logs de conexión: La solución deberá mantener un registro de los
dispositivos que se han conectado a la red privada de la PYME.
– Control de acceso: La solución deberá permitir la conexión a la red privada
de la PYME única y exclusivamente a los dispositivos autorizados por la empresa.

cve: BOE-A-2024-9523
Verificable en https://www.boe.es

Funcionalidades y servicios: