III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2024-9425)
Resolución de 30 de abril de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Consorcio Casa África y Fundació Blanquerna, para el desarrollo de programas de cooperación educativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 114

Viernes 10 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 53645

La Facultad se compromete a informar al estudiantado, con ocasión de la
comunicación de los datos personales a Casa África, sobre la existencia de dicha
comunicación y el tratamiento a realizar por el consorcio en los términos a que se refiere
el anexo I de este convenio.
2.

Datos personales de las personas físicas firmantes y de contacto:

Las partes autorizan la recogida y el tratamiento de los datos personales de las
personas arriba firmantes y de las personas de contacto de ambas entidades (nombre y
apellidos, DNI, correo electrónico, funciones desempeñadas, etc.), con la finalidad de
gestionar la relación contractual y favorecer la comunicación entre las partes. Los datos
serán conservados como mínimo hasta la finalización del convenio y, más allá de su
extinción, si existiera un interés mutuo por ambas partes en mantener futuras relaciones
profesionales y/o comerciales. La base de legitimación para el tratamiento de los datos
es el cumplimiento de la relación contractual. Las partes se informan que no cederán los
datos de las personas arriba firmantes y de contacto, salvo que medie consentimiento
expreso o en cumplimiento de una obligación legal. En cualquier momento, las partes
podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de los
datos, limitación u oposición a su tratamiento, así como a obtener información clara y
transparente sobre el tratamiento de sus datos, enviando un escrito acompañado de una
fotocopia del DNI o cualquier otro documento identificativo equivalente, a la dirección
postal del encabezamiento o a un correo electrónico que se hayan facilitado de común
acuerdo. Asimismo, las partes tienen el derecho a retirar el consentimiento para
cualquier finalidad específica, sin que ello afecte a la licitud del tratamiento basado en el
consentimiento previo a su retirada.
Si alguna de las partes, considera que los datos no son tratados correctamente por la
otra parte o que las solicitudes de ejercicio de derechos no han sido atendidas
correctamente, tiene el derecho a presentar una reclamación a la autoridad de protección
de datos que corresponda, siendo la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)
la indicada en el territorio nacional, www.agpd.es.
Decimoquinta. Resolución en el caso de incumplimiento de los requisitos y obligaciones
establecidos para el alumnado.
En el caso de incumplimiento de los requisitos y obligaciones establecidos para el
alumnado en el convenio y en sus anexos, la Facultad podrá resolver las prácticas en
curso.
En los supuestos de faltas reiteradas de puntualidad, asistencia, incorrecto
comportamiento del alumnado o perturbación del normal funcionamiento de las oficinas o
dependencias del Consorcio donde se realicen las prácticas externas, Casa África podrá
rescindir anticipadamente y/o suspender cautelarmente dichas prácticas, poniéndolo en
conocimiento de la Facultad, para que adopte las medidas que considere oportunas.
Propiedad de los resultados.

De acuerdo a lo previsto en el artículo 49, apartado c, de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en aplicación del artículo 9.1.e, del
Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas del estudiantado universitario, el estudiantado tiene derecho, durante la
realización de sus prácticas, a la propiedad intelectual e industrial en los términos
establecidos en la legislación reguladora de la materia.
Decimoséptima.

Modificación.

El presente convenio podrá modificarse, por mutuo acuerdo de las partes, cuando
resulte necesario para la mejor realización de su objeto, siguiéndose los mismos trámites
establecidos para su suscripción. En todo caso, el documento en el que se formalice la

cve: BOE-A-2024-9425
Verificable en https://www.boe.es

Decimosexta.