III. Otras disposiciones. COMUNITAT VALENCIANA. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2024-9526)
Decreto 26/2024, de 27 de febrero, del Consell, por el que se declara bien de interés cultural, con categoría de monumento, el Alto Horno número 2 de la siderúrgica del Puerto de Sagunto, en el municipio de Sagunto.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115

Sábado 11 de mayo de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

COMUNITAT VALENCIANA
9526

Decreto 26/2024, de 27 de febrero, del Consell, por el que se declara bien de
interés cultural, con categoría de monumento, el Alto Horno número 2 de la
siderúrgica del Puerto de Sagunto, en el municipio de Sagunto.
PREÁMBULO
I

El artículo 49.1.5.º del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana establece
la competencia exclusiva de la Generalitat en materia de «patrimonio histórico, artístico,
monumental, arquitectónico arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el
número 28 del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución Española». Asimismo, el
artículo 26.2 de Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat, del patrimonio cultural
valenciano, dispone que la declaración de un bien de interés cultural se hará mediante
un decreto del Consell, a propuesta de la conselleria competente en materia de cultura.
Todo ello sin perjuicio de las competencias que el artículo 6 de la Ley 16/1985, de 25 de
junio, del patrimonio histórico español, reserva a la Administración general del Estado.
El Alto Horno número 2 de la siderúrgica del Puerto de Sagunto es una realización
arquitectónica o de ingeniería y obra de escultura colosal, y es por su naturaleza, parte y
representación del patrimonio industrial valenciano. Por lo tanto, es necesario tutelarlo
como bien de interés cultural con la categoría de monumento, figura esta que, según los
criterios técnicos que se acaban de expresar, se adecúa mejor a la particularidad y
excepcionalidad de sus valores. Este enclave constituye una manifestación
singularísima, lo que impone su máximo reconocimiento a nivel patrimonial, que es el
objetivo del presente decreto declarativo, en el que se establece la normativa para la
protección de este inmueble y su entorno, de forma que se preserve la integridad,
señalando sus valores y delimitando literal y gráficamente el entorno al que se asocia su
percepción, lo que desembocará en la más eficaz tutela del patrimonio excepcional que
incorpora.

Por la Resolución de 2 de noviembre de 2020 (DOGV 8949, de 11 de noviembre
de 2020), de la Conselleria de Educación, Cultura, y Deporte, se incoó expediente para
declarar bien de interés cultural, con la categoría de monumento, el Alto Horno número 2
de la siderúrgica de Puerto de Sagunto, y se sometió el expediente incoado a trámite de
información pública. Habida cuenta del transcurso del plazo legal de veinte meses desde
que debió ser resuelto el procedimiento, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 27.7 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat, del patrimonio cultural
valenciano, se produjo la caducidad de este, declarada por la Resolución de fecha 17 de
noviembre de 2022.
Mediante la Resolución de 13 de febrero de 2023 (DOGV 9535, de 16 de febrero
de 2023), de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, se acordó incoar de nuevo
el expediente para declarar bienes de interés cultural, con la categoría de monumento, el
Alto Horno número 2 de la siderúrgica del Puerto de Sagunto, y se sometió el expediente
incoado a trámite de información pública, determinando sus valores, describiéndolos,
delimitando los mismos y sus correspondientes entornos de protección, articulando la
correspondiente normativa protectora.
Se han cumplido todos los tramites legalmente preceptivos de acuerdo con las
disposiciones vigentes.

cve: BOE-A-2024-9526
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II